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Cuba establece nuevas reglas que amplían la dolarización y flexibilizan operaciones de mipymes

Cuba establece nuevas reglas que amplían la dolarización y flexibilizan operaciones de mipymes
Las disposiciones establecen un nuevo esquema para la captación, distribución y uso de dólares en la Isla. (Foto © Periódico Cubano)

El gobierno cubano aprobó nuevas normas para regular la gestión, control y asignación de divisas en el país, mediante dos resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial número 76, que modifican la forma en que empresas estatales, negocios privados, ciudadanos y entidades extranjeras podrán operar cuentas bancarias en moneda extranjera.

Las disposiciones, emitidas por el Banco Central de Cuba (BCC) y el Ministerio de Economía y Planificación, establecen un nuevo esquema para la captación, distribución y uso de dólares y otras monedas convertibles dentro de la economía cubana, en un contexto marcado por la escasez de divisas.

La Resolución 102/2026 del Banco Central de Cuba aprobó las nuevas “Normas para la operatoria de cuentas bancarias denominadas en divisas”, mientras que la Resolución 103/2026 estableció las “Bases generales para el sistema de gestión, control y asignación de las divisas de la economía nacional”.

Nuevas reglas para cuentas bancarias en dólares

La normativa del Banco Central establece que las personas naturales y jurídicas cubanas o extranjeras que realicen actividades económicas podrán abrir cuentas bancarias en divisas sin autorización previa del organismo regulador. La medida también incluye a actores económicos no estatales, instituciones religiosas, asociaciones y clientes extranjeros establecidos en Cuba.

Para abrir estas cuentas, los ciudadanos cubanos deberán presentar documentos de identificación, mientras que extranjeros y cubanos residentes permanentes en el exterior tendrán que acreditar su condición migratoria mediante pasaporte vigente y documentación correspondiente.

Las personas jurídicas deberán aportar documentos legales relacionados con su constitución, inscripción registral, representantes autorizados y obligaciones tributarias, entre otros requisitos establecidos por las autoridades bancarias.

¿De dónde podrán llegar las divisas?

La nueva regulación establece varias fuentes autorizadas de ingreso de moneda extranjera. Entre ellas aparecen las exportaciones, el comercio electrónico con pagos desde el exterior, financiamientos internacionales, inversiones extranjeras, donativos, proyectos de cooperación y ventas realizadas mediante tarjetas internacionales.

También se incluyen los ingresos obtenidos mediante la compra de divisas en el mercado cambiario, asignaciones centralizadas del Ministerio de Economía y Planificación y cualquier otro ingreso considerado lícito por las autoridades.

En el caso de los negocios privados, como las Mipymes, y otros actores económicos no estatales, la normativa permite recibir ingresos por exportaciones, comercio electrónico, transferencias desde el exterior, depósitos en efectivo en divisas aceptadas por el Banco Central y ventas de bienes y servicios.

Desde esas cuentas podrán realizar pagos al exterior, compras de bienes y servicios, transferencias a otras cuentas y operaciones relacionadas con la actividad económica autorizada.

El Estado regulará la asignación de dólares a la economía

La Resolución 103/2026 establece un sistema centralizado para administrar el acceso a las divisas. Según el documento, el objetivo es ordenar la gestión financiera, definir fuentes legales de acceso a moneda extranjera y regular las operaciones dentro del proceso de dolarización parcial de la economía.

La normativa señala que el sistema buscará estimular la generación de ingresos en divisas mediante exportaciones, comercio electrónico, sustitución de importaciones y otros mecanismos económicos. También establece que cada actor económico deberá gestionar sus gastos en moneda extranjera a partir de sus propios ingresos.

Uno de los puntos más relevantes está relacionado con la retención de ingresos. Los actores económicos que no tengan un coeficiente aprobado dentro del plan económico nacional deberán aportar a la caja central, reteniendo el 80% de sus ingresos en divisas, mientras el 20% restante será acreditado en moneda nacional al tipo de cambio correspondiente.

En determinados casos, como financiamientos recibidos del exterior, aportes de capital extranjero o donativos, la normativa establece la retención del 100% de los ingresos en divisas.

La dolarización parcial gana espacio en Cuba

Las nuevas disposiciones permiten que determinadas operaciones internas puedan realizarse en divisas, especialmente entre empresas, negocios mayoristas y modalidades de inversión extranjera.

Aunque el comercio minorista continuará realizándose principalmente en pesos cubanos, la norma permite ventas en moneda extranjera cuando sean autorizadas por el Ministerio de Economía y Planificación por interés del país.

Además, los trabajadores profesionales que exporten servicios mediante entidades estatales podrán recibir ingresos en divisas según los contratos establecidos.

La Resolución 102/2026 del Banco Central deroga las normas anteriores sobre cuentas bancarias denominadas en divisas y entrará en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial. Por su parte, la Resolución 103/2026 sustituye las bases generales aprobadas en 2025 y comienza a aplicarse desde su publicación oficial.

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