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Cubanos se benefician con decisión judicial que los acerca más a la ciudadanía española

LEY DE NIETOS ESPAÑA

Cubanos se benefician con decisión judicial que los acerca más a la ciudadanía española

Fraga recomienda “revisar siempre las páginas webs de los Consulados”, pues en cada uno se adoptan requisitos documentales diferentes

Ley de nietos y de memoria historica

La Ley de Memoria Democrática se extenderá hasta octubre de 2025. (Foto © Periódico Cubano)

Los cubanos que están tramitando su expediente para obtener la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática, comúnmente conocida como Ley de Nietos, se beneficiarán de un reciente fallo judicial que obliga al Consulado de España en La Habana a aceptar la filiación paterna reflejada en la inscripción de nacimiento, aun cuando la madre del solicitante estuviese entonces casada con otro hombre.

El veredicto judicial es de suma importancia para los cubanos, pues ahora el Consulado deberá abandonar su vieja práctica de denegar expedientes de nacionalidad basándose en circunstancias familiares particulares.

Ariel Fraga, un destacado abogado del bufete Fraga Abogados en Barcelona, fue entrevistado por Diario Las Américas para dar detalles sobre el caso.

Según el letrado, la sentencia se erige como un referente en la interpretación de la legislación de nacionalidad, enfatizando la protección de los derechos individuales y el reconocimiento de la diversidad familiar. En una era de movilidad global y complejas realidades familiares, este fallo representa un paso adelante en la adaptación de la ley a las necesidades contemporáneas.

En la sede consular de España en La Habana se solía rechazar el proceso de nacionalidad cuando al nacer el solicitante, su mamá estaba casada con otro hombre que no era su padre, pero que en la inscripción de nacimiento cubana se acredita perfectamente la filiación paterna.

“Este criterio, basado en la presunción de paternidad a favor del marido de la madre, hacía que cientos de cubanos y cubanas estuvieran con cierta indefensión material, pues tenían que combatirlo en los tribunales en España, para lo que tenía que contratar abogado y procurador y eso suponía un gasto que muchos desde Cuba no podían afrontar”, refirió Fraga.

Lo más importante es que la decisión tiene carácter retroactivo, por lo cual “todas las personas que fueron denegadas deben repasar sus casos y confirmar su adecuación a la nueva Ley 20/2022, de la Memoria Democrática, y presentarse en el Consulado español para su nueva tramitación”.

Para estos trámites, Fraga recomienda “revisar siempre las páginas webs de los Consulados”, pues en cada uno se adoptan requisitos documentales diferentes.

“En el caso del Consulado de España en La Habana, lo interesante de esta sentencia es que cabe la posibilidad que se deje de exigir la presentación del documento que acredite el estado civil de los padres del optante, al momento de su nacimiento”.

De producirse ese cambio, sería un alivio, ya que los interesados tendrían que presentar menos documentos que prueben su elegibilidad para obtener la nacionalidad española. Lo único que habría que mantener es acreditar la filiación con el abuelo/abuela español de origen.

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