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España abre una vía migratoria poco conocida para hijos y nietos de españoles

Cubanos en España
El mecanismo aparece expresamente en el nuevo Reglamento de Extranjería, vigente desde el 20 de mayo de 2025 (Foto © Gema Miranda)

Los cubanos que sean hijos o nietos de un español de origen cuentan en la legislación española con una vía migratoria poco conocida: un visado que permite viajar a España específicamente para buscar trabajo, sin necesidad de llegar al país con un contrato firmado de antemano.

El mecanismo aparece expresamente en el nuevo Reglamento de Extranjería, vigente desde el 20 de mayo de 2025, y puede resultar especialmente interesante para descendientes de españoles que conservan únicamente la nacionalidad cubana. Quienes ya poseen ciudadanía española no necesitan este procedimiento, pues pueden residir y trabajar libremente en España.

La figura se suma a otras alternativas creadas o modificadas por la reforma migratoria española, que reorganizó los tipos de visados disponibles para extranjeros.

El visado permite buscar empleo en España durante 12 meses

El artículo 43 del Real Decreto 1155/2024 establece que los visados de búsqueda de empleo permiten al extranjero desplazarse a España y permanecer durante un periodo de residencia de 12 meses mientras intenta conseguir un contrato.

Dentro de esta categoría, el artículo 44 identifica específicamente los visados destinados a “hijos o nietos de español de origen”. La condición deberá poder demostrarse documentalmente; tener ascendencia española remota o un apellido de origen español, por sí solos, no son suficientes.

La duración representa una mejora importante respecto de anteriores ocasiones en las que España activó este mecanismo. En 2019, por ejemplo, el Gobierno estableció 1.500 cupos y el permiso para buscar trabajo tenía una duración de apenas tres meses. Ese antecedente demuestra que esta modalidad ya llegó a utilizarse mediante convocatorias concretas.

Si durante los 12 meses actuales el beneficiario encuentra trabajo, será el empleador quien presente la solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. El Reglamento fija para ese procedimiento un plazo máximo de diez días para resolver y notificar.

La ventaja clave: no se aplica la situación nacional de empleo

Uno de los mayores obstáculos para contratar desde el extranjero es la denominada situación nacional de empleo. Como regla general, España comprueba si el puesto puede ser cubierto por trabajadores que ya se encuentran en el mercado laboral español antes de autorizar determinadas contrataciones de extranjeros.

Los hijos y nietos de españoles de origen están expresamente exceptuados de esa comprobación por el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000. En términos prácticos, su ascendencia española elimina una barrera que sí afecta a numerosos solicitantes extranjeros.

Este tratamiento especial coincide con otras disposiciones recientes favorables a determinadas familias de origen español. El nuevo Reglamento también abrió facilidades de residencia para descendientes de españoles de origen y existen otras vías para familiares que quedaron fuera de la llamada Ley de Nietos.

No hay una convocatoria permanente abierta para solicitarlo desde Cuba

La principal precisión es que la existencia legal del visado no significa que cualquier hijo o nieto de español pueda acudir ahora mismo al Consulado y solicitarlo. El Reglamento establece que será la orden anual de Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen (GECCO) la que podrá determinar cuántos visados se conceden, cómo se seleccionan los beneficiarios y de qué manera deben presentarse las solicitudes.

La Orden ISM/1547/2025, vigente durante 2026, mantiene expresamente la posibilidad de establecer estos visados, pero no fija en su texto un cupo concreto para hijos y nietos de españoles de origen ni desarrolla una convocatoria general para presentar solicitudes individuales.

Por tanto, se trata de una vía jurídicamente existente y potencialmente muy favorable, pero cuya utilización práctica depende de que España habilite los cupos y el correspondiente procedimiento de selección.

Para familias que sí hayan obtenido recientemente la ciudadanía mediante la Ley de Memoria Democrática, las opciones pueden ser distintas. Los ciudadanos españoles pueden trasladarse directamente y, dependiendo del parentesco y las circunstancias, determinados familiares también pueden acceder a permisos para vivir y trabajar en España.

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