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Boletín de Visas detalla quiénes podrán seguir los seis pasos en febrero de 2025

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Boletín de Visas detalla quiénes podrán seguir los seis pasos en febrero de 2025

El Boletín de Visas es clave para los inmigrantes que esperan una cita consular o la aprobación del ajuste de estatus

El Centro Nacional de Visas asigna accesos al caso una vez que la petición I-130 ha sido aprobada por USCIS. (Imagen de referencia © Periódico Cubano – Grok)

El Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó el Boletín de Visas de febrero de 2025, documento que regula la disponibilidad de visas de inmigrante para solicitantes de residencia permanente. Este boletín establece un orden de prioridad según la categoría de petición y el país de origen, determinando quiénes pueden continuar su proceso migratorio en este periodo.

El Boletín de Visas es clave para los inmigrantes que esperan una cita consular o la aprobación del ajuste de estatus. Consta de dos tablas: la Tabla A, que indica la fecha en la que una visa está disponible, y la Tabla B, que permite a ciertos solicitantes enviar documentación antes de que su visa sea oficialmente asignada. La información publicada en este boletín determina el ritmo del proceso migratorio de miles de personas.

El Centro Nacional de Visas (NVC) asigna accesos al caso una vez que la petición I-130 ha sido aprobada por USCIS. Estos accesos incluyen:

  • Número de caso NVC: Identificador único del expediente migratorio.
  • Invoice ID Number: Requerido para ingresar a la plataforma Consular Electronic Application Center (CEAC).
  • Enlace de acceso a CEAC: Plataforma donde los solicitantes deben completar los seis pasos previos a la entrevista consular.

Con estos accesos, los aplicantes pueden pagar tarifas, llenar el Formulario DS-260, subir documentos y dar seguimiento al estado del caso.

¿Quiénes pueden iniciar los seis pasos en el NVC desde el 1 de febrero de 2025?

Para avanzar en el proceso migratorio, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener una petición I-130 aprobada.
  2. Contar con un caso activo en el NVC.
  3. Tener acceso a la plataforma CEAC para completar los pasos requeridos.

Además, según la Tabla B del Boletín de Visas, los solicitantes deben tener fechas de prioridad anteriores a las indicadas en su categoría para poder enviar documentación y prepararse para la siguiente etapa del proceso.

Fechas de prioridad por categoría

El Boletín de Visas de febrero 2025 establece las siguientes fechas de prioridad:

  • F1 (hijos solteros de ciudadanos estadounidenses, mayores de 21 años): Antes del 1 de septiembre de 2017. Para México: Antes del 1 de octubre de 2005.
  • F2A (cónyuges e hijos menores de residentes permanentes): Antes del 15 de julio de 2024.
  • F2B (hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes): Antes del 1 de enero de 2017. Para México: Antes del 1 de octubre de 2006.
  • F3 (hijos casados de ciudadanos estadounidenses): Antes del 22 de julio de 2012. Para México: Antes del 15 de junio de 2001.
  • F4 (hermanos de ciudadanos estadounidenses): Antes del 1 de marzo de 2008. Para México: Antes del 30 de abril de 2001.

Los solicitantes que cumplan con estas fechas de prioridad pueden iniciar los seis pasos en el NVC. Es fundamental que el caso haya sido aprobado por USCIS antes de que el solicitante pueda iniciar los seis pasos en el NVC. Si la petición I-130 sigue pendiente, no es posible avanzar, incluso si la Tabla B indica disponibilidad.

La aprobación y el envío del caso al NVC es el paso inicial antes de poder pagar tarifas, completar formularios y enviar documentos civiles y financieros.

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