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¿Quién se beneficia del fallo contra USCIS y la pausa de sus trámites?

Los cubanos atorados en el limbo legal desde 2025 no fueron los únicos que salen ganando con el cambio

El viernes 5 de junio, un juez federal de Rhode Island anuló cuatro políticas migratorias aplicadas por la administración de Trump que mantenían bloqueados trámites de asilo, residencia, permisos de trabajo y ciudadanía de miles de inmigrantes.

El fallo se dio luego de considerar que USCIS actuó sin autoridad legal suficiente y violó la Ley de Procedimiento Administrativo.

La decisión fue emitida por el juez jefe John J. McConnell Jr., del Tribunal de Distrito para el Distrito de Rhode Island, en un documento de 135 páginas. El magistrado concluyó que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) excedió las facultades concedidas por el Congreso al imponer demoras indefinidas en la resolución de expedientes.

¿Quiénes se benefician de este cambio?

El fallo alcanza a solicitantes con procesos pendientes de asilo, autorización de empleo, residencia permanente, naturalización y otros beneficios migratorios de aproximadamente 39 países africanos, asiáticos, latinoamericanos y de Medio Oriente que están incluidos en el travel ban de Trump.

Muchos casos seguían avanzando dentro de la agencia, pero quedaban sin una respuesta final. En la práctica, los expedientes no recibían aprobación, rechazo ni cierre administrativo.

McConnell cuestionó con dureza la base de esas medidas. “La suspensión de adjudicaciones de USCIS no puede atribuirse a nada que estos individuos hayan hecho mal; surge únicamente por el azar de su lugar de nacimiento”.

Esto impacta a comunidades que habían quedado en un limbo migratorio desde finales de 2025. Entre ellas figuran cubanos, venezolanos y haitianos, tres grupos con una fuerte presencia en el sur de Florida y con numerosos procesos abiertos ante USCIS.

Desde diciembre de 2025, varios trámites de ciudadanía y naturalización fueron cancelados o congelados. Luego, un boletín del 15 de mayo de 2026 confirmó que las renovaciones de permisos de trabajo también quedaban detenidas para personas afectadas por estas políticas.

Las políticas migratorias anuladas por el tribunal

El tribunal dejó sin efecto permanente cuatro disposiciones. La primera fue la suspensión de beneficios migratorios para nacionales de los 39 países incluidos en el veto de viajes. La segunda fue la pausa general en decisiones de asilo, aplicada sin importar la nacionalidad del solicitante.

También anuló la revisión masiva de beneficios ya concedidos a personas de esos países que entraron a Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021. La cuarta medida invalidada fue el uso del país de origen como elemento negativo al evaluar solicitudes migratorias.

El juez sostuvo que USCIS reclamó una autoridad que no tenía y tomó decisiones sin ofrecer explicaciones suficientes.

También afirmó que la agencia ignoró las expectativas legítimas de los solicitantes y recurrió a argumentos de seguridad nacional que, según el fallo, encubrían criterios antiinmigrantes prohibidos en la toma de decisiones.

La Corte Suprema debe pronunciarse en junio o julio de 2026 sobre otros casos migratorios, incluida la eliminación de la ciudadanía por nacimiento y procesos relacionados con el Estatus de Protección Temporal de Haití y Siria.

Para miles de cubanos con trámites pendientes, el fallo de Rhode Island representa una vía para salir del congelamiento administrativo impuesto por USCIS.

 

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