
La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba divulgó este viernes el texto completo de la Ley No. 189, correspondiente al nuevo Código de Trabajo, una norma aprobada el 30 de julio que reemplazará la legislación laboral vigente desde 2013. El documento fue incluido en la Gaceta Oficial No. 78 y establece nuevas reglas para las relaciones entre trabajadores y empleadores en la Isla.
La legislación fue firmada por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente del Parlamento cubano, y plantea como propósito organizar los vínculos laborales relacionados con la producción de bienes y la prestación de servicios, tanto en entidades estatales como en actividades económicas privadas.
Nueva ley laboral incorpora a mipymes y trabajadores privados
Uno de los cambios principales del Código consiste en extender su aplicación al sector no estatal, donde se incluyen las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), cooperativas y trabajadores por cuenta propia. Estos actores quedan incorporados dentro del mismo marco jurídico que regula las relaciones laborales del sector estatal.
El texto también establece procedimientos para la defensa de derechos laborales mediante vías judiciales, institucionales y sindicales. Además, reúne los principios que deben regir los acuerdos colectivos entre empleados y empleadores.
Entre las nuevas disposiciones aparece la regulación del teletrabajo, una modalidad que permitirá continuar las labores desde otro país cuando exista autorización del empleador y se formalice mediante un suplemento al contrato laboral.
La norma reconoce también el derecho de los trabajadores a la desconexión digital y elimina la categoría de “trabajador disponible”, una figura que permitía mantener a empleados bajo determinadas obligaciones fuera de su jornada habitual.
Indemnización por despidos y nuevas reglas laborales
El Código de Trabajo permite la eliminación de puestos por motivos económicos, tecnológicos o estructurales. En esos casos, los trabajadores afectados recibirán una compensación equivalente a seis salarios básicos, pagada en un único desembolso.
La legislación define el trabajo como “un derecho, un deber social y un motivo de honor” y señala que constituye la principal fuente de ingresos para mejorar las condiciones materiales y espirituales de la población.
La Gaceta Oficial No. 78 Ordinaria de 2026 incluye además 13 normas complementarias relacionadas con la aplicación del nuevo Código. Entre ellas figura el Decreto 179 del Consejo de Ministros, que regula las contravenciones y sanciones en materia laboral y de seguridad social.
También se incorporan resoluciones emitidas por organismos como los ministerios de Salud Pública, Trabajo y Seguridad Social, Educación, Educación Superior, Cultura y Finanzas y Precios.
Cuestionamientos por libertad sindical y derecho a huelga
Aunque la nueva normativa introduce cambios para el funcionamiento laboral, organizaciones críticas del gobierno cubano cuestionan varios aspectos del texto. Entre sus principales señalamientos está la ausencia del derecho a la huelga, la continuidad del papel exclusivo de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y la falta de reconocimiento a sindicatos independientes.
Estos críticos consideran que esas restricciones entran en contradicción con los principios de libertad sindical promovidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Ley No. 189 comenzará a aplicarse 90 días después de su publicación oficial, por lo que su entrada en vigor está prevista para mediados de diciembre de 2026.
