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Florida permite desde hoy marcos decorativos en las placas: conoce la regla y otras nuevas normas de tránsito

Florida permite desde hoy marcos decorativos en las placas conoce la regla y otras nuevas normas de tránsito
Los accesorios podrán colocarse en las placas sin constituir una infracción. (Foto © Periódico Cubano)

Florida permitirá desde hoy 1 de octubre el uso de marcos decorativos en las placas de los vehículos, siempre que no oculten información esencial. La medida forma parte de la ley SB 488, firmada por el gobernador Ron DeSantis, que también incluye otras nuevas normas de tránsito.

Según la nueva ley, dichos accesorios podrán colocarse sin constituir una infracción cuando permitan leer la combinación de letras y números y no cubran la calcomanía de validación situada en la esquina superior derecha.

La diferencia radica en la función del accesorio: un marco ornamental puede quedar permitido, mientras que un dispositivo destinado a impedir la lectura de la placa continúa prohibido.

Los marcos no deben cubrir datos de identificación de las matrículas. (Foto © Periódico Cubano)

Ocultar intencionalmente una matrícula constituye un delito menor de segundo grado, con multas de hasta 500 dólares. Por tanto, la posibilidad de personalizar el borde no equivale a una autorización para tapar, alterar o volver ilegible la identificación del automóvil ante las autoridades o los sistemas de vigilancia vial.

Las prohibiciones incluyen sustancias, materiales reflectantes, aerosoles, recubrimientos y luces que dificulten la detección de la placa. También abarcan mecanismos manuales, electrónicos o mecánicos diseñados para esconderla. El criterio central es que ningún elemento impida observar o registrar los datos que permiten reconocer el vehículo.

La visibilidad de las matrículas facilita la identificación de automóviles involucrados en delitos y la comprobación de que su registro permanece vigente. Además, permite que cámaras y otros sistemas de control capten el número de la placa y el estado emisor, información necesaria para la fiscalización automatizada del tránsito.

Otras normas de tránsito incluidas en la SB 488

La SB 488 incorpora asimismo disposiciones para determinados veteranos con discapacidad, quienes podrán acceder a matrículas gratuitas si reúnen los requisitos correspondientes.

El beneficio depende de las condiciones de elegibilidad previstas y no constituye una exención general para todas las personas que hayan prestado servicio militar.

Otra modificación regula las placas destinadas a personas con discapacidad que califican para permisos de estacionamiento permanente. Las solicitudes podrán presentarse ante las oficinas del recaudador fiscal, con emisión inmediata. Esta vía permite completar el trámite mediante esas dependencias, conforme a los requisitos aplicables.

En materia de accidentes, la legislación eleva de 500 a 2.000 dólares el umbral de daños materiales que obliga a notificar a la policía. El ajuste se refiere al valor de los daños y no debe interpretarse como una eliminación de otras obligaciones que puedan corresponder según las circunstancias del choque.

La norma también exige presentar electrónicamente determinadas renovaciones de calcomanías tributarias y declaraciones sobre combustible ante el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida.

Asimismo, exime a militares activos residentes en el estado de declarar su dirección permanente al registrar un vehículo e incorpora una definición de licencia o tarjeta REAL ID conforme a las regulaciones federales.

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