
Un expediente judicial acaba de poner nuevamente bajo la lupa las demoras que enfrentan profesionales cubanos para homologar sus títulos sanitarios en España. Esta vez, el caso corresponde a una graduada de Estomatología en La Habana que acudió a los tribunales después de que su solicitud permaneciera sin una resolución expresa.
La sentencia 95/2026 de la Audiencia Nacional, fechada el 5 de marzo de 2026, revela que la interesada había solicitado el 17 de marzo de 2021 la homologación de su título de Doctora en Estomatología, expedido por el Instituto Superior de Ciencias Médicas de La Habana, para acceder en España a la profesión regulada de dentista.
El caso cobra especial relevancia porque Odontología figura entre las carreras con mayores dificultades para homologar en España. Datos correspondientes a 2025 situaban su porcentaje de resoluciones favorables muy por debajo del registrado en Medicina.
Audiencia Nacional anula el silencio administrativo en la homologación
La demandante alegó que había entregado junto a la solicitud los documentos que acreditaban sus estudios y la carga horaria cursada en Cuba. Sin embargo, el expediente administrativo examinado por la Audiencia Nacional contenía únicamente la solicitud y la documentación aportada por ella.
El tribunal constató que la Administración ni siquiera había obtenido el informe técnico de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), que bajo la normativa aplicable al expediente tenía carácter preceptivo y determinante.
Por esa razón, la Sala anuló la desestimación presunta producida por silencio administrativo y ordenó retrotraer el procedimiento para que ANECA emita el informe correspondiente y posteriormente se dicte una resolución motivada.
La sentencia, no obstante, no reconoce automáticamente el derecho de la cubana a ejercer como dentista. El tribunal rechazó conceder directamente la homologación porque faltaba precisamente la evaluación técnica necesaria para determinar si su formación reúne las condiciones exigidas.
El expediente se inició bajo el anterior Real Decreto 967/2014, por lo que la Audiencia aplicó esa normativa por razones temporales. El régimen vigente para nuevas solicitudes es el Real Decreto 889/2022, que establece un plazo máximo general de seis meses para resolver y notificar.
Cómo homologar un título de dentista cubano en España
La profesión de dentista está regulada en España, de modo que un graduado extranjero necesita la homologación si pretende ejercerla. El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades exige acreditar el título universitario, la certificación académica con asignaturas y carga horaria, la duración oficial de los estudios y, cuando corresponda, documentación que demuestre que el solicitante puede ejercer la profesión en el país donde obtuvo el título.
Para los expedientes de Odontología, los criterios actualmente publicados por ANECA contemplan, entre otros elementos, una formación mínima de cinco años, al menos 300 créditos ECTS o 3.480 horas presenciales cuando el programa no esté organizado en créditos, y un mínimo de 540 horas de formación clínica. También deben cumplirse las competencias previstas en la Orden CIN/2136/2008.
La documentación cubana debe estar debidamente legalizada para producir efectos en España, un trámite especialmente sensible después de los cambios introducidos en Cuba para la legalización de documentos.

El requisito lingüístico B2 se exige cuando el solicitante no es nacional de un país que tenga el castellano como lengua oficial, por lo que esa exigencia normalmente no afecta a ciudadanos cubanos.
La complejidad del proceso ayuda a explicar por qué, pese al elevado volumen de expedientes favorables, los cubanos representan una parte importante de las solicitudes de homologación que recibe España. En el primer semestre de 2025, 5.551 ciudadanos cubanos consiguieron homologar títulos universitarios, según datos divulgados anteriormente por Periódico Cubano.
Qué puede hacer un cubano si la homologación no recibe respuesta
La legislación vigente establece que, transcurridos seis meses sin resolución, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo. Eso no equivale a una decisión definitiva sobre la calidad o validez del título: la Ley 39/2015 establece que el silencio negativo sirve para permitir al interesado interponer el recurso administrativo o contencioso-administrativo que corresponda, mientras la Administración conserva su obligación de resolver expresamente.
La sentencia de Estomatología demuestra precisamente que la vía judicial puede servir para combatir una paralización irregular del expediente, aunque acudir a los tribunales no garantiza que finalmente se conceda la homologación.
El problema no resulta aislado. Profesionales cubanos denunciaron recientemente a Periódico Cubano que llevan largos periodos esperando mientras sus expedientes dependen de verificaciones documentales, una situación descrita por algunos afectados como un “limbo” que mantiene paralizadas sus carreras profesionales en España.
