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Cuba permite a cooperativas agrícolas exportar directamente y recibir capital extranjero

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La norma permite que estas organizaciones puedan integrarse en negocios bajo la modalidad de empresa mixta o mediante contratos de asociación económica internacional. (Foto © Periódico Cubano)

El Consejo de Estado de Cuba publicó este viernes la versión actualizada del Decreto-Ley 76 “De las Cooperativas Agropecuarias”, una norma que modifica el funcionamiento legal de estas entidades y les permite realizar exportaciones directas, además de convertirse en receptoras de inversión extranjera bajo determinadas condiciones.

La disposición fue incluida en la Gaceta Oficial No. 13, edición especial de 2026. Esta actualización del marco jurídico responde a la Disposición Final Segunda del Decreto-Ley 121, aprobado el 16 de julio de 2026 y divulgado en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 75 del 9 de septiembre del mismo año. Ese documento ordenó revisar y ajustar la legislación vigente sobre las cooperativas agropecuarias.

El nuevo texto introduce cambios en 29 artículos del régimen anterior y elimina el artículo 31 de la normativa precedente. Las modificaciones forman parte del paquete de 176 medidas económicas y sociales aprobado por la Asamblea Nacional en junio de 2026.

Nuevas facultades para cooperativas agrícolas en Cuba

El Decreto-Ley 76 establece las reglas generales para la creación, organización, funcionamiento, integración, separación, fusión, disolución y cierre de las cooperativas agropecuarias.

La norma mantiene tres tipos principales de cooperativas: las Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS), las Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC).

El documento define estas entidades como “una asociación voluntaria de personas para la satisfacción de necesidades económicas, sociales y culturales de sus miembros, así como del interés social, con un modelo de gestión empresarial de propiedad conjunta, sustentada en el trabajo de los cooperativistas”.

Entre los principios establecidos aparecen la participación democrática, la autonomía, la responsabilidad social, la cooperación y la contribución económica de sus integrantes. Las cooperativas contarán con personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, podrán vender sus productos directamente en mercados internacionales cuando cumplan con las regulaciones establecidas por las autoridades cubanas.

Cooperativas podrán asociarse con capital extranjero

Uno de los cambios más relevantes incorporados por el Decreto-Ley 121/2026 es la posibilidad de que las cooperativas agropecuarias participen como sujetos directos de inversión extranjera.

La norma permite que estas organizaciones puedan integrarse en negocios bajo la modalidad de empresa mixta o mediante contratos de asociación económica internacional, siempre que la propuesta sea aprobada previamente por la Asamblea General de la cooperativa.

También se autoriza la colaboración con entidades estatales y otras formas de gestión no estatal dentro de Cuba. Asimismo, las cooperativas podrán unirse entre sí y crear organizaciones de segundo grado.

El Decreto-Ley 76 reemplaza al Decreto-Ley 365 de 2018 y al reglamento asociado, el Decreto 354 del mismo año. Según el Gobierno cubano, la actualización responde a la experiencia acumulada y a los cambios aplicados en el sector agropecuario y forestal.

La norma considera al movimiento cooperativo como “un actor esencial del desarrollo nacional y territorial”. Sin embargo, el sector agrícola cubano continúa enfrentando problemas de producción, falta de insumos y dependencia de importaciones, pese a que fuentes oficiales y especialistas estiman que una parte significativa de los alimentos consumidos en la Isla proviene de estas formas de gestión.

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