
El Gobierno de Estados Unidos anunció una modificación migratoria que reduce de 30 a 10 días el plazo para impugnar una posible cancelación del estatus de refugiado. La disposición, impulsada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), entrará en vigor este miércoles 14 de octubre y busca agilizar la revisión de personas admitidas bajo esa protección que, según las autoridades, no reunían los requisitos legales.
La decisión aparece en el documento federal 2026-20956, firmado por el secretario Markwayne Mullin. La regulación, revisada por Periódico Cubano, modifica el apartado 207.9 del Código de Regulaciones Federales y afecta específicamente a extranjeros admitidos mediante el Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos (USRAP) que todavía no obtienen la residencia permanente.
¿Qué inmigrantes están afectados por la nueva regla de EEUU?
La disposición comprende a refugiados principales que ingresaron legalmente mediante el formulario I-590. No modifica directamente las condiciones del parole humanitario, el asilo, el formulario I-220A, la residencia permanente ni la ciudadanía estadounidense. Esta distinción resulta fundamental para los cubanos, pues muchos llegaron al país mediante procedimientos migratorios diferentes.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) podrá iniciar la revocación cuando determine que una persona no cumplía los criterios legales para recibir protección como refugiado al ingresar al territorio estadounidense. El organismo deberá comunicar los motivos mediante una notificación formal, conocida como NOIT.
A partir de ese aviso, el extranjero dispondrá de 10 días naturales para presentar documentos que respalden su situación o solicitar una entrevista. El cómputo incluye fines de semana y feriados, aunque el vencimiento se traslada al siguiente día hábil cuando coincide con una jornada no laborable. Para las comunicaciones postales se conceden tres días adicionales, hasta completar 13 desde el envío.
Perder el estatus de refugiado puede provocar la deportación
La ausencia de respuesta dentro del término establecido permite a USCIS continuar con la cancelación sin considerar una refutación del interesado. La decisión no contempla una apelación administrativa específica.
La retirada de esta protección también extingue la autorización laboral vinculada al estatus y puede dar paso a procedimientos de expulsión. Durante esas actuaciones, el extranjero conserva la posibilidad de solicitar otras protecciones ante un juez migratorio. La medida podría repercutir igualmente sobre cónyuges e hijos menores de 21 años admitidos como beneficiarios derivados.
Según las estimaciones oficiales, unos 186.000 refugiados ingresados entre los años fiscales 2015 y 2025 permanecen sin ajustar su condición migratoria. Esa cifra representa el universo máximo potencialmente alcanzado por la disposición, no una cantidad de cancelaciones confirmadas.
Organizaciones cuestionan el recorte de garantías migratorias
El DHS fundamentó su decisión en revisiones que detectaron deficiencias documentales y posibles riesgos de seguridad. Sin embargo, organizaciones humanitarias cuestionaron la reducción del plazo. HIAS advirtió que 10 días resultan insuficientes para conseguir representación legal y reunir pruebas.
La administración Trump aplicará la norma sin esperar el proceso habitual de consultas previas. No obstante, permitirá presentar observaciones públicas durante 30 días mediante regulations.gov, bajo el expediente USCIS-2026-0397.
