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Cubanos podrán ser contratados directamente por empresas extranjeras: conoce los salarios

Cubanos podrán ser contratados directamente por empresas extranjeras
Conoce cómo funcionarán los nuevos salarios bajo la Ley de Inversión Extranjera (Foto © Periódico Cubano)

El Gobierno cubano eliminó la obligación general de utilizar agencias empleadoras estatales para contratar trabajadores en las modalidades de inversión extranjera, uno de los cambios laborales más relevantes incluidos en las nuevas reformas económicas de la Isla.

La modificación quedó establecida en el Decreto-Ley 128/2026 y en la Resolución 56/2026 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, publicados el 3 de septiembre en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 73. Reuters también confirmó que la medida busca reducir trámites reclamados durante años por inversionistas extranjeros.

Cuba elimina la contratación obligatoria mediante agencias estatales

La nueva redacción de la Ley de Inversión Extranjera permite que cubanos y extranjeros residentes permanentes sean contratados directamente por empresas mixtas, empresas de capital totalmente extranjero o por las partes de contratos de asociación económica internacional. Como alternativa, esas entidades podrán seguir recurriendo a empleadoras autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

El cambio contrasta con el esquema establecido desde 2014, cuando la contratación directa constituía básicamente una excepción. En 2020, Periódico Cubano explicaba que los trabajadores de empresas extranjeras cobraban mediante una agencia empleadora.

La reforma forma parte del paquete de 176 transformaciones económicas anunciado en junio. Entre ellas, el Gobierno también había planteado permitir inversión extranjera en empresas privadas cubanas.

Qué salario podrán recibir los trabajadores en Cuba

La eliminación del intermediario estatal no significa que las empresas puedan establecer cualquier condición laboral. Cuando contraten directamente, deberán cumplir la legislación cubana general sobre trabajo y seguridad social y asumirán formalmente la condición de empleador.

La Resolución 56 no crea una fórmula salarial especial para la contratación directa: señala que la remuneración se rige por la legislación laboral vigente. Tampoco establece que el salario ordinario pase automáticamente a pagarse en dólares. Lo que el Decreto-Ley 128 sí autoriza expresamente son gratificaciones en divisas, siempre que la modalidad de inversión extranjera genere esos recursos.

Además, la normativa dispone que los trabajadores que ya se encuentren empleados en esas empresas no podrán comenzar a recibir ingresos inferiores a los que percibían antes de la entrada en vigor de la resolución.

La posibilidad de que los inversionistas pagaran directamente a sus empleados era una demanda planteada desde hace años por economistas. En 2019, Periódico Cubano recogió el criterio del economista Carmelo Mesa-Lago, quien defendía eliminar la intermediación en la contratación y remuneración.

Qué funciones conserva en Estado cubano

Las agencias estatales no desaparecen. Cuando una empresa decida utilizarlas, continuarán seleccionando, contratando y suministrando trabajadores, gestionando derechos laborales y de seguridad social, pagando los salarios y participando en procedimientos disciplinarios y conflictos laborales.

En ese modelo, el trabajador no recibirá íntegramente todo lo que la empresa pague a la agencia. La Resolución 56 establece que el precio del servicio acordado entre la empresa y la empleadora incluye tanto la remuneración correspondiente al trabajador como los gastos de la propia agencia por reclutamiento, selección, capacitación y otras gestiones.

En cambio, cuando exista contratación directa, desaparece ese pago por suministro de fuerza de trabajo y la empresa pasa a ser el empleador. Eso no significa que el trabajador reciba sin descuentos todo el gasto laboral de la compañía, pues continúan vigentes las obligaciones tributarias y de seguridad social correspondientes.

Por tanto, la reforma reduce de manera significativa la intermediación estatal, pero no supone una liberalización total del mercado laboral. Las relaciones de trabajo siguen sometidas a la legislación cubana y las entidades empleadoras permanecen disponibles para las empresas que decidan utilizarlas.

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