
La Corte Suprema de Estados Unidos dio un nuevo impulso a una de las demandas más relevantes relacionadas con propiedades confiscadas en Cuba, al anular una decisión que había favorecido a cuatro grandes compañías de cruceros acusadas de usar instalaciones portuarias expropiadas en La Habana.
El fallo, emitido por ocho votos contra uno, reabre el camino para que Havana Docks Corporation reclame indemnizaciones millonarias a Carnival, Norwegian Cruise Line Holdings, Royal Caribbean Cruises y MSC Cruises. Las sentencias originales superaban los 100 millones de dólares por compañía, lo que coloca en juego una cifra superior a los $440 millones.
La decisión no significa necesariamente que las navieras deban pagar de inmediato, pero sí representa un revés importante para sus defensas legales. El caso regresa ahora a instancias inferiores, donde todavía deberán examinarse argumentos pendientes sobre la responsabilidad de las empresas.
El Supremo rechaza el argumento que favorecía a los cruceros
El conflicto gira en torno a los muelles del puerto de La Habana que Havana Docks Corporation construyó y operó antes de que fueran confiscados por el régimen cubano en 1960. La compañía tenía una concesión para desarrollar y explotar esas instalaciones, pero perdió el control de los bienes tras la llegada de Fidel Castro al poder.
Las líneas de cruceros utilizaron esos muelles entre 2016 y 2019, durante el período de flexibilización de los viajes a Cuba iniciado bajo la administración Obama. Havana Docks sostuvo que ese uso comercial constituyó tráfico con propiedades confiscadas, una figura contemplada en la Ley Helms-Burton.
El Tribunal de Apelaciones del 11.º Circuito había dado la razón a los cruceros al considerar que la concesión de Havana Docks habría expirado en 2004, antes de que los barcos comenzaran a operar en La Habana. Sin embargo, la Corte Suprema rechazó esa interpretación y consideró suficiente que las empresas hubieran usado una propiedad confiscada sobre la cual Havana Docks mantiene una reclamación.
Una demanda bajo la Ley Helms-Burton
El caso se apoya en el Título III de la Ley Helms-Burton, aprobada en 1996, que permite a ciudadanos y empresas estadounidenses demandar a quienes se beneficien de propiedades confiscadas por el Gobierno cubano a partir del 1 de enero de 1959.
Durante más de dos décadas, esa vía legal permaneció suspendida por sucesivas administraciones estadounidenses. En 2019, el entonces presidente Donald Trump permitió su activación, abriendo la puerta a demandas vinculadas con antiguas propiedades estadounidenses en Cuba.
Según la Corte Suprema, los cruceros transportaron cerca de un millón de pasajeros pagados a Cuba entre 2016 y 2019 y utilizaron los muelles para embarque y desembarque en La Habana. La opinión también recoge que esas compañías pagaron a entidades vinculadas al Gobierno cubano y obtuvieron ingresos de viajes que incluían escala en la capital cubana.
Qué puede pasar ahora con el caso
El punto clave es que la Corte Suprema no cerró completamente el litigio. Su decisión anuló el fallo del tribunal de apelaciones, pero devolvió el expediente para nuevos procedimientos. Eso significa que los cruceros aún podrían intentar sostener otras defensas legales que no fueron examinadas por el Supremo.
Para Havana Docks, el fallo fortalece una reclamación que llevaba años atravesando tribunales. Para las navieras, aumenta el riesgo financiero de haber operado en instalaciones cubanas marcadas por disputas de propiedad no resueltas.
El caso también podría tener impacto más allá del sector turístico. Otras empresas estadounidenses con reclamaciones por confiscaciones en Cuba observan de cerca cómo los tribunales interpretan el alcance de la Ley Helms-Burton y hasta dónde puede llegar la responsabilidad de compañías extranjeras o multinacionales que hicieron negocios en bienes expropiados.
Por ahora, el mensaje judicial es claro: el uso comercial de propiedades confiscadas en Cuba puede tener consecuencias millonarias, incluso décadas después de la expropiación original.