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Decreto Ley 91 establece sanciones y cuantías de multas para el sector privado

Decreto Ley 91 establece sanciones y cuantías de multas para el sector privado
El Decreto Ley 91 categoriza las contravenciones en menos graves, graves y muy graves, determinando las sanciones en función de la gravedad. (Captura de pantalla © Paquito Vlog – YouTube)

El régimen comunista publicó el Decreto Ley 91 en la Gaceta Oficial de la República, estableciendo un conjunto de sanciones y multas para limitar la participación en la economía cubana del incipiente el sector privado.

Los trabajadores por cuenta propia (TCP), las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), y las cooperativas no agropecuarias (CNA) serán sometidas a un marco regulatorio más estricto que refuerza las medidas de control imponiendo penalizaciones que van desde multas hasta la clausura de establecimientos y cancelación de las licencias operativas.

Cuantías de las multas al sector privado, según las contravenciones

El Decreto Ley 91 categoriza las contravenciones en menos graves, graves y muy graves, determinando las sanciones en función de la gravedad. Las multas oscilan entre 100 y 1000 pesos cubanos (CUP), siendo las contravenciones menos graves castigadas con multas de 100 a 300 CUP. Además, las sanciones accesorias incluyen la suspensión o cancelación de licencias y la clausura de establecimientos.

  • menos graves: 100 a 300 CUP
  • graves: 400 a 600 CUP
  • muy graves: 700 a 1000 CUP

El decreto también establece la medida de notificación preventiva como acción profiláctica ante contravenciones menores, la cual excluye la imposición de sanciones si se corrigen las faltas de inmediato. La reincidencia es fuertemente penalizada, considerando la repetición de infracciones en un periodo de doce meses o la comisión de varias contravenciones graves en tres años consecutivos.

Las contravenciones muy graves pueden llevar a la cancelación definitiva de las licencias para operar o incluso a la disolución forzosa de la persona jurídica en casos donde las infracciones generen graves perjuicios sociales o económicos. Estas medidas, de aplicación inmediata al momento de la detección, refuerzan el control estatal sobre el sector privado.

El decreto otorga facultades a los inspectores provinciales y municipales, así como a la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), para imponer las sanciones. Las decisiones pueden ser impugnadas a través de recursos de reforma y alzada, aunque el proceso es riguroso y con plazos estrictos.

También responsabiliza a los gobiernos provinciales y municipales, así como a los organismos de la Administración Central del Estado, de garantizar la capacitación continua de los inspectores y la implementación efectiva de estas normativas. Además, se contempla la posibilidad de ajustar las multas en función del nivel de inflación en el país.

El pago de las multas debe realizarse en un plazo de treinta días naturales, con una reducción del 25% si se paga en los primeros tres días. En caso de no cumplir con el pago, la multa se duplica, y si no se abona en un plazo adicional de treinta días, se iniciará un proceso penal contra el infractor.

Principales contravenciones catalogadas como “muy graves”

  • Emplear menores de quince años en el negocio o como ayuda familiar.
  • Comercializar especímenes vivos, muertos o transformados de especies protegidas incumpliendo lo establecido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
  • Publicitar en redes sociales o cualquier otro canal de comunicación el ejercicio de actividades no autorizadas o actos contrarios a la ley, la moral o las normas y valores sociales.
  • Declararse dueño de bienes, derechos y activos para actuar como testaferro y encubrir a sus propietarios reales.
  • Permitir actitudes de discriminación por el color de la piel, sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial.
  • Permitir o propiciar situaciones de violencia o acoso en el entorno laboral.

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