
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) publicó este lunes 31 de agosto de 2026 una corrección oficial relacionada con la nueva política que permite al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) enviar determinadas solicitudes de asilo afirmativo directamente a una corte de inmigración sin realizar primero una entrevista.
El documento, identificado como 91 FR 55735 y titulado “Affirmative Asylum Referrals Without Interview”, corrige específicamente una tabla de la norma que entró en vigor el pasado 28 de julio. La corrección publicada por el Federal Register aclara cómo deben aparecer varios de los cambios regulatorios introducidos por el Gobierno.
Aunque la publicación de este lunes no establece una regla migratoria adicional, resulta relevante porque presenta correctamente y en un solo cuadro las facultades que USCIS adquirió bajo la normativa de julio. Entre ellas figura expresamente la posibilidad de que un oficial de asilo revise el Formulario I-589 y otras evidencias existentes y decida remitir el expediente a la Executive Office for Immigration Review (EOIR) sin conceder al solicitante una entrevista previa.
La medida ya había generado preocupación cuando se conoció en julio, debido a que modifica una práctica de larga data en el sistema de asilo afirmativo. Entonces se explicaron qué solicitantes de asilo podían ser enviados directamente ante jueces de inmigración, una posibilidad que ahora vuelve a quedar reflejada en la corrección oficial.
Qué corrigió exactamente el DHS
El Federal Register aclara que la modificación afecta la Tabla 3 de la regla publicada el 28 de julio en la página 47119. No se está sustituyendo el texto completo de la regulación ni estableciendo una nueva fecha de entrada en vigor.
La tabla corregida confirma que USCIS modificó el 8 CFR 208.4(a) para eliminar lenguaje que vinculaba necesariamente a una entrevista la oportunidad de presentar información relevante sobre determinadas prohibiciones para solicitar asilo.
También refleja la incorporación del 8 CFR 208.9(a)(2), que permite expresamente a un oficial de asilo enviar un Formulario I-589 afirmativo a EOIR sin entrevista, basándose en el expediente y otras pruebas pertinentes.
Otro cambio recogido en la tabla elimina referencias regulatorias al “derecho a una entrevista”. De manera paralela, la regulación establece que una carta utilizada para comunicar las razones por las cuales USCIS remite un caso ya no tiene que contener necesariamente una evaluación de la credibilidad del solicitante.
El Gobierno también deja recogido otro elemento relevante: un oficial puede remitir una solicitud como cuestión discrecional sin haber determinado primero si el inmigrante cumple todos los requisitos de elegibilidad para recibir asilo.
La regla original publicada el 28 de julio continúa siendo el texto normativo principal y es la que contiene la explicación detallada de las nuevas facultades de USCIS.
¿Significa que USCIS eliminó las entrevistas de asilo?
No. La nueva política no supone la desaparición de las entrevistas de asilo afirmativo. El propio DHS establece que USCIS continúa ofreciendo una entrevista antes de conceder o denegar directamente una solicitud de asilo. Lo que cambia es que una tercera posibilidad puede producirse en determinados casos sin que el solicitante sea entrevistado previamente por un oficial de asilo.
Por lo tanto, una remisión a EOIR no equivale por sí misma a una denegación definitiva del asilo. El inmigrante puede continuar defendiendo su petición ante un juez dentro del procedimiento correspondiente.
Esto cobra especial relevancia en un momento en que las cortes migratorias también están modificando algunos calendarios. Recientemente se ha advertido a cubanos con procesos migratorios sobre audiencias que pueden ser adelantadas, por lo que revisar periódicamente el estado de un caso se vuelve todavía más importante.
El problema con el plazo de un año
Uno de los grupos que el DHS identifica claramente dentro de la población potencialmente afectada está compuesto por solicitantes que presentaron el asilo más de un año después de su última llegada a Estados Unidos.
La legislación estadounidense exige, como regla general, presentar el asilo dentro del primer año. Sin embargo, existen excepciones por determinadas circunstancias extraordinarias o cambios que afecten materialmente la elegibilidad de la persona.
Bajo el nuevo procedimiento, un oficial de asilo puede revisar el expediente y decidir si el solicitante demostró una excepción al plazo. Esa determinación puede realizarse con o sin entrevista.
Esto hace más importante que la documentación necesaria para justificar una presentación tardía esté incorporada al expediente y no dependa únicamente de una explicación que el inmigrante esperaba ofrecer personalmente durante una futura entrevista.
El DHS informó que, al 11 de diciembre de 2025, había 444.724 solicitudes de asilo afirmativo pendientes que habían sido presentadas más de un año después de la última entrada o presentaban un problema similar con la fecha. Esa cifra equivalía aproximadamente al 31% de los 1.434.145 expedientes que integraban el atraso de asilo afirmativo considerado por la agencia.
Esto no significa que las 444.724 solicitudes vayan a ser enviadas automáticamente a una corte. Algunas personas pueden demostrar que están amparadas por una excepción y cada expediente debe ser evaluado según sus circunstancias.
Otros casos que pueden ser remitidos sin entrevista
La regla no se limita al incumplimiento del plazo de un año. USCIS también puede aplicar el procedimiento a personas que, según la información disponible, estén sujetas a una prohibición para solicitar o recibir asilo.
Entre las prohibiciones contempladas por la legislación se encuentran determinadas condenas penales, la comisión de ciertos delitos graves fuera de Estados Unidos, participación en la persecución de otras personas, algunos vínculos relacionados con terrorismo o seguridad nacional y determinadas situaciones de reasentamiento firme en un tercer país.
También pueden existir expedientes en los que USCIS considere, a partir de las pruebas entregadas, que la persona no estableció los elementos legales necesarios para recibir asilo.
Para obtener esta protección no basta con demostrar que regresar al país de origen sería difícil o peligroso. El solicitante normalmente debe establecer que la persecución sufrida o temida guarda relación con uno de los motivos protegidos por la ley: raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a determinado grupo social.
USCIS puede actuar sobre solicitudes que llevan años pendientes
Otro aspecto particularmente importante para la comunidad cubana es que la regla no se aplica únicamente a quienes presenten un I-589 después del 28 de julio.
El DHS afirma expresamente que los cambios también se aplican a solicitudes de asilo afirmativo que ya se encontraban pendientes ante USCIS. Esto significa que una persona que presentó el caso hace varios años y continúa esperando su primera entrevista podría encontrarse dentro de la población revisada bajo el nuevo sistema.
La dimensión del atraso explica parte de la decisión del Gobierno. Según datos incluidos por el propio DHS, al terminar el año fiscal 2025 existían 1.434.145 solicitudes afirmativas pendientes y el tiempo promedio de procesamiento había alcanzado 7,3 años.
Para las nuevas solicitudes, DHS calcula que aproximadamente 132.167 personas por año podrían pertenecer a categorías susceptibles de remisión sin entrevista debido al plazo de presentación, prohibiciones para obtener asilo u otros factores, incluidas consideraciones discrecionales.
De nuevo, se trata de una estimación de la población potencialmente alcanzada por la política y no de una previsión de que todos esos inmigrantes serán enviados ante jueces.
Algunos expedientes podrían ir a corte incluso sin recibir un RFE
La nueva regulación también tiene consecuencias sobre la importancia de las pruebas que acompañan una solicitud.
USCIS contempla la posibilidad de enviar una Request for Evidence (RFE) cuando considere que necesita información adicional para determinar qué hacer con un expediente pendiente. Sin embargo, el DHS advierte que no todos los solicitantes recibirán necesariamente esta oportunidad.
La propia norma señala que, en algunos casos, una solicitud pendiente podría ser remitida sin entrevista y sin que USCIS haya enviado previamente un RFE. Esta circunstancia adquiere todavía más importancia después de otro cambio reciente que establece un plazo de 14 días para presentar determinadas pruebas antes de una entrevista de asilo.
Son medidas distintas, pero apuntan en una misma dirección práctica: resulta cada vez más arriesgado presentar un I-589 incompleto con la expectativa de explicar o documentar posteriormente los puntos débiles durante una entrevista.
Qué significa para los cubanos con asilo pendiente
La situación puede interesar especialmente a cubanos que tienen una solicitud afirmativa de asilo pendiente ante USCIS y no cuentan con otra base legal independiente para permanecer en Estados Unidos.
El DHS señala que la población alcanzada incluye a personas que presentaron un I-589 ante USCIS y no mantienen una base legal para permanecer en el país, particularmente cuando exista una prohibición para solicitar asilo, una prohibición para obtenerlo, una razón discrecional para no concederlo o problemas de elegibilidad que puedan determinarse mediante el expediente.
Sin embargo, no sería correcto afirmar que todos los cubanos con asilo pendiente, parole o cualquier otra situación migratoria serán enviados automáticamente a corte. El efecto depende del historial migratorio, la situación actual de la persona y las evidencias existentes en cada expediente.
El panorama para algunos inmigrantes que ingresaron bajo parole también se ha vuelto más complejo tras decisiones recientes relacionadas con la posibilidad de cerrar procedimientos de deportación de personas que entraron con parole.
Para quienes tengan una petición de asilo antigua, el punto más importante es que ya no resulta seguro asumir que una entrevista llegará antes de cualquier posible remisión a una corte.
La corrección del 31 de agosto no amplía por sí misma la regla
La publicación de este lunes debe interpretarse con cuidado. El DHS no anunció el 31 de agosto una expansión adicional de los casos que pueden ser enviados sin entrevista.
Lo que hace el nuevo documento es reparar la Tabla 3 de la publicación original y mostrar correctamente las modificaciones que ya estaban incluidas en la regla vigente desde el 28 de julio.
Aun así, la corrección resulta significativa porque deja claramente reflejados varios de los efectos más importantes del nuevo sistema: no todos los solicitantes recibirán una entrevista, USCIS puede decidir una remisión basándose en el expediente existente y la agencia tiene margen para determinar qué casos pueden pasar directamente al sistema de cortes migratorias.
El período establecido por el DHS para recibir comentarios públicos sobre la regla provisional permanece abierto hasta el 28 de septiembre de 2026.