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Aumentan las cuantías de las sanciones por incumplimiento de las normas de control de ganado mayor

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Aumentan las cuantías de las sanciones por incumplimiento de las normas de control de ganado mayor

El documento define 15 conductas violatorias en las que pueden incurrir las personas naturales y jurídicas, propietarias o poseedoras de ganado

Aumentan cuantías de las sanciones por incumplimiento a las normas de control de ganado mayor

También es ilegal comprar o recibir ganado mayor sin la autorización del organismo estatal competente, y vender o traspasar este tipo de ganado sin el permiso del mismo ente. (Captura de pantalla: Ministerio de la Agricultura-YouTube)

El régimen cubano aumentó las cuantías de las sanciones por incumplimiento a las normas de control de ganado mayor, a través de una actualización del decreto 255 del Consejo de ministros, publicada este lunes en la Gaceta Oficial de la República.

La normativa titulada ‘De contravenciones personales de las regulaciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras’ había sido establecida en 1997, por lo cual ante el proceso inflacionario que vive la economía nacional, las cuantías de las multas resultaban irrisorias.

El documento define 15 conductas violatorias en las que pueden incurrir las personas naturales y jurídicas, propietarias o poseedoras de ganado cuando no se ajusten a las regulaciones establecidas en el control y registro de la masa ganadera.

Por ejemplo, quedó establecida una multa de 10.000 pesos cubanos (CUP) para aquellos propietarios que no tengan a sus animales bien identificados. La contravención puede llegar hasta el decomiso del animal en caso de que se verifique intencionalidad en la adulteración de la identificación.

De igual forma, el propietario del ganado tiene que guardar el documento que lo acredite como tal ante el Registro Pecuario. Si la autoridad correspondiente solicita el título de propiedad y no se tiene a mano, el titular puede ser multado con 500 CUP. Si el documento no se presenta dentro de las 72 horas posteriores a su requerimiento, se procede al decomiso del animal.

La actualización del decreto 255 tipifica elevadas multas por no declarar en el Registro Pecuario, dentro del término establecido: los nacimientos de ganado mayor (10.000 CUP); las muertes de ganado mayor (10.000 CUP); los faltantes de ganado mayor (10.000 CUP); compraventas, los traslados o cualquier tipo de operación que implique traspaso de propiedad (5.000 CUP por cada animal no contabilizado).

Otra de las normas que deben cumplir los dueños de ganado es el límite de animales al cual fueron autorizados. De acuerdo con el texto jurídico, no se puede poseer una cantidad de ganado superior a la establecida sin tener legalmente tierra asignada.

También es ilegal comprar o recibir ganado mayor sin la autorización del organismo estatal competente, y vender o traspasar este tipo de ganado sin el permiso del mismo ente.

Sobre el sacrificio de ganado mayor, aprobado en 2021, el decreto se actualiza para incluir este permiso, pero igualmente impone multas a quienes, “teniendo la autorización requerida, incumplan con las normas establecidas para su ejecución y el destino de sus carnes”.

Finalmente, se explicó que todos los inconformes con las medidas y multas aplicadas pueden interponer el recurso de apelación ante el delegado municipal o provincial del Ministerio de la Agricultura, únicas autoridades facultadas para conocer y resolver estas inconformidades contra los actos administrativos que aplican la ley.

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