
El Banco Central de Cuba (BCC) eliminó la obligación de solicitar permiso antes de abrir cuentas bancarias en el extranjero para empresas mixtas y participantes nacionales en contratos de asociación económica internacional.
La medida quedó establecida en la Resolución 100/2026, firmada el 1 de septiembre por Juana Lilia Delgado Portal, presidenta del organismo, y publicada en la Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2026, como parte de un paquete de cambios dirigidos al marco de la inversión extranjera en la Isla.
La nueva regulación modifica la Resolución 53 de 2013, que durante más de una década exigió una aprobación previa del Banco Central para que determinadas entidades vinculadas a capital extranjero pudieran operar cuentas fuera de Cuba.
El documento oficial señala que las modificaciones responden a “las transformaciones económicas y sociales aprobadas y la experiencia acumulada”, razones utilizadas por las autoridades para justificar la actualización de las reglas sobre cuentas bancarias en el exterior.
Empresas ya no necesitarán autorización antes de abrir cuentas fuera de Cuba
El principal cambio introducido por la Resolución 100/2026 es la sustitución del permiso obligatorio por un sistema de comunicación posterior.
A partir de ahora, las empresas mixtas y los inversionistas nacionales incluidos en contratos de asociación económica internacional podrán abrir cuentas en bancos extranjeros sin esperar una aprobación del Banco Central.
Después de realizar la apertura, los titulares tendrán un plazo de siete días naturales para informar al organismo regulador mediante una comunicación escrita.
La notificación deberá incluir datos como la institución bancaria donde se abrió la cuenta, la ubicación del banco, la moneda utilizada, el tipo de cuenta y el período de vigencia. También será obligatorio informar cualquier cambio posterior o el cierre de la cuenta.
El Banco Central mantiene facultades de supervisión sobre los fondos
Aunque la nueva norma reduce el control previo, el Banco Central conserva atribuciones para fiscalizar estas operaciones.
La resolución establece que la institución puede solicitar información adicional sobre las cuentas bancarias abiertas fuera del país cuando lo considere necesario.
Además, los titulares de esas cuentas tendrán la responsabilidad de implementar mecanismos internos para proteger los fondos depositados. Entre las medidas exigidas aparecen controles sobre firmas autorizadas, niveles de aprobación, procedimientos internos y sistemas de supervisión.
La disposición entrará en vigor siete días hábiles después de su firma, según establece la sección final del documento.
Reforma económica amplía cambios para atraer inversión extranjera
La Resolución 100/2026 forma parte de un grupo de ocho normas publicadas en la misma edición de la Gaceta Oficial relacionadas con la inversión extranjera.
El paquete incluye modificaciones a la Ley de Inversión Extranjera mediante el Decreto Ley 128/2026 del Consejo de Estado, así como nuevas reglas sobre contratación de trabajadores y beneficios fiscales para determinadas actividades.
Las medidas llegan después de que el gobierno cubano anunciara durante 2026 un programa de cambios económicos. En junio, el primer ministro Manuel Marrero Cruz presentó 176 transformaciones, entre ellas propuestas relacionadas con la participación de capital extranjero y privado.
En julio, las autoridades también aprobaron nuevas disposiciones para facilitar la evaluación de negocios fuera de la cartera oficial de oportunidades para inversores.
La nueva regulación bancaria representa otro paso dentro de ese proceso, aunque ocurre mientras Cuba enfrenta una prolongada crisis económica, falta de divisas y dificultades para atraer capital internacional.