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Cuba publica en su gaceta la actualización de la Ley de Inversión Extranjera

El documento establece la regulación para empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y empresas de capital totalmente extranjero
Cuba publica en su gaceta la actualización de la Ley de Inversión Extranjera
La reforma a la ley tiene como objetivo buscar una contribución a la recuperación económica del país. (Foto © Periódico Cubano)

El gobierno cubano publicó una versión actualizada de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, una normativa que establece el marco legal para la entrada de capital extranjero al país y define las condiciones para la creación de empresas mixtas, asociaciones económicas internacionales y compañías de capital totalmente extranjero.

La disposición aparece en la edición especial número 11 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, fechada el 4 de agosto de 2026, y responde al mandato del Decreto-Ley 128, aprobado el 28 de julio de 2026, que ordenó revisar, actualizar y concordar la legislación relacionada con la inversión extranjera.

La norma mantiene como propósito declarado utilizar la inversión extranjera como una vía para acceder a financiamiento externo, tecnologías, nuevos mercados y cadenas internacionales de valor, además de contribuir a la recuperación económica del país.

Según el texto legal, la inversión extranjera busca favorecer la ampliación de mercados de exportación, la sustitución de importaciones, la creación de empleos, la incorporación de métodos de gestión y el desarrollo de fuentes renovables de energía.

Un sistema de inversión bajo autorización del Estado cubano

La Ley 118 establece que la inversión extranjera en Cuba debe desarrollarse dentro de un marco basado en el respeto a la legislación nacional, la soberanía y la independencia del país. La normativa señala que busca ofrecer facilidades, garantías y seguridad jurídica a los inversionistas extranjeros.

Sin embargo, el acceso al mercado cubano continúa condicionado por un sistema de aprobación estatal. La ley establece que las inversiones deben ser autorizadas según el sector, la modalidad y las características del proyecto.

Entre las autoridades con capacidad para aprobarlas se encuentran el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y determinados organismos de la Administración Central del Estado.

El Consejo de Ministros mantiene facultades para aprobar inversiones relacionadas con desarrollos inmobiliarios, empresas de capital totalmente extranjero, uso de fuentes renovables de energía y otras modalidades consideradas estratégicas.

Tres modalidades para la entrada de capital extranjero

La normativa define tres formas principales mediante las cuales puede establecerse la inversión extranjera en Cuba: empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y empresas de capital totalmente extranjero.

En el caso de las empresas mixtas, la ley establece que se crea una persona jurídica independiente bajo la forma de compañía anónima por acciones nominativas, con participación de inversionistas nacionales y extranjeros según los acuerdos aprobados.

Los contratos de asociación económica internacional permiten la colaboración entre inversionistas cubanos y extranjeros sin crear una nueva personalidad jurídica distinta a la de las partes participantes. Estos acuerdos pueden abarcar actividades productivas, comerciales, de servicios, construcción, agricultura o administración hotelera.

Por otra parte, las empresas de capital totalmente extranjero permiten que el inversionista extranjero ejerza la dirección del negocio y asuma las obligaciones establecidas en la autorización correspondiente.

Cambios en operaciones, empleo y relaciones financieras

La actualización de la norma también aborda aspectos laborales y financieros de los negocios con participación extranjera. La ley establece que los trabajadores vinculados a estas actividades serán generalmente cubanos o extranjeros con residencia permanente en la Isla, aunque permite excepciones para determinados cargos técnicos o de dirección.

Además, las empresas mixtas, los inversionistas nacionales y extranjeros participantes en asociaciones económicas internacionales y las compañías de capital totalmente extranjero podrán abrir cuentas en bancos del sistema financiero cubano para sus operaciones.

La normativa también reconoce el derecho de los inversionistas extranjeros a transferir al exterior dividendos, beneficios y otros pagos autorizados en moneda libremente convertible, bajo las condiciones establecidas por la legislación.

En materia tributaria, la ley mantiene beneficios para determinadas modalidades de inversión. Por ejemplo, establece una exención del impuesto sobre utilidades durante ocho años para empresas mixtas y partes en contratos de asociación económica internacional, con posibilidad de ampliación por decisión del Consejo de Ministros.

La publicación de esta actualización ocurre en un momento en que el gobierno cubano busca atraer mayor financiamiento externo para enfrentar los problemas económicos del país.

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