Noticias destacadas

Resumen sobre las nuevas reglas de la Aduana de Cuba: límites, cobros y claves de la resolución

Las nuevas medidas entran en vigor el próximo 12 de octubre
Resumen sobre las nuevas reglas de la Aduana de Cuba límites, cobros y claves de la resolución 2
El nuevo procedimiento exigirá pagar aranceles y servicios aduaneros en dólares. (Captura de pantalla © Canal Caribe – YouTube)

La Aduana General de la República de Cuba permitirá, desde el 12 de octubre, tramitar como importaciones comerciales determinadas mercancías que excedan los límites autorizados para uso personal, familiar o doméstico.

El procedimiento exigirá pagar aranceles y servicios aduaneros en dólares, según la Resolución 340/2026, que también establece cantidades específicas para celulares, computadoras, electrodomésticos y otros productos.

La disposición fue publicada este lunes 5 de octubre en la Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 2026. Sus reglas abarcan las importaciones ocasionales realizadas por personas naturales mediante equipajes, envíos y otras cargas autorizadas. A continuación, presentaremos un resumen sobre estas nuevas medidas de la aduana cubana.

¿Cuándo una importación tiene carácter comercial?

La cantidad, naturaleza, reiteración y valor de las mercancías seguirán siendo criterios para distinguir una importación personal de otra comercial. La declaración transparente de los artículos y su diversidad también forman parte de las condiciones examinadas por la autoridad.

Nuevas reglas de la Aduana de Cuba viajeros podrán importar excedentes mediante pago en dólares
Las nuevas medidas aduaneras no eliminan los límites de la importación no comercial. (Foto © Periódico Cubano)

Si el carácter comercial se determina por las cantidades, primero se despacharán los productos admitidos mediante las reglas ordinarias. Después, con la aceptación del titular, se abrirá otro despacho para los excedentes.

A ese segundo procedimiento se aplicarán los aranceles y servicios correspondientes en USD. La posibilidad de pagar no elimina las restricciones específicas que puedan afectar a cada mercancía.

 Valor de la mercancía

Nuevas reglas de la aduana de Cuba esto dice sobre electrodomésticos y plantas de energía
La nueva alternativa permite gestionar determinados excedentes mediante otra operación, sujeta a cobros en dólares. (Captura de pantalla © Canal Caribe – YouTube)

La norma establece una regla general para artículos valorados mediante declaración de aduana, factura de compra o valor de referencia: se admitirán hasta cinco unidades de cada tipo cuando el valor unitario no supere los 50 USD.

Cuando cada artículo cueste más de 50 USD, el máximo será de tres unidades. Los excedentes podrán acogerse al procedimiento comercial si reúnen las condiciones exigidas.

¿Qué pasa con las computadoras y celulares?

Los viajeros podrán importar hasta cinco teléfonos celulares o inteligentes. El listado aduanero asigna a estos dispositivos un valor de referencia de 80 USD por unidad.

Para los equipos de cómputo, el límite será de tres unidades en total. Esa cantidad comprende conjuntamente computadoras de escritorio, portátiles, tabletas y otros equipos similares; no corresponde a tres de cada categoría.

Los valores de referencia son de 200 USD para una computadora de escritorio, 250 USD para una portátil y 100 USD para una tableta. También se admiten hasta tres artículos relacionados con telecomunicaciones, dispositivos de red y determinados periféricos.

Algunos equipos, entre ellos ciertos routers, transmisores de radio y teléfonos satelitales, mantienen el requisito de autorización del Ministerio de Comunicaciones.

Electrodomésticos y plantas de energía 

La importación no comercial de electrodomésticos permitirá hasta dos artículos del mismo tipo. Además, la suma de sus valores deberá mantenerse dentro del límite autorizado para la operación correspondiente.

La disposición incluye expresamente las plantas eléctricas, sujetas también al máximo de dos unidades. Entre los valores de referencia figuran 300 USD para un refrigerador doméstico y 350 USD para un congelador.

Los televisores de pantalla plana tienen valores de entre 250 y 500 USD, según sus dimensiones. Para determinados aires acondicionados de hasta una tonelada, las referencias oscilan entre 150 y 200 USD.

Zapatos, ropa, alimentos y artículos de aseo

El grupo de misceláneas comprende calzado, confecciones, alimentos, productos de aseo personal y doméstico, bisutería, perfumería y artículos similares. La Aduana evaluará sus cantidades y variedad para determinar el carácter de la importación.

Cuando considere comercial la repetición o acumulación de un producto, normalmente admitirá hasta cinco kilogramos de ese artículo por la vía no comercial. El resto podrá pasar al despacho comercial.

El umbral podrá reducirse a un kilogramo para objetos pequeños cuya acumulación resulte desproporcionada para el uso doméstico, como piedras para encendedores y baterías de reloj.

La Gaceta utiliza el ejemplo de un pasajero con 90 kilogramos de zapatos de mujer: cinco serían admitidos por la vía no comercial y los restantes podrían tramitarse con pago en dólares.

Valoración para las misceláneas

La resolución mantiene el método alternativo de valoración de las misceláneas que importan los pasajeros. La equivalencia será de un kilogramo por 10 USD para calcular el monto imponible. Esa relación constituye un criterio de valoración aduanera, por lo que no debe confundirse con un impuesto fijo de 10 dólares por cada kilogramo transportado.

El Anexo II incorpora, además, un listado para los productos importados con mayor frecuencia. Según el artículo quinto, ese documento “funge como guía o recomendación para el cálculo del impuesto a cobrar por la Aduana”.

Herramientas, materiales de construcción y vehículos

Las herramientas valoradas mediante declaración, factura o referencia tendrán, generalmente, un máximo de dos unidades de cada tipo. Para los instrumentos musicales, la cantidad permitida será de hasta tres.

En materiales de construcción, se admitirán hasta 50 metros cuadrados de piezas de enchape y piso, 50 unidades de determinadas manufacturas y 10 unidades de otros herrajes y materiales.

Los vehículos, motocicletas y ciclomotores conservarán sus regulaciones particulares. El despacho comercial de excedentes no permitirá superar los máximos establecidos para esos medios en otras disposiciones legales.

Pago del excedente

La Resolución 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios establece los aranceles del nuevo procedimiento. Su aplicación será progresiva: 15 % sobre el valor hasta 2.000 USD y 20 % sobre la parte que exceda los 2.000 hasta los 4.000 USD.

El tramo superior a 4.000 y hasta 6.000 USD tributará al 25 %. Sobre el exceso de 6.000 USD se aplicará el 30 %. Para las mercancías que lleguen mediante envíos postales, la tarifa será del 30 %.

A los aranceles se añadirán los servicios aduaneros correspondientes. El pago podrá efectuarse con tarjetas internacionales o nacionales habilitadas para operar en dólares. El efectivo en USD únicamente se aceptará en aeropuertos.

¿Qué pasa si no se quiere pagar en dólares?

El titular podrá aceptar el despacho comercial y sus cargos o solicitar el reembarque de los productos, siempre que cumpla las condiciones de ese procedimiento.

Si no autoriza el pago ni procede al reembarque, la Aduana aplicará la medida administrativa prevista en la legislación. El mecanismo tampoco permitirá regularizar mercancías prohibidas, declaraciones fraudulentas u otras infracciones.

Cuando se necesite tiempo adicional para completar el despacho, los artículos podrán permanecer en almacenes o depósitos durante el plazo autorizado. Los gastos de almacenamiento correrán a cargo del destinatario, por lo que se sumarían a los demás costos de la operación.

La aduana podría emitir restricciones temporales 

La resolución contempla consecuencias para quienes incurran reiteradamente en importaciones que la autoridad determine que tienen carácter comercial. La Aduana podrá imponer una restricción temporal al derecho de importar.

Mientras permanezca vigente esa medida, únicamente se admitirán los efectos personales del afectado. Las demás mercancías recibirán el tratamiento previsto en la legislación aduanera.

Por tanto, la apertura de una vía de pago para determinados excedentes coexistirá con medidas administrativas sobre la reiteración de estas operaciones.

Un cambio en las reglas vigentes desde 2022

La nueva disposición deroga y sustituye la Resolución 175/2022, modificada posteriormente por las resoluciones 170/2024 y 312/2026. Su principal fundamento legal es el Decreto-Ley 108 De Aduanas, vigente desde el 21 de abril de 2026.

El paquete concreta el anuncio realizado en junio por el primer ministro Manuel Marrero Cruz sobre la posibilidad de que personas naturales importaran mercancías con fines comerciales.

Desde el 12 de octubre, las cantidades autorizadas y la clasificación que realice la Aduana determinarán qué artículos recibirán tratamiento personal y cuáles podrán pasar al despacho comercial. Para los viajeros, esa distinción definirá también qué excedentes exigirán desembolsos en dólares.

Agregar a Periódico Cubano como fuente favorita de noticias
Seguir a Periódico Cubano en Google News

¿Qué opinas? ¡Déjanos tu comentario!

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre

- Advertisement -
Noticias destacadas
- Advertisement -
Últimas noticias
- Advertisement -
Suscríbete al boletín
- Advertisement -