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Cambian normas de inscripción en la libreta de abastecimiento en Cuba

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Cambian normas de inscripción en la libreta de abastecimiento en Cuba

Los jefes de núcleos serán a fuerza los propietarios de la vivienda

Madres siguen denunciando la poca cantidad de pollo para sus hijos a través de la libreta

Cambian normas de inscripción en la libreta de abastecimiento en Cuba. (Foto: Periódico Cubano)

El Ministerio de Comercio Interior publicó la resolución 47/2021 que modifica las normas de inscripción en la libreta de abastecimiento y establece penalidades para el jefe de núcleo que incumpla con las nuevas leyes, según un reporte de la Agencia Cubana de Noticias.

La resolución, firmada por Betsy Díaz Velázquez ministra del Mincin, establece de forma obligatoria que el jefe de núcleo -ese responsable de la tarjeta de abastecimiento- debe ser el propietario legal de la vivienda.

A dicho propietario se le asigna la obligación de inscribir en la Oficina de Registro de Consumidores (Oficoda) a toda persona que resida con carácter permanente o transitorio en dicha vivienda, así como las bajas correspondientes según los casos previstos por la ley.

Inscripciones y bajas en la libreta de abastecimiento

  • Personas fallecidas: la baja se tramita en los 15 hábiles posteriores al fallecimiento.
  • Persona recluida en cárceles: la baja se tramita en los 10 hábiles posteriores a los tres meses de la reclusión
  • Persona en hogar de ancianos de forma permanente: la baja se tramita antes de ingresar al hogar
  • Persona que sale al exterior: la baja se realiza posterior a los 3 meses de su salida -aunque sea por carácter temporal- y sin importar el motivo de trabajo, estudio, cooperación o asuntos particulares. Como caso particular se señala que para salir del país en misiones del Estado, el ciudadano debe presentar como requisito indispensable para su salida el modelo de constancia de baja de la libreta, mismo que quedará bajo la custodia del organismo central que lo envió al extranjero por motivos de trabajo.
  • Madre que de a luz a un niño: la inscripción puede realizarse de manera inmediata, presentando el certificado de nacimiento.

Otra de las obligaciones del jefe de núcleo será “facilitar a cada uno de los miembros del núcleo la libreta de control de venta de productos alimenticios, y entregar equitativamente los productos que se entregan por composición del núcleo”.

En el caso la pérdida de la libreta, el procedimiento establecido es notificar a la Oficina de Registro de Consumidores que corresponda por cualquier componente del núcleo mayor de 18 años, la cual expide un duplicado al núcleo en un término no mayor de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación.

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