
Los conductores que registren un vehículo en Florida a partir del próximo 1 de octubre de 2026 tendrán que cumplir con nuevas reglas de identificación y comprobación de domicilio establecidas por la ley SB 488, aprobada por la Legislatura estatal y firmada por el gobernador Ron DeSantis.
La normativa, reportada esta semana por Periódico Cubano, modifica los requisitos incluidos en la sección 320.02 de los Estatutos de Florida y tendrá especial relevancia para residentes extranjeros que utilizan pasaportes de otros países durante sus trámites.
La medida establece que el propietario deberá demostrar una dirección física de residencia permanente en Florida o, en caso de negocios, una ubicación comercial permanente dentro del estado. Además, será obligatorio presentar documentos que acrediten la identidad del solicitante ante el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV).
Pasaporte extranjero necesitará un documento adicional
Uno de los principales cambios afecta a quienes utilizan un pasaporte extranjero como identificación. A partir de la entrada en vigor de la ley, ese documento no será aceptado por sí solo para completar el registro de un automóvil.
Los solicitantes tendrán que presentar un pasaporte extranjero vigente acompañado de un formulario I-94 válido, el registro federal que documenta la entrada y salida de determinados visitantes extranjeros en Estados Unidos.
La nueva disposición no establece que todos los inmigrantes deban presentar una residencia permanente (Green Card) para registrar un vehículo. Las autoridades mantendrán otras alternativas, como una licencia de conducir o tarjeta de identificación REAL ID válida emitida por Florida u otro estado. También continuará siendo aceptado un pasaporte estadounidense vigente como prueba de identidad.
Documentos de domicilio y registros a nombre de empresas
La legislación exige que el solicitante entregue una prueba de dirección considerada válida por el FLHSMV. Sin embargo, el texto aprobado no detalla una lista definitiva de documentos como facturas, contratos de alquiler o estados bancarios.
Por esa razón, los conductores deberán consultar las instrucciones actualizadas del departamento estatal o verificar los requisitos específicos en la oficina del recaudador de impuestos del condado donde realizarán el trámite.
Cuando el vehículo esté registrado a nombre de una empresa, las exigencias serán diferentes. La compañía deberá aportar información como su número federal de identificación del empleador (EIN), autorización para operar en Florida o una licencia comercial emitida por una ciudad o condado.
En los casos donde no exista una dirección física permanente claramente identificada, la solicitud podrá incluir datos adicionales de propietarios, funcionarios corporativos o empleados con cargos de supervisión.
Excepción para militares y dudas sobre renovaciones
La SB 488 contempla una excepción para integrantes activos de las Fuerzas Armadas estadounidenses que tengan residencia en Florida. Estos militares no estarán obligados a presentar una dirección física de residencia permanente dentro del estado para registrar un vehículo.
La norma también genera dudas sobre los procesos de renovación. Aunque modifica los requisitos generales de registro, todavía dependerá del FLHSMV establecer cómo aplicará las nuevas exigencias en renovaciones, transferencias o modificaciones.
Por ahora, no se ha confirmado que todos los trámites realizados por internet obliguen a cargar nuevamente la documentación completa del propietario.
La SB 488 fue incorporada como el Capítulo 2026-39 de las Leyes de Florida y comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2026. Los residentes que planeen comprar, transferir o registrar un automóvil después de esa fecha deberán revisar con anticipación la vigencia de sus documentos para evitar retrasos durante el proceso.
