
Un nuevo fallo federal volvió a frenar al presidente Donald Trump en su intento de restringir la ciudadanía estadounidense por nacimiento, apenas dos meses después de que la Corte Suprema rechazara una iniciativa anterior de la Casa Blanca.
La jueza federal Deborah L. Boardman, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para Maryland, emitió el miércoles 2 de septiembre una orden preliminar que impide al gobierno aplicar contra una amplia clase de niños la Orden Ejecutiva 14418, firmada por Trump el pasado 6 de agosto.
Boardman determinó que la política es “casi con certeza inconstitucional” cuando se aplica a los menores incluidos en la demanda colectiva, debido a que la propia Corte Suprema ya había establecido que esos niños son ciudadanos estadounidenses desde el momento de su nacimiento.
“La Corte Suprema ha hablado: los niños de la clase certificada son ciudadanos al nacer”, sostuvo la magistrada. La decisión supone un nuevo revés para la ofensiva de Trump contra el alcance tradicional de la ciudadanía automática garantizada por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución estadounidense.
¿A qué bebés protege el nuevo fallo?
La decisión tiene especial relevancia para familias inmigrantes, incluidas numerosas familias cubanas cuyos hijos han nacido en Estados Unidos mientras los padres carecían de residencia permanente. La clase protegida en este proceso incluye a niños nacidos en Estados Unidos después del 19 de febrero de 2025 bajo determinadas circunstancias migratorias.
Uno de los supuestos comprende a menores cuya madre se encontraba irregularmente en EEUU al momento del nacimiento y cuyo padre no era ciudadano estadounidense ni residente permanente. Otro abarca a niños cuya madre estaba legalmente en territorio estadounidense, pero bajo un estatus temporal, mientras el padre tampoco era ciudadano ni poseedor de una green card.
La incertidumbre sobre estas situaciones comenzó desde los primeros días del segundo mandato de Trump, cuando familias cubanas con estatus migratorios precarios comenzaron a preguntarse si sus futuros hijos perderían la ciudadanía estadounidense.
Bajo la orden emitida ahora por Boardman, las agencias federales no pueden utilizar el nuevo decreto presidencial para desconocer o interferir con la ciudadanía de los niños pertenecientes a la clase protegida.
Esto alcanza a organismos como el Departamento de Estado, el Departamento de Seguridad Nacional, USCIS y otras agencias encargadas de emitir documentos relacionados con la ciudadanía estadounidense.
Trump volvió a intentarlo después de perder ante la Corte Suprema
La batalla comenzó con la Orden Ejecutiva 14160, firmada por Trump el 20 de enero de 2025, el mismo día de su regreso a la Casa Blanca.
Aquella medida buscaba que determinados niños nacidos en Estados Unidos dejaran de ser reconocidos automáticamente como ciudadanos cuando sus padres estuvieran ilegalmente en el país o permanecieran únicamente bajo determinados estatus temporales.
Tras meses de litigios, el 30 de junio de 2026 la Corte Suprema propinó un golpe decisivo a esa estrategia al ratificar la ciudadanía por nacimiento para hijos de inmigrantes aunque sus padres no sean ciudadanos estadounidenses ni residentes permanentes.
El máximo tribunal consideró que esos menores están sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos y, por tanto, son ciudadanos desde el nacimiento bajo la Decimocuarta Enmienda. Trump, sin embargo, no abandonó el tema. Días después quedó claro que la ciudadanía por nacimiento continuaría en el centro de la batalla legal de la administración republicana.
El presidente regresó finalmente a la carga el 6 de agosto. Ese día, Trump firmó dos nuevas órdenes ejecutivas destinadas a restringir determinados supuestos relacionados con la ciudadanía por nacimiento y combatir el llamado turismo de parto. La administración intentó esta vez emplear una fórmula considerablemente más estrecha que la rechazada anteriormente por la Corte Suprema.
¿Qué intentaba hacer el nuevo decreto de Trump?
La Orden Ejecutiva 14418 creó distintas categorías en las que el gobierno federal podría negarse a reconocer la ciudadanía de determinados niños nacidos en territorio estadounidense.
Una de ellas incluía a hijos de personas consideradas por el gobierno como “alien enemies” o enemigos extranjeros, categoría vinculada, entre otros supuestos, con integrantes de determinadas organizaciones designadas como terroristas.
Otra alcanzaba a hijos de determinados empleados de gobiernos extranjeros, misiones diplomáticas, consulados u organizaciones internacionales. Pero uno de los puntos que más controversia provocó fue el relacionado con el denominado “birth tourism” o turismo de parto.
El decreto contemplaba casos en los que los padres hubieran participado en una “transacción comercial” destinada a lograr que el nacimiento ocurriera en Estados Unidos para conseguir la ciudadanía estadounidense para el bebé.
La redacción provocó preocupación entre algunas familias demandantes debido a la amplitud del concepto y a las dudas sobre qué acciones podrían terminar siendo interpretadas como una operación comercial encaminada a obtener la ciudadanía.
Associated Press reportó, por ejemplo, que los demandantes cuestionaron hasta qué punto una interpretación amplia de la orden podría afectar a padres que hubieran pagado gastos ordinarios relacionados con el viaje y el nacimiento.
La jueza dice que Trump no puede quitar por decreto una ciudadanía ya reconocida
Boardman no necesitó decidir definitivamente si cada una de las excepciones creadas por la nueva orden de Trump es constitucional. La Corte Suprema ya había determinado que los integrantes de la clase demandante son ciudadanos desde el nacimiento. Por ese motivo, el Ejecutivo no puede utilizar posteriormente una nueva orden presidencial para desconocer esa ciudadanía.
Boardman señaló además que varias de las excepciones diseñadas por la administración presentan poca semejanza con las limitadas excepciones históricamente reconocidas bajo la Decimocuarta Enmienda. Tradicionalmente, la ciudadanía automática ha tenido excepciones muy estrechas, entre ellas determinados hijos de diplomáticos extranjeros.
Los abogados del Departamento de Justicia intentaron evitar el bloqueo argumentando que la demanda era prematura porque las agencias federales todavía estaban preparando las instrucciones necesarias para ejecutar la nueva política.
La magistrada rechazó ese argumento. Aunque las reglas administrativas definitivas aún no hayan sido publicadas, explicó, la propia orden presidencial ya instruye a las agencias para negar el reconocimiento de ciudadanía en determinadas circunstancias.
EEUU no podrá aplicar las nuevas reglas contra los niños
El alcance de la decisión también tiene límites. Boardman permitió que las agencias federales continúen trabajando en las guías administrativas necesarias para implementar la orden de Trump.
Lo que no podrán hacer mientras continúe vigente la medida cautelar es utilizarla para interferir con la ciudadanía de los niños pertenecientes a la clase protegida. La cuestión ha adquirido además importancia por su posible impacto sobre los pasaportes estadounidenses.
Reuters informó esta semana que el Departamento de Estado estudia exigir a los padres que demuestren su propia ciudadanía o estatus migratorio cuando soliciten determinados pasaportes estadounidenses para sus hijos, como parte de las reglas destinadas a implementar el decreto del 6 de agosto.
La propuesta podría requerir documentos adicionales de los progenitores para que el gobierno determine si el menor entra en alguna de las nuevas categorías establecidas por la administración.
El fallo de Boardman dificulta, al menos respecto a la clase protegida por la demanda, que ese procedimiento sea utilizado para negar el reconocimiento de la ciudadanía que esos niños ya poseen.
El fallo no elimina la ofensiva de Trump contra el “turismo de parto”
Existe una distinción importante para los inmigrantes. La decisión de Boardman no significa que Estados Unidos haya autorizado el llamado turismo de parto ni que una persona pueda utilizar una visa de turista ocultando que su propósito principal es entrar al país para dar a luz.
Trump firmó el 6 de agosto dos órdenes diferentes. La Orden Ejecutiva 14418 es la que intenta establecer nuevas excepciones al reconocimiento de la ciudadanía por nacimiento y la que fue alcanzada por el fallo de Boardman. La Orden Ejecutiva 14419, por otro lado, está específicamente dirigida a combatir el “birth tourism” mediante mecanismos migratorios.
Esa política permite intensificar acciones como negar o revocar visas, impedir la entrada a Estados Unidos y actuar contra personas o empresas que organicen viajes destinados principalmente a conseguir la ciudadanía estadounidense mediante un nacimiento.
La administración ya ha empezado a utilizar esas herramientas. En agosto, el secretario de Estado Marco Rubio anunció que Estados Unidos había revocado más de 600 visas dentro de su ofensiva contra las redes vinculadas al llamado turismo de parto.
Por tanto, hay dos asuntos jurídicamente diferentes. Una cosa es que el gobierno pueda sancionar a un extranjero por fraude migratorio, uso indebido de una visa o falsedad sobre el propósito de su viaje.
Otra muy diferente es que pueda utilizar las acciones o el estatus migratorio de los padres para negar la ciudadanía estadounidense a un niño que, conforme a la Constitución y al precedente establecido por la Corte Suprema, ya es ciudadano desde que nació. Es precisamente esa segunda cuestión la que acaba de sufrir un nuevo revés en los tribunales.
La batalla judicial todavía no ha terminado
La decisión de Boardman es una orden preliminar y no una sentencia definitiva que resuelva todos los cuestionamientos constitucionales contra la Orden Ejecutiva 14418. La administración Trump todavía puede recurrir el fallo y continuar defendiendo ante tribunales superiores la constitucionalidad de las nuevas excepciones que diseñó después de su derrota ante la Corte Suprema.
Reuters, Associated Press y CBS News informaron la noche del miércoles que la Casa Blanca no había ofrecido inmediatamente una respuesta sobre la nueva decisión. Mientras la orden judicial permanezca vigente, sin embargo, el gobierno federal no podrá aplicar el nuevo decreto para desconocer la ciudadanía de los niños incluidos en la demanda colectiva.
Para los cubanos y otros inmigrantes que tuvieron hijos en Estados Unidos mientras estaban indocumentados o únicamente contaban con un estatus migratorio temporal, ese es el punto fundamental: el gobierno de Trump continúa intentando estrechar las reglas, pero la ciudadanía de esos menores sigue protegida por el precedente que estableció la Corte Suprema y ahora nuevamente por un tribunal federal.