
El Ministerio de Justicia de la República de Cuba emitió una nueva Ley del Notariado que actualiza los requisitos que deben cumplirse en trámites jurídicos como el matrimonio, la unión de hecho afectiva, la otorgación de testamentos y la declaratoria de herederos.
La normativa entró en vigor el pasado 7 de enero de 2026 y ahora, más de un mes después, se inició una campaña oficial para divulgar los principales cambios que deberán seguirse en los trámites más comunes.
Eliminación de testigos en los actos de matrimonio
Por ejemplo, una de las modificaciones más notables es la eliminación de los testigos instrumentales en los trámites de matrimonio y en la otorgación de testamentos. Con esta reforma, el notario se convierte en la figura principal y exclusiva para verificar la identidad de las partes involucradas, confirmar que las voluntades se expresen de forma libre y consciente, y garantizar que las partes cumplan con las capacidades legales necesarias.
Según el Ministerio de Justicia, el cambio se hace con el objetivo de simplificar el proceso y le otorga al notario la responsabilidad central en la validación de los actos jurídicos.
Publicación previa de declaratorias de herederos
Otra de las medidas introducidas por la nueva ley es la implementación de un periodo de publicidad previa. Esta normativa afecta trámites como el matrimonio, las uniones de hecho afectivas y las declaratorias de herederos.
Bajo este nuevo marco, se establece que el notario debe publicar, con el consentimiento de las partes, los nombres completos de los interesados y el tipo de acto que se llevará a cabo, durante un plazo de cinco días hábiles. Esta publicación se hará en los canales oficiales designados por el Ministerio de Justicia.
La finalidad de esta medida es proteger los derechos de terceros. En caso de que alguien considere que sus derechos puedan verse afectados por el acto, podrá presentar una oposición fundamentada ante el notario dentro de ese plazo.
Este proceso tiene el objetivo de garantizar la transparencia y evitar impugnaciones futuras, al dar la oportunidad de detectar posibles herederos no localizados o impedimentos legales que pudieran surgir.
El Ministerio de Justicia recomienda a los ciudadanos que planean realizar estos trámites, que se acerquen con antelación a la notaría de su elección para obtener información detallada sobre los nuevos requisitos y la documentación necesaria. El periodo de cinco días de publicación previa debe ser considerado al momento de planificar la formalización del acto jurídico.
Para mayor información, los interesados pueden contactar directamente con las notarías o las oficinas del Ministerio de Justicia, que brindarán orientación precisa sobre los procedimientos actualizados.