
Un tribunal federal de apelaciones en Atlanta anuló el martes una multa que obligaba a las líneas de cruceros a pagar más de 400 millones de dólares por “traficar” con propiedades confiscadas por el régimen castrista.
La demanda, iniciada en 2019, se centró en el uso de instalaciones portuarias en La Habana que habían sido nacionalizadas sin compensación por Fidel Castro en 1960. En 2022, un juez federal de Miami había determinado que las compañías Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises incurrieron en “turismo prohibido” y actividades de tráfico al usar los muelles pertenecientes a Havana Docks, una empresa estadounidense.
La jueza federal Beth Bloom ordenó a las empresas pagar 439 millones de dólares por daños y perjuicios, basándose en el Título III de la Ley Helms-Burton, que permite demandas por el uso comercial de propiedades confiscadas.
Sin embargo, el martes, el Tribunal de Apelaciones del 11º Circuito revocó la decisión por un margen de 2 a 1, argumentando que Havana Docks no tenía “propiedad absoluta” sobre las instalaciones en cuestión.
Según el tribunal, la concesión para operar los muelles había expirado en 2004, antes de que los cruceros comenzaran a transportar pasajeros a Cuba entre 2016 y 2019. La mayoría opinó que la intención del Título III no era otorgar derechos perpetuos sobre concesiones temporales.
Los jueces William Pryor y Adalberto Jordán consideraron que Havana Docks podía reclamar por la pérdida de su derecho de explotación, pero no poseía un interés pleno sobre la propiedad. El fallo también sugiere que la interpretación del Título III debería evaluar los derechos de las propiedades como si la expropiación nunca hubiera ocurrido, en lugar de asumir que la concesión confería propiedad perpetua.
En contraste, el juez Andre L. Brasher emitió una opinión disidente, calificando de “contrafáctico” el análisis de qué habría sucedido sin la confiscación. Argumentó que el Título III de la Ley Helms-Burton no exige demostrar un interés actual sobre la propiedad para presentar un reclamo.
El caso aún podría continuar si Havana Docks decide apelar la decisión ante el pleno del tribunal o ante la Corte Suprema. La firma que representa a Havana Docks expresó su desacuerdo, afirmando que la propiedad fue robada por el régimen cubano, lo que no debe ser minimizado.
La decisión podría influir en futuros litigios relacionados con propiedades confiscadas, ya que otros casos también involucran bienes cuyo estatus ha cambiado con el tiempo. Esto plantea interrogantes sobre los derechos reclamables bajo la Ley Helms-Burton.
El Título III de la Ley Helms-Burton se activó bajo la administración de Donald Trump en 2019. Desde que la ley fue promulgada en 1996 por el presidente Bill Clinton, el Título III había sido suspendido por todos los presidentes estadounidenses debido a preocupaciones sobre sus repercusiones diplomáticas y económicas.
Sin embargo, en mayo de 2019, Trump permitió su activación, permitiendo a los ciudadanos estadounidenses demandar en tribunales de EEUU a compañías extranjeras que se beneficiaran del uso de propiedades confiscadas por el gobierno cubano después de 1959.
Desde 2019 se han presentado unas 44 demandas, aunque el número de casos exitosos ha sido limitado. La mayoría de las demandas han enfrentado importantes obstáculos legales, lo que ha llevado a que muchas sean desestimadas por cuestiones jurisdiccionales o relacionadas con la validez de las reclamaciones de propiedad. Por ejemplo, demandas contra empresas estadounidenses y extranjeras, como American Airlines, Amazon y Pernod Ricard, no han llegado a resoluciones favorables para los demandantes hasta la fecha.
la ley hemes borton fue una politiqueria mas para hacer ver que los EU ERAN ENEMIGO DE LOS ASESINOS DE LOS CASTROS TODO ESO ES UN CUENTO DE CAMINO para seguir enganando a los cubanos todo es un cuento despierten
Dos jueces con tufillo comuñanga.