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EEUU multó con más de 668.000 dólares a migrante que ignoró su orden de deportación ¿puede ocurrirle lo mismo a cubanos con I-220A?

Ilustrativa de billetes de dólares.
La legislación distingue entre quienes se niegan voluntariamente a abandonar el territorio y aquellos cuya salida no puede concretarse por impedimentos ajenos a su voluntad. (Foto ilustrativa © Periódico Cubano)

Una ciudadana hondureña recibió este miércoles 21 de octubre una sentencia federal que la obliga a pagar 668.390,95 dólares por permanecer en Estados Unidos durante más de tres años después de recibir una orden definitiva de deportación. La decisión fue emitida por el juez Ed Artau, del Distrito Sur de Florida, tras determinar que la mujer incumplió deliberadamente la disposición migratoria.

La Fiscalía Federal del Distrito Sur de Florida identificó a la afectada como Kenia Elizabeth Vasquez Dubon. Un tribunal de inmigración había dispuesto su expulsión hacia Honduras el 22 de julio de 2022, una resolución que adquirió carácter definitivo el 23 de agosto de ese mismo año.

Las autoridades le comunicaron las posibles consecuencias económicas de incumplir la medida. También recibió una notificación formal sobre la sanción y una solicitud de pago. Sin embargo, continuó en territorio estadounidense y no compareció para responder a la demanda.

Multa de 998 dólares diarios por incumplir la deportación

El magistrado resolvió el procedimiento en rebeldía, ante la falta de respuesta de la demandada. La deuda judicial incluye una penalización de 998 dólares por cada jornada de incumplimiento, además de los intereses legales acumulados hasta el 6 de febrero de 2026.

El fiscal federal Jason A. Reding Quiñones defendió la decisión y advirtió que las resoluciones de los tribunales migratorios son obligatorias. También señaló que desobedecer deliberadamente una orden definitiva puede ocasionar consecuencias económicas graves.

La sanción adquiere mayor relevancia porque fue reconocida mediante una sentencia federal. Esto permite al Gobierno recurrir a procedimientos judiciales de cobro, sujetos a las normas aplicables, contra ingresos o bienes de la persona sancionada.

¿Qué consecuencias puede tener para los cubanos con I-220A?

El fallo resulta de interés para cubanos que permanecen en Estados Unidos con órdenes de expulsión pendientes de ejecución. Sin embargo, la legislación distingue entre quienes se niegan voluntariamente a abandonar el territorio y aquellos cuya salida no puede concretarse por impedimentos ajenos a su voluntad.

Tener un formulario I-220A tampoco supone, por sí mismo, una orden definitiva de deportación. Ese documento acredita una modalidad de libertad bajo palabra, pero no concede residencia permanente ni garantiza protección frente a futuras medidas migratorias.

La controversia sobre estas penalizaciones continúa en los tribunales. El 30 de septiembre, un juez de Massachusetts suspendió una normativa de 2025 que aceleraba su imposición, junto con las multas emitidas bajo ese procedimiento. La decisión no eliminó la facultad legal de sancionar incumplimientos mediante otros mecanismos.

Quienes reciban una notificación de multa deben revisar los plazos establecidos y buscar asesoramiento jurídico. La posibilidad de impugnar la sanción, solicitar una suspensión de deportación o reabrir un expediente depende de las circunstancias individuales. Ignorar una demanda puede terminar en una resolución judicial sin que el afectado haya presentado su defensa.

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