
A partir del 12 de octubre de 2025, comenzará a operar el nuevo Sistema de Entrada/Salida (EES) en los países de la Unión Europea que forman parte del espacio Schengen. La implementación del EES será gradual, con la recolección de datos en los puntos de control fronterizos, comenzando en esa fecha y completándose para el 10 de abril de 2026.
¿A quiénes afecta el EES?
Este sistema está destinado a los nacionales de países fuera de la Unión Europea que viajan a los países del EES para estancias cortas de hasta 90 días dentro de un período de 180 días.
La medida afecta tanto a aquellos que necesitan una visa corta para ingresar a los países del EES como a los que no requieren visa para estancias de corta duración. Los movimientos de entrada y salida, así como las denegaciones de entrada, serán registrados electrónicamente en el sistema.
Los países de la Unión Europea que estarán sujetos a la nueva normativa incluyen Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chequia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Suiza.
Beneficios del EES
- Modernización de los controles fronterizos: El EES reemplazará gradualmente el sello de pasaporte tradicional por un sistema digital que registra las entradas y salidas de los viajeros. Esto permitirá que los controles sean más rápidos y eficientes, facilitando la labor de los funcionarios de la frontera.
- Facilitación de los viajes internacionales: Los viajeros se beneficiarán de tiempos de espera reducidos gracias a los controles rápidos, opciones de autoservicio y la posibilidad de proporcionar la información con antelación.
- Prevención de la migración irregular: El sistema permitirá un seguimiento más eficaz de las entradas y salidas del Área Schengen, ayudando a evitar que las personas permanezcan más tiempo del autorizado, usen identidades falsas o abusen de los viajes sin visa.
- Mayor seguridad en el espacio Schengen: El EES proporcionará a las autoridades fronterizas y a las fuerzas de seguridad acceso a datos relevantes de los viajeros, ayudando a identificar riesgos de seguridad y a combatir delitos graves y terrorismo.
Excepciones a la obligación de registro en el EES
Existen algunas excepciones a la obligación de registro en el EES. Los nacionales de ciertos países y los viajeros con condiciones especiales no tendrán que registrarse. A continuación, se detallan los casos en los que los viajeros no estarán sujetos a este sistema:
- Nacionales de países de la UE y asociados: Los ciudadanos de los países miembros de la Unión Europea, así como de Irlanda, Chipre, Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano.
- Residentes de largo plazo: Los nacionales de terceros países que posean un permiso de residencia de largo plazo en un país de la UE y que estén directamente relacionados con un ciudadano de la UE también están exentos.
- Familiares inmediatos de ciudadanos de la UE: Los nacionales de terceros países que posean una tarjeta de residencia en un país de la UE y sean familiares inmediatos de un ciudadano de la UE.
- Viajeros con permisos especiales: Aquellos que posean un permiso de tránsito local válido o documentos específicos que les permitan cruzar las fronteras internas de la UE sin pasar por puntos de control fronterizos también están exentos.
- Miembros de organizaciones internacionales: Los funcionarios de organizaciones internacionales, como la OTAN, que viajan por motivos oficiales.
- Viajeros con estatus diplomático o consular: Los titulares de pasaportes diplomáticos o consulares, así como aquellos con privilegios e inmunidades reconocidos.