
El Consejo de Estado de Cuba puso en vigor este viernes el Decreto-Ley 129 de 2026, una norma que elimina el Decreto-Ley 155 de 1994, el cual permitía decomisar mercancías, equipos e instrumentos por incumplimientos relacionados con el Registro Central Comercial.
La decisión fue publicada en la Gaceta Oficial No. 69 Ordinaria de 2026 y forma parte de una actualización del sistema de comercio interno impulsada por el Gobierno cubano.
La nueva disposición fue firmada en La Habana el 28 de julio de 2026 por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado. Su entrada en vigor deja sin efecto una regulación que estuvo activa durante más de 30 años.
El Decreto-Ley 155 establecía que las autoridades podían aplicar el decomiso como una sanción adicional contra personas naturales o jurídicas que violaran las normas del Registro Central Comercial. Este mecanismo afectaba a establecimientos dedicados a la venta de productos y la prestación de servicios en Cuba.
Una norma creada en los años 90 queda sin respaldo legal
El antiguo decreto estaba relacionado con el Decreto 184 de 1993, que creó el Registro Central Comercial bajo la dirección del Ministerio del Comercio Interior. Ese registro obliga a los negocios comerciales y de servicios a inscribirse para poder operar.
Durante décadas, ambas normas funcionaron como parte del sistema de control estatal sobre las actividades comerciales en la Isla. Sin embargo, las nuevas regulaciones aprobadas por el Gobierno modificaron el marco jurídico que sostenía esas disposiciones.
La derogación del Decreto-Ley 155 se basa principalmente en la Ley 177 “Del Régimen General de Contravenciones y Sanciones Administrativas”, aprobada en julio de 2025, y en el Decreto 168 de 2026, que actualizó las reglas del Registro Central Comercial.
Según el texto oficial, esas modificaciones dejaron sin fundamento la antigua norma de decomisos. El Decreto-Ley 129 señala que “Las Transformaciones Económicas y Sociales aprobadas promueven la actualización del marco regulatorio del comercio interior en el país y en este sentido derogar el referido Decreto-Ley 155”.
Cambios en el comercio cubano mantienen controles sobre procesos abiertos
Aunque la nueva ley elimina el Decreto-Ley 155, incluye una medida para los expedientes administrativos que ya estaban en proceso. Estos casos continuarán bajo las reglas anteriores para evitar que queden sin una base legal.
La disposición transitoria establece: “Los asuntos que se encuentren en tramitación al momento de la entrada en vigor del presente Decreto-Ley continúan su curso con arreglo al Decreto-Ley 155”.
El cambio forma parte de un conjunto más amplio de medidas publicadas en la Gaceta Oficial No. 69. El documento incluye ocho disposiciones relacionadas con el comercio interior, entre ellas nuevas reglas para el sector comercial y modificaciones sobre el funcionamiento del Registro Central Comercial.
También aparecen el Decreto 167 sobre Comercio Interior, una resolución del Ministerio del Comercio Interior para flexibilizar el comercio mayorista y otra norma relacionada con las tarifas máximas de los servicios del registro comercial.
Para los cubanos dentro y fuera de la Isla, la eliminación de esta norma representa una modificación en las reglas que durante años regularon la actividad comercial privada y estatal. Sin embargo, el nuevo sistema mantiene la supervisión del Estado sobre los negocios y servicios que operan en el país.