
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Cuba estableció un nuevo procedimiento para evaluar la situación socioeconómica de los núcleos familiares que soliciten financiamiento estatal destinado a la reconstrucción de sus viviendas.
La medida, recogida en la Resolución 10/2026 y publicada en la Gaceta Oficial No. 44 de 2026, deriva de un acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros en marzo del mismo año.
Su objetivo es regular la entrega de fondos públicos a familias que no cuenten con solvencia económica para asumir obras constructivas, ya sean ejecutadas por entidades estatales o por esfuerzo propio.
La nueva disposición sustituye a la Resolución 22/2022, que hasta ahora establecía los criterios para evaluar los subsidios vinculados a acciones constructivas en viviendas. El cambio llega en medio de una crisis habitacional prolongada, con un déficit superior a las 929.000 viviendas y un fondo inmobiliario severamente deteriorado en gran parte de la Isla.
Según el nuevo marco legal, las Direcciones Municipales de Trabajo y Seguridad Social serán las encargadas de realizar las investigaciones socioeconómicas. Ese proceso se activará a partir de una solicitud de las Direcciones Municipales de la Vivienda, que deberán remitir los casos para su evaluación.
Un funcionario designado tendrá un plazo de 15 días hábiles para elaborar el dictamen correspondiente. La investigación deberá valorar tres aspectos principales: la composición y las condiciones sociales del núcleo familiar, el estado técnico de la vivienda o la ausencia de una, y los ingresos reales del hogar.
Para determinar si una familia puede acceder al financiamiento, la resolución establece un método específico de cálculo. Primero se suman todos los ingresos del núcleo familiar. Luego se descuentan gastos, deudas, créditos bancarios, embargos, pensiones alimenticias e impuestos. El resultado se divide entre la cantidad de integrantes del hogar para obtener el ingreso per cápita disponible.
El límite general fijado por la norma es de 2.100 pesos cubanos mensuales por persona. En casos de vulnerabilidad debidamente acreditada, ese umbral podrá extenderse hasta 3.234 pesos. La cifra contrasta con el costo real de los materiales de construcción en Cuba, donde la inflación, la escasez y el mercado informal han encarecido cualquier reparación básica.
La resolución también introduce una restricción relevante. No podrán recibir el beneficio aquellos núcleos donde convivan personas en edad laboral, desvinculadas del trabajo y con capacidad para incorporarse al empleo.
Los ingresos deberán verificarse mediante certificaciones laborales, declaraciones juradas o documentos emitidos por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), especialmente en el caso de trabajadores por cuenta propia o productores agropecuarios.
La regulación aparece en un escenario crítico para la vivienda en Cuba. Las cifras oficiales muestran un fuerte retroceso en la construcción durante los últimos años, con niveles de ejecución por debajo de los planes estatales. A ello se suma la falta de materiales básicos como cemento, acero, áridos y elementos de carpintería.