
El Consulado de España en La Habana informó sobre el proceso de solicitud de ayudas económicas para los españoles que residen en Cuba. Los interesados podrán iniciar sus trámites y tienen hasta el 20 de mayo a las 12 del mediodía, el plazo original fue ampliado en beneficio de la ciudadanía.
El país europeo ofrece varios tipos de ayuda a sus connacionales, sin embargo, todas son incompatibles entre sí. Por lo cual el beneficiado solo puede servirse de una a la vez. Por ejemplo, los beneficios del Consulado General de España en La Habana son diferentes a las ayudas que dan las comunidades autónomas a sus residentes en el exterior.
La información advierte que todos los organismos de las Administraciones Públicas españolas se encuentran coordinadas y cruzan informaciones con el fin de asegurar la eficacia de las ayudas y evitar duplicidades.
Requisitos para recibir ayudas en CUP por parte del Consulado General de España en La Habana
- Ser nacional español
- Residir en Cuba y encontrarse en situación de alta en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España en La Habana
- Ser menor de 18 años, mayor de 65 años o, teniendo entre 18 y 65 años, estar incapacitado para el trabajo
- Documentar adecuadamente que carece de medios de subsistencia
- No haber solicitado una ayuda de la Consejería de Trabajo de la Embajada de España en Cuba o de las Comunidades Autónomas
AMPLIADO el plazo de solicitud de ayudas de subsistencia 💰
Hasta el 20-05-2022 a las 12:00 horas 📅
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— ConsEspLaHabana (@ConsEspLaHabana) April 28, 2022
Con relación a la “situación de necesidad”, la normativa del Ministerio de Asuntos Exteriores de España indica que la misma “se acreditará mediante la documentación y medios de prueba de que disponga el solicitante”.
“Si no dispusiera de ningún medio de prueba, la situación de necesidad se acreditará mediante declaración expresa y responsable del interesado y si este, debido a la situación en que se encuentra, no estuviera en condiciones de hacer una declaración expresa y responsable, el Jefe de la Oficina Consular o Sección Consular de la circunscripción en la que se encuentre podrá expedir una certificación en el que se especifiquen los motivos que le llevan a apreciar la situación de necesidad del solicitante”.
Para solicitar la ayuda debe entregar personalmente en cualquiera de los consulados o viceconsulados de España en Cuba una planilla debidamente llenada de puño y letra. El formulario puede descargarlo aquí.
En el caso del Consulado General de España en La Habana se aceptan las solicitudes por la ventanilla número 3, de la calle Zulueta, de lunes a viernes, entre las 9:00 horas y las 10:00 horas. En los viceconsulados honorarios de España en Camagüey, Santa Clara y Santiago de Cuba, el horario de atención es entre las 10 de la mañana y las 12 del mediodía.
De acuerdo con la nota informativa, “todos los trámites y las planillas son GRATUITOS, por lo que no se debe pagar cantidad alguna a ninguna persona que lo requiera. Si así ocurriera, usted puede formular por escrito la denuncia del caso para que este Consulado General pueda adoptar las medidas que correspondan”.

