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Decisión en el caso de una cubana abre una nueva vía para otros solicitantes de asilo en EEUU

El fallo favorable fue emitido por la Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos
Decisión judicial niega la residencia por Ley de Ajuste a los cubanos con I220A
La Corte de Inmigración ahora examinará las pruebas para decidir si la solicitante cumple los requisitos para evitar su deportación. (Foto © Periódico Cubano)

Una decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos (BIA, por sus siglas en inglés) estableció que incumplir el pago de la cuota anual de asilo puede provocar la pérdida de esa solicitud, pero no autoriza a los jueces a rechazar automáticamente otras protecciones presentadas en el mismo formulario, informó Telemundo 51.

Periódico Cubano confirmó que el fallo, emitido el pasado viernes, surgió de la apelación de una inmigrante cubana representada por la abogada Nera Shefer. La decisión mantiene activas protecciones como la retención de deportación y el amparo bajo la Convención contra la Tortura.

La BIA aceptó el recurso y devolvió el expediente a la Corte de Inmigración para que continúe evaluando las protecciones que no dependen del pago anual de asilo. La decisión podría servir de guía para otros casos similares y ayudar a aclarar el alcance de la nueva cuota anual para solicitantes de asilo en EEUU.

La mujer había presentado oportunamente su formulario I-589 en enero de 2025. En febrero de 2026, un juez de inmigración de Texas le concedió hasta el 16 de marzo para pagar los 102 dólares correspondientes a la cuota anual.

Al no realizarse el pago en el periodo establecido, el magistrado dio por abandonada toda la solicitud, que incluía asilo, retención de deportación y protección bajo la Convención contra la Tortura.

Según relató Shefer, la solicitante descubrió el problema al ingresar al sistema para revisar la fecha de su audiencia final. “Un día se da cuenta, sorpresivamente, de que tiene una orden de deportación”, explicó la letrada al reconstruir el momento en que recibió la llamada de su clienta.

La defensa investigó entonces el expediente y comprobó que el incumplimiento de la cuota había motivado el rechazo del formulario completo. La BIA concluyó que el juez actuó correctamente al cerrar la petición de asilo, debido a que la mujer tuvo aviso y tiempo suficiente para pagar.

La cuota es obligatoria, no puede ser exonerada y corresponde a las solicitudes que permanecen pendientes durante un año o más. Sin embargo, el tribunal administrativo determinó que fue un error extender las consecuencias a las restantes protecciones.

La ley que creó el pago menciona específicamente las solicitudes de asilo, pero no incluye la retención de deportación ni la Convención contra la Tortura. Por esa razón, ambas peticiones deben recibir un análisis independiente.

“Cuando el Big Beautiful Bill habla y dice ‘102 dólares’, únicamente se refiere al asilo, no se refiere al Withholding ni a la protección bajo CAT”, afirmó Shefer al explicar el alcance de la decisión.

La retención de deportación puede impedir que una persona sea enviada a un país donde enfrentaría persecución, mientras que CAT protege contra una expulsión hacia un territorio donde exista riesgo de tortura. Estas alternativas tienen requisitos distintos y no conceden necesariamente los mismos beneficios del asilo.

El fallo no significa que la inmigrante cubana ya obtuvo alguna de esas protecciones. La propia BIA aclaró que no expresó una opinión sobre el resultado final. La Corte de Inmigración deberá ahora examinar las pruebas y decidir si la solicitante cumple los requisitos para evitar su deportación.

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