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Cubana gana juicio contra el Consulado de España que le negó visado por matrimonio de conveniencia

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Cubana gana juicio contra el Consulado de España que le negó visado por matrimonio de conveniencia

La ciudadana pedía una visa para visitar a su esposo español en Vilagarcía, Pontevedra

Cubana gana batalla judicial contra el Consulado de España que le negó visado al alegar matrimonio de conveniencia

La cubana recibió la negativa de visa en mayo de 2024 y desde entonces emprendió la batalla legal. (Captura de pantalla © Euro News – YouTube)

Una ciudadana cubana casada con un español le ganó la batalla judicial al Consulado de España en La Habana, que se negó a darle una visa para visitar a su pareja en Vilagarcía, Pontevedra, pues los funcionarios consulares consideraron que su matrimonio era por conveniencia.

De acuerdo con un reporte del portal Diario de Arousa, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, falló a favor de la mujer, anulando una resolución que había considerado su matrimonio como un acto de conveniencia, por lo cual se le negaba una visa. Sin embargo, la batalla ha sido larga, pues la ciudadana cubana recibió la negativa de visa en mayo de 2024 y desde entonces interpuso el recurso judicial.

El Consulado de España en La Habana alegó que existían “dudas” sobre la legalidad del matrimonio y sugirió que se trataba de una relación ficticia con el fin de obtener beneficios migratorios. Esta postura fue rechazada por el tribunal madrileño, que consideró que las pruebas presentadas por la mujer demostraban la autenticidad de su vínculo conyugal.

La mujer cubana impugnó la decisión del Consulado basándose en el Real Decreto 240/2007, que regula la entrada y la libre circulación de ciudadanos de la Unión Europea. En su apelación, argumentó que el matrimonio había sido legalmente registrado en el Registro Civil de La Habana y que no se debía exigir más documentación adicional que la presentada, como el dinero enviado por su esposo y las comunicaciones entre ambos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España, representado por la Abogacía del Estado, defendió la negativa del visado, indicando que la solicitud de visa había sido rechazada por sospechas sobre la veracidad del matrimonio. Según el Consulado, la mujer no había demostrado de manera suficiente la existencia de una relación real, lo que llevó a la solicitud de pruebas adicionales, como una entrevista personal. Sin embargo, el Tribunal consideró que estas dudas eran infundadas y basadas en una “mera sospecha”.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid destaca que la normativa española solo exige que exista un vínculo conyugal registrado y legalmente válido, algo que se cumplió en este caso. Además, el tribunal resaltó el hecho de que la mujer demostrara conocimiento de los aspectos fundamentales sobre su esposo, así como la visita frecuente de él a Cuba desde el inicio de su relación.

Este fallo se considera un importante precedente, ya que refuerza el derecho de los cónyuges de ciudadanos de la UE a reunirse sin obstáculos innecesarios. La sentencia también condenó al Estado a pagar las costas del proceso, lo que implica un revés para las autoridades españolas en este tipo de procedimientos migratorios. No obstante, cabe la posibilidad de un recurso de apelación por parte del Estado español.

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