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Consulado de España informa sobre el proceso de solicitud de ayudas económicas para los españoles en Cuba

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Consulado de España informa sobre el proceso de solicitud de ayudas económicas para los españoles en Cuba

La fecha límite para enviar la solicitud es el 20 de mayo

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Las ayudas se entregan en pesos cubanos (Foto: Periódico Cubano)

El Consulado de España en La Habana informó sobre el proceso de solicitud de ayudas económicas para los españoles que residen en Cuba. Los interesados podrán iniciar sus trámites y tienen hasta el 20 de mayo a las 12 del mediodía, el plazo original fue ampliado en beneficio de la ciudadanía.

El país europeo ofrece varios tipos de ayuda a sus connacionales, sin embargo, todas son incompatibles entre sí. Por lo cual el beneficiado solo puede servirse de una a la vez. Por ejemplo, los beneficios del Consulado General de España en La Habana son diferentes a las ayudas que dan las comunidades autónomas a sus residentes en el exterior.

La información advierte que todos los organismos de las Administraciones Públicas españolas se encuentran coordinadas y cruzan informaciones con el fin de asegurar la eficacia de las ayudas y evitar duplicidades.

Requisitos para recibir ayudas en CUP por parte del Consulado General de España en La Habana

  • Ser nacional español
  • Residir en Cuba y encontrarse en situación de alta en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España en La H​abana
  • ​Ser menor de 18 años, mayor de 65 años o, teniendo entre 18 y 65 años, estar incapacitado para el trabajo
  • Documentar adecuadamente que carece de medios de subsistencia
  • No haber solicitado una ayuda de la Consejería de Trabajo de la Embajada de España en Cuba o de las Comunidades Autónomas

Con relación a la “situación de necesidad”, la normativa del Ministerio de Asuntos Exteriores de España indica que la misma “se acreditará mediante la documentación y medios de prueba de que disponga el solicitante”.

“Si no dispusiera de ningún medio de prueba, la situación de necesidad se acreditará mediante declaración expresa y responsable del interesado y si este, debido a la situación en que se encuentra, no estuviera en condiciones de hacer una declaración expresa y responsable, el Jefe de la Oficina Consular o Sección Consular de la circunscripción en la que se encuentre podrá expedir una certificación en el que se especifiquen los motivos que le llevan a apreciar la situación de necesidad del solicitante”.

Para solicitar la ayuda debe entregar personalmente en cualquiera de los consulados o viceconsulados de España en Cuba una planilla debidamente llenada de puño y letra. El formulario puede descargarlo aquí.

En el caso del Consulado General de España en La Habana se aceptan las solicitudes por la ventanilla número 3, de la calle Zulueta, de lunes a viernes, entre las 9:00 horas y las 10:00 horas. En los viceconsulados honorarios de España en Camagüey, Santa Clara y Santiago de Cuba, el horario de atención es entre las 10 de la mañana y las 12 del mediodía.

De acuerdo con la nota informativa, “todos los trámites y las planillas son GRATUITOS, por lo que no se debe pagar cantidad alguna a ninguna persona que lo requiera. Si así ocurriera, usted puede formular por escrito la denuncia del caso para que este Consulado General pueda adoptar las medidas que correspondan”.

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