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Activista LGBTI cubana recibe una multa con sello de “contrarrevolucionaria”

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Activista LGBTI cubana recibe una multa con sello de “contrarrevolucionaria”

“Iba de camino al hospital a pasarme un medicamento por vía intravenosa”

Leodán Suárez Quiñones

Leodán Suárez Quiñones (Foto: Leodán Suárez Quiñones-Facebook)

Un oficial de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) impuso una multa a Leodán Suárez Quiñones, activista de la comunidad LGBTIQ+ en Pinar del Río, tras haber violado la prohibición de movimiento que impera en la provincia, por el aumento exponencial de los casos de coronavirus.

Sin embargo, el agente agregó en el dorso del modelo una siglas que llamaron la atención de la acusada: “CR”. Dicha denominación es utilizada por las autoridades para identificar a las personas que ellos califican de “contrarrevolucionarios”, dígase activistas y opositores, y así distinguirlos de los delincuentes comunes.

“Treinta pesos porque eran las 9:00 p.m (hora local) y como estamos en cuarentena desde las 8:00 p.m hasta las 5:00 a.m no se puede salir, pero yo iba de camino al hospital a pasarme un medicamento por vía intravenosa, porque estaba en crisis de gastritis”, describió Suárez Quiñones al portal Diario de Cuba. “Sin razón alguna me pusieron la multa”.

Según explicó la activista, los hechos tuvieron lugar el miércoles en el poblado San Juan y Martínez, cuando iba acompañada de su pareja. Asimismo, reveló que no es la primera vez que le sucede algo así.

Multas para los contrarrevolucionarios en época de Covid-19

En los últimos meses, tras la crisis sanitaria desatada por el coronavirus, la PNR ha utilizado las multas como escarmiento contra miembros de la sociedad civil independiente. El pasado jueves, por ejemplo, el coordinador de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) en Songo la Maya, Santiago de Cuba, Yordanys Labrada, fue condenado a diez meses de prisión por el delito de “impago de multas”.

El 1ro de septiembre el Gobierno aprobó una serie de normativas destinadas a contener la propagación del virus.

Las disposiciones, recogidas en el decreto 14/2020 del Consejo de Ministros, establecen que las personas naturales y jurídicas que incumplan alguna de las normativas recibirán una multa de entre 2 y 3 mil pesos (moneda nacional). Los sancionados están obligados a pagar la penalización en un banco de su área, en un plazo no superior a los 10 días.

De lo contrario, la multa es duplicada, y en caso de no ser pagada en 30 días, la persona podrá ser sometida a un proceso penal.

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