
La residencia permanente por la Ley de Ajuste Cubano registra un aumento cercano al 69 % en su tiempo mediano de procesamiento. El indicador pasó de siete meses en el año fiscal 2025 a 11,8 meses en el período de 2026 con corte al 31 de julio, una diferencia de 4,8 meses.
Según los datos de la tabla histórica del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), compartida por el portal Cuba en Miami, esta categoría del formulario I-485 alcanzó su mayor tiempo mediano dentro de la serie comprendida entre 2021 y 2026.
La evolución muestra un cambio respecto a las mejoras observadas al inicio del período. En 2021, la mediana de procesamiento por la Ley de Ajuste Cubano era de 8,5 meses. En 2022 descendió a 5,5 meses y en 2023 llegó a 3,3 meses, el registro más bajo de los seis años comparados.
Desde entonces, el indicador aumentó durante tres períodos consecutivos: subió a 4,6 meses en 2024, alcanzó siete meses en 2025 y llegó a 11,8 meses en el dato parcial de 2026. Frente a 2023, el tiempo mediano se multiplicó por aproximadamente 3,6, al pasar de poco más de tres meses a casi un año.
Para los solicitantes, resulta fundamental entender el alcance de esa cifra. Una mediana de 11,8 meses significa que la mitad de los casos completados durante el período tardó ese tiempo o menos, mientras la otra mitad demoró más. No constituye un plazo máximo ni garantiza una respuesta antes de cumplir doce meses.
Tampoco permite calcular cuánto le falta a un expediente pendiente. Una persona que ya acumuló varios meses de espera no puede restarlos de la mediana para determinar cuándo recibirá una decisión. La estadística describe solicitudes cuyo procesamiento terminó durante el período analizado; no establece una cuenta regresiva individual.
La comparación con otras categorías refleja diferencias. Los ajustes por vínculos familiares redujeron su mediana de 7,4 meses en 2025 a seis meses en 2026. Por su parte, las solicitudes basadas en empleo pasaron de 7,2 a 5,9 meses. Así, el indicador del Ajuste Cubano equivale prácticamente al doble del familiar y exactamente al doble del laboral.
Otro aumento aparece en las solicitudes de residencia de personas con asilo concedido hace más de un año. En esa categoría, la mediana pasó de 10,3 a 19,7 meses, un incremento de 9,4 meses, equivalente a aproximadamente el 91 %. El dato corresponde al trámite de residencia posterior al asilo, no a la espera por una decisión sobre una petición de asilo pendiente.
La Ley de Ajuste Cubano, promulgada en Estados Unidos el 2 de noviembre de 1966, permite que las personas nacidas en Cuba o con ciudadanía cubana soliciten la residencia permanente si cumplen determinados requisitos.
Entre ellos figuran haber sido inspeccionadas y admitidas en el país, o haber recibido un permiso de permanencia temporal conocido como parole, y acumular al menos un año de presencia física en territorio estadounidense. También deben cumplir los requisitos de admisibilidad para obtener la residencia.
La residencia no se concede automáticamente por ser cubano ni por cumplir un año en EEUU. Es necesario presentar una solicitud de ajuste de estatus y obtener una decisión favorable de la autoridad migratoria.
