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Gaceta Oficial establece nuevas regulaciones para Mipymes dedicadas al comercio

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Gaceta Oficial establece nuevas regulaciones para Mipymes dedicadas al comercio

El gobierno cancelará las licencias de quienes no se adapten a las restricciones y obligaciones

Dueños de Mipymes advierten una agudización de la escasez de alimentos con las nuevas regulaciones. (Foto © Periódico Cubano)

La Gaceta Oficial de la República publicó el jueves 5 de diciembre la Resolución 56/2024 firmada por la Ministra de Comercio Interior (Mincin), Betsy Díaz Velázquez. La normativa establece nuevas regulaciones para el sector privado que se dedica a las actividades del comercio de productos mayoristas y minoristas.

Dentro de las consecuencias de incumplir con las restricciones y obligaciones establecidas en la resolución se encuentra la cancelación de la licencia operativa, lo cual significa la imposibilidad de ejercer la actividad de comercio por parte de las Micro, pequeñas y medianas empresas privadas (Mipymes), Cooperativas no agropecuarias (CNA) y Trabajadores por cuenta propia (TCP).

Restricción a la comercialización mayorista

La comercialización mayorista entre el sector privado se verá significativamente restringida. Según la resolución, las Mipymes y cooperativas cuyo objeto social sea la producción podrán comercializar de forma mayorista exclusivamente sus propios productos y solo a través de contratos con entidades estatales o mediante comercializadoras mayoristas estatales. Esta medida limita la capacidad de estas empresas para vender sus producciones a otros actores privados.

Además, aquellos que tengan la comercialización mayorista como actividad secundaria verán sus licencias canceladas de forma automática por el Registro Central Comercial, lo que les impedirá operar en ese segmento. Los trabajadores por cuenta propia que se dedicaban a esta actividad también perderán su inscripción en el registro.

La resolución también establece un plazo de 90 días hábiles para que las empresas que cuenten con la comercialización mayorista como actividad principal actualicen sus licencias comerciales. Este proceso debe incluir especificaciones de que las transacciones mayoristas se realizarán exclusivamente con la intervención de entidades estatales.

Por otro lado, las mipymes y cooperativas que aún cuenten con inventarios destinados a la venta mayorista tendrán un plazo de 120 días para liquidarlos. Luego de cuatro meses, a partir de la publicación en Gaceta Oficial, caerán en incumplimiento y se realizarán redadas de inspectores para corroborar que se cumpla la resolución del Mincin.

El impacto de estas medidas es significativo. Las restricciones a la comercialización mayorista consolidan aún más el control estatal sobre el mercado, lo que podría reducir la competencia y las oportunidades de negocio para las Mipymes. Al depender de las entidades estatales para poder operar en este sector, las empresas privadas perderán parte de su autonomía comercial.

A su vez, la resolución también establece que la comercialización agropecuaria se regirá por las disposiciones específicas ya existentes en la legislación cubana, lo que mantiene el control estricto sobre este tipo de productos.

Estas nuevas regulaciones reafirman el modelo económico centralizado que sigue aplicando el régimen castrista, en el que las entidades estatales continúan siendo los actores dominantes en el comercio mayorista. Todo ello a pesar de la demostrada ineficiencia gubernamental que ha llevado al país a una crisis total de desabastecimiento e inflación.

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1 Comentario

1 Comment

  1. Manuel Hernández

    6 de diciembre 2024 6:51 AM at 6:51 AM

    Para aquellos que preguntan: ¿Dónde está el Bloqueo Interno?…aquí lo tienen de manifiesto!!!

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