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EEUU fija un plazo de 14 días para presentar pruebas de asilo

La medida, en vigor desde el 21 de agosto, puede afectar a miles de cubanos con un Formulario I-589 pendiente ante USCIS, incluidos quienes entraron con parole
EEUU fija un plazo de 14 días para presentar pruebas de asilo
La medida puede afectar a miles de cubanos con un Formulario I-589 pendiente ante USCIS (Foto © Periódico Cubano)

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) comenzó a exigir este viernes 21 de agosto de 2026 que los solicitantes de asilo afirmativo presenten las pruebas de su caso al menos 14 días naturales antes de la entrevista programada.

La medida puede afectar a miles de cubanos con un Formulario I-589 pendiente ante USCIS, incluidos quienes entraron con parole y solicitaron asilo sin estar todavía en procedimientos ante una corte de inmigración. La regla no establece ninguna excepción por nacionalidad.

Según la información oficial de USCIS en español, los documentos enviados cuando falten menos de 14 días podrían no incorporarse al expediente. La agencia también puede aplazar la entrevista para que el oficial tenga tiempo de revisar las nuevas pruebas.

Las pruebas tardías no provocarán un rechazo automático

El apartado 208.9(e) del Título 8 del Código de Regulaciones Federales establece que las pruebas documentales deben presentarse con al menos 14 días de anticipación.

Sin embargo, la misma disposición permite que el oficial de asilo, a su discreción, acepte documentos entregados fuera del plazo o conceda una extensión breve. Por tanto, una evidencia tardía no significa automáticamente que USCIS negará la solicitud.

Lo que sí puede ocurrir es que el documento quede fuera del expediente o que la entrevista sea reprogramada. Si la extensión o el aplazamiento retrasa la tramitación, USCIS puede considerarlo una demora causada por el solicitante.

Aunque la agencia presenta el 21 de agosto como fecha de inicio, técnicamente no se trata de una regulación creada ahora. El plazo ya figuraba en las normas federales. Un documento del Registro Federal publicado en 2022 explicaba que USCIS aplicaba temporalmente plazos más flexibles (siete días para entregas personales y diez por correo) debido a las condiciones operativas de la pandemia.

Por eso, resulta más preciso hablar de la restauración y aplicación estricta del plazo regulatorio que de una ley completamente nueva.

Cubanos con asilo afirmativo deben revisar sus expedientes

La medida se aplica al asilo afirmativo ordinario tramitado por USCIS. No establece el plazo de presentación de pruebas en los casos de asilo defensivo que ya se encuentran ante un juez, pues las cortes de inmigración utilizan sus propios calendarios y órdenes procesales.

Tampoco debe confundirse con las entrevistas de méritos de asilo realizadas después de una determinación positiva de temor creíble, para las cuales existen procedimientos diferentes.

Los cubanos con una entrevista próxima deben comprobar si ya enviaron todos los documentos que respaldan su relato. Estos pueden incluir:

  • Declaraciones personales y de testigos.
  • Citaciones policiales, multas, actas de detención o documentos judiciales.
  • Fotografías, mensajes, amenazas y publicaciones en redes sociales.
  • Pruebas de activismo político o participación en manifestaciones.
  • Informes médicos sobre agresiones o maltratos.
  • Documentos de identidad y entrada a Estados Unidos.
  • Informes sobre la situación política y represiva en Cuba.

Los documentos redactados en español deben ir acompañados de traducciones al inglés y de la correspondiente certificación del traductor. Los solicitantes también deben seguir las instrucciones de su citación, pues la evidencia debe enviarse a la oficina de asilo que tramita el expediente, no limitarse a llevarla el día de la entrevista.

La preparación anticipada adquiere mayor importancia después de otra regulación vigente desde el 28 de julio que permite a USCIS remitir determinados casos directamente a un juez sin celebrar primero una entrevista. Ese cambio separado fue confirmado en el Registro Federal.

USCIS elimina una advertencia tras faltar a la entrevista

La agencia también modificó el procedimiento para reprogramar entrevistas de asilo afirmativo. Desde el 21 de agosto, el solicitante que no pueda asistir deberá demostrar “circunstancias excepcionales”.

Si ya perdió la cita, tendrá que presentar la solicitud de reprogramación dentro de los diez días naturales posteriores. USCIS dejará de enviar la carta adicional conocida como “Failure to Appear Warning”, que anteriormente advertía al inmigrante después de faltar.

Cuando el solicitante tiene otra base legal para permanecer en Estados Unidos, USCIS puede cerrar el expediente de asilo si no justifica su ausencia. Si no cuenta con esa base, la agencia puede remitir el caso a un juez de inmigración.

Para las personas con parole, una categoría en la que se encuentran numerosos cubanos, USCIS evaluará individualmente si la finalidad del permiso ya se cumplió y si corresponde terminarlo y enviar el expediente a la corte. Esto no significa que todo parole vaya a cancelarse automáticamente.

También se establece un plazo de diez días naturales para solicitar una nueva cita cuando el inmigrante falte a la toma de huellas u otros servicios biométricos. La petición debe incluir pruebas de las circunstancias que impidieron asistir.

El permiso de trabajo podría verse afectado

Las demoras causadas por el solicitante no se cuentan dentro del llamado reloj de 180 días utilizado para determinar cuándo puede concederse un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo pendiente.

Por ello, una entrevista aplazada debido a documentos tardíos, una solicitud de reprogramación o una ausencia injustificada podría detener temporalmente ese conteo. No obstante, entregar una prueba fuera de plazo no cancela por sí solo un permiso de trabajo.

La regulación vigente sobre autorización de empleo también aclara que la simple remisión del asilo a un juez no termina automáticamente un permiso ya concedido. El efecto dependerá de si hubo una ausencia injustificada, una demora atribuible al solicitante y de la situación procesal concreta del expediente.

Los cubanos con una entrevista cercana o una cita perdida deben actuar con rapidez, conservar los comprobantes de cada envío y buscar asesoría de un abogado de inmigración autorizado cuando exista riesgo de cierre del caso, envío a corte o afectación del permiso de trabajo.

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