Hoy se hizo público el Acuerdo No. 8093, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, así como las resoluciones de los ministerios de la Construcción, de Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios, que establecen nuevas pautas para el otorgamiento de beneficio a las familias necesitadas en los temas de vivienda, así lo hizo saber el periódico oficial Granma.
Las regulaciones fueron hechas públicas este martes en la Gaceta Oficial de la República, y se deben a la necesidad de ajustar las nuevas políticas del Gobierno cubano a las “circunstancias actuales”, proceso que forma parte de las reformas impulsadas por el gobernante Raúl Castro en su afán de “actualizar el modelo económico cubano”.
Sobre el tema de los subsidios se decidió que «el Consejo de la Administración Municipal realice —de acuerdo con el financiamiento disponible— como mínimo dos convocatorias anuales para la recepción de solicitudes de la población con la finalidad de acceder a ellos.
«El término para dar respuesta a las solicitudes de subsidios ahora será de hasta 70 días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de estas. Las convocatorias y sus resultados se darán a conocer públicamente por los medios de información y comunicación locales», explica la especialista de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo.
Otra modificación sustancial consiste en que, si el beneficiario fallece, renuncia al subsidio otorgado, sale definitivamente del país o se presentan otras causas afines, las personas que forman parte del núcleo familiar u ocupan el inmueble, siempre y cuando tengan derecho al mismo, pueden presentar la solicitud de continuar con el subsidio y de aprobarse el otorgamiento, el nuevo beneficiado asume las obligaciones y derechos establecidos al respecto.
Debido a los eventos climatológicos en reiteradas ocasiones, el fondo habitacional del país ha sufrido daños y ha propiciado que en determinado momento un grupo de personas afectadas hayan ejecutados viviendas en un lugar diferente a donde estaban construidas o se cambiaron su estructura y no se concedió previamente el derecho perpetuo de superficie, lo cual hace que se contabilicen 20 021 damnificados iniciaron la construcción de su vivienda sin la documentación establecida, en tal sentido, las resoluciones del Instituto de Planificación Física y el Ministerio de la Construcción publicadas hoy establecen, de manera excepcional por única vez, y con el propósito de ordenar la situación existente, la legalización de las viviendas antes citadas y el reconocimiento del derecho perpetuo de superficie, añade la nota publicada.
Igualmente se establecieron regulaciones asociadas a la transmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado y las células básicas habitacionales construidas por esfuerzo propio de la población con subsidio del Presupuesto del Estado.
En tal sentido se han detectado casos de beneficiarios que han vendido sus viviendas a altos precios, desvirtuando el objetivo social de resolver sus problemas habitacionales.
Las nuevas regulaciones se encaminan a ordenar dicha situación. Para ello—apunta la especialista— se establece en lo adelante que «si los inmuebles son objeto de compraventa —en los primeros 15 años a partir de su adquisición—, el propietario de la vivienda tiene la obligación de reintegrar al Presupuesto estatal el monto del beneficio recibido».
Se exceptúa de este pago «la donación, entre parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, y la adjudicación por causa de muerte. Sin embargo, si el nuevo propietario decide vender o donar, en el periodo correspondiente a los 15 años, mantiene las obligaciones antes descritas en dependencia de si es una vivienda otorgada por el Estado o un subsidio»
En igual sentido—agrega la nota–se ha decidido «autorizar, por única vez, la entrega de 16 887 viviendas estatales en ejecución a personas naturales que acepten su terminación por esfuerzo propio, mediante el pago del valor de transferencia. Dicha medida está respaldada por el Acuerdo No. 8089, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una resolución del Ministerio de la Construcción publicados hoy», aseguró la Jefa del Grupo de Construcción e Inversiones.
De no cumplirse el plazo de pago, el inmueble regresará al Estado, que devolverá al beneficiario el dinero pagado hasta el momento, explica el estatal diario Granma en un extenso artículo.
La asignación de estas viviendas —explicó— será a personas naturales, por acuerdo de los consejos de la administración municipal. Se tendrá en cuenta en primer lugar a los beneficiados ya definidos y posteriormente se dará prioridad a los damnificados por fenómenos climatológicos, los albergados y los casos sociales.
Igualmente, la normativa publicada hoy aclara los temas referidos a los pagos de los impuestos ante estas decisiones anunciadas.
Redacción PC
Como se puede solicitar una de las viviendas en ejecución estatales para terminar `por mis propios medios que tramite y donde me puedo informar sobre el tema
a donde me tengo que dirigir para solicitar una de las 16 887 viviendas estatales en ejecución ofrecidas a personas naturales que acepten su terminación por esfuerzo propio a donde me informo sobre esto