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Código Penal contempla hasta tres años de cárcel por ofender la dignidad y el decoro de los dirigentes comunistas

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Código Penal contempla hasta tres años de cárcel por ofender la dignidad y el decoro de los dirigentes comunistas

El proceso de aprobación transcurrió mientras el régimen comunista ponía en el debate público el Código de la Familia, un texto mucho más laxo, con polémicas permitidas y hasta deseadas

Código Penal contempla hasta tres años de cárcel por ofender la dignidad y decoro de los dirigentes comunistas

Tanto Díaz-Canel como su esposa son muy criticados en redes sociales, y ahora el sistema judicial puede sancionar a quienes se expresa así. (Foto: Estudios Revolución)

El nuevo Código Penal de Cuba, aprobado en las últimas horas por “unanimidad” en la sección extraordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), contempla hasta tres años de cárcel por ofender la dignidad y el decoro de los dirigentes comunistas.

En los artículos 185.1 y 185.2 de la sección cuarta del referido documento, que aborda el tema del Desacato, se tipifica como delito herir los sentimientos de los funcionarios públicos, autoridades y sus agentes o auxiliares, ya sea de palabra o por escrito.

Textualmente, el artículo 185 refiere que “quien amenace, calumnie, difame, insulte, injurie o, de cualquier modo, ultraje u ofenda, de palabra o por escrito, en su dignidad o decoro, a un funcionario público, autoridad o a sus agentes o auxiliares, en ejercicio de sus funciones o en ocasión o con motivo de ellas, incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas, o ambas”.

La mordaza sobre la libertad de expresión se eleva hasta tres años de cárcel en caso de que ese funcionario público, del cual un ciudadano exprese un comentario en contra, sea «el presidente o vicepresidente de la República, el presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular o sus diputados, los demás miembros del Consejo de Estado o del Consejo de ministros, el presidente del Tribunal Supremo Popular, el Fiscal General, el Contralor General o el presidente del Consejo Electoral Nacional».

Más adelante, en el propio Código Penal, el régimen dictatorial se asegura de ser más represivo con aquellos que luego de ser sancionados por el “delito de expresarse” no cumplan con su castigo.

El artículo 210 indica que “quien incumpla una sanción accesoria u obligaciones penales (…) incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas”.

Con estas y otras atrocidades y violaciones a los derechos humanos, el nuevo Código Penal fue aprobado por “unanimidad” por los 605 diputados, esos mismos por los cuales una mayoría de cubanos avalan con su voto en las farsas electorales que cada dos años y medio suceden en Cuba.

El proceso de aprobación transcurrió mientras el régimen comunista ponía en el debate público el Código de la Familia, un texto mucho más laxo, con polémicas permitidas y hasta deseadas por las autoridades como lo es el matrimonio entre personas del mismo sexo. Para el gobierno comunista, es mejor centrar la opinión pública en esos temas y no en el Código Penal.

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