
La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el Decreto 140/2025 del Consejo de Ministros de Cuba, que tiene como objetivo sentar las bases para un proceso gradual de descentralización de competencias y recursos.
El documento firmado por el primer ministro, Manuel Marrero Cruz, regula como sería la autonomía municipal, permitiendo la transferencia de funciones y recursos desde la Administración Central del Estado hacia los municipios y, en casos excepcionales, hacia las provincias.
El proceso busca fortalecer la autonomía municipal y mejorar la capacidad de los gobiernos locales para gestionar sus propios recursos, tomando decisiones clave para sus territorios. El decreto entra en vigor 90 días después de su publicación y establece un plazo para la reestructuración de los organismos nacionales y locales.
La descentralización se llevará a cabo en etapas, de manera gradual, para asegurar que cada territorio disponga de los recursos, estructuras y personal necesario para implementar las competencias transferidas.
Por su parte, la subsidiaridad garantiza que las decisiones que se tomen a nivel local sean aquellas que no pueden ser tomadas a nivel central, permitiendo una gestión más cercana al ciudadano.
Además, el proceso de descentralización prioriza la equidad, buscando mejorar el bienestar de la población y fomentar el desarrollo económico de los territorios. La flexibilidad permitirá que el proceso se adapte a las características de cada territorio, promoviendo una gestión pública eficiente e inclusiva.
Lo que no será descentralizado
El Decreto 140/2025 establece que ciertos sectores clave no serán descentralizados. Entre las áreas que seguirán bajo control de la Administración Central se incluyen la defensa y seguridad nacional, las relaciones exteriores, las políticas monetarias y financieras, el ordenamiento territorial y urbanismo, la telecomunicación, el manejo del agua y los recursos naturales no renovables.
El Decreto 140/2025 también crea la Comisión Temporal Nacional de Descentralización, encargada de supervisar y controlar el proceso. Esta comisión estará presidida por un viceprimer ministro y será responsable de coordinar el proceso con los actores locales y nacionales. Además, se encargará de establecer cronogramas y directrices para la ejecución de la descentralización.
Aunque el decreto subraya la importancia de la transparencia, no especifica mecanismos claros para garantizarla, como la publicación de cronogramas detallados o indicadores de cumplimiento. La comisión tendrá la tarea de garantizar el acceso a la información, pero sin definir procedimientos verificables.
El presidente de la Comisión tiene un plazo de 30 días para definir su composición y dictar las normativas necesarias para la implementación del proceso. También se otorgan 30 días para que la Comisión impulse las disposiciones normativas sobre la ejecución del proceso de descentralización.
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