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Gaceta Oficial publica requisitos y pasos para obtener condición migratoria por inversión en Cuba

Gaceta Oficial publica requisitos y pasos para obtener condición migratoria por inversión en Cuba
El gobierno presenta estos cambios como una modernización jurídica. (Foto © Hola Habana – Facebook)

El Gobierno cubano publicó en la Gaceta Oficial un paquete de normas migratorias y económicas que crea una nueva condición para cubanos residentes en el exterior interesados en invertir, hacer negocios o participar en actividades económicas dentro de Cuba.

Las disposiciones, divulgadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 60 del martes 5 de mayo de 2026, incluyen el Decreto-Ley 117/2026, el Decreto 150/2026 y la Resolución 93/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, con procedimientos, requisitos y pagos obligatorios para acceder a esa categoría.

La publicación forma parte de una actualización más amplia del marco legal cubano en materia de Migración, Extranjería y Ciudadanía. Según la información oficial, las normas fueron aprobadas después de un proceso de consulta con 37 organismos estatales.

El gobierno presenta estos cambios como una modernización jurídica, aunque en la práctica mantiene el control administrativo sobre los cubanos emigrados que deseen involucrarse en la economía nacional. La medida responde a disposiciones anunciadas por el gobierno el 16 de marzo de 2026.

El Decreto-Ley justifica la decisión porque la Ley 1312 de Migración, aprobada en 1976 y todavía vigente, no incluía esa condición. La nueva Ley 171 de Migración, aprobada el 19 de julio de 2024, sí la contempla, pero su entrada en vigor estaba sujeta a un plazo posterior a su publicación. Por eso, el gobierno creó una norma transitoria para aplicar de inmediato esa categoría.

Requisitos y pasos a seguir

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitar esta condición migratoria los ciudadanos cubanos que tengan una de estas dos categorías:

  • Residente en el Exterior.
  • Emigrado.

La norma está pensada para cubanos que viven fuera de la Isla y quieren participar en actividades económicas, inversiones, negocios, comercio exterior o modalidades de gestión aprobadas por el Estado cubano.

¿Qué documentos se necesitan?

  • Una solicitud por escrito.
  • En esa solicitud debe explicar por qué pide la condición migratoria de Inversores y de Negocios.
  • Un aval de un órgano estatal, organismo de la Administración Central del Estado o entidad cubana con la cual tenga relaciones comerciales o de negocios.

No basta con decir que se quiere invertir. La persona necesita que una entidad cubana respalde o reconozca que existe una relación económica, comercial o de negocios.

¿Dónde se presenta la solicitud si la persona está fuera de Cuba?

  • La embajada cubana.
  • El consulado cubano correspondiente.

El consulado revisa el expediente. Si considera que cumple los requisitos, lo envía a la Autoridad Migratoria en un plazo de tres días hábiles.

¿Dónde se presenta si la persona está en Cuba?

  • Las oficinas de trámites del Ministerio del Interior.

Si la inversión es en gestión no estatal

  • La oficina de trámites del Ministerio del Interior del territorio donde se presentó el proyecto.

Si la inversión está vinculada al comercio exterior o inversión extranjera

  • La unidad correspondiente de la Dirección de Identificación, Migración y Extranjería.

Plazo de respuesta

  • Tiene 30 días hábiles para resolver.
  • Después de emitir la resolución, dispone de siete días hábiles para notificar al interesado.

Costo del trámite

  • 3.500 pesos cubanos (CUP)

Duración de la condición migratoria

La condición de Inversores y de Negocios se mantiene mientras la persona conserve las condiciones por las cuales fue aprobada.

En otras palabras: si desaparece el vínculo de inversión, negocio o relación comercial que justificó la solicitud, el Estado cubano puede revisar esa condición.

¿Qué derechos otorga dentro de Cuba?

Mientras el ciudadano cubano esté en Cuba y tenga esta condición migratoria, se equipara en el ejercicio de sus derechos a los cubanos residentes en el territorio nacional.

En términos prácticos, el régimen crea una vía para atraer capital de la emigración, pero bajo un esquema controlado: exige aval de una entidad cubana, revisión del Ministerio del Interior, decisión de la Autoridad Migratoria y pago obligatorio para iniciar el trámite.

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