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Embajada de EEUU en Cuba descarta otorgar visado de cinco años (B2)

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Embajada de EEUU en Cuba descarta otorgar visado de cinco años (B2)

La invocación de las secciones 214 (b) y 212 (f) son las principales cuando se deniega un visado B2

Embajada de Estados Unidos en Cuba aumentaría su personal para la tramitación de visas

Desde el 2019 se tomó la decisión de suprimir el visado B2 de múltiples entradas por cinco años. (Foto: Periódico Cubano)

Este 3 de marzo de 2022, el encargado de negocios de la Embajada de Estados Unidos en Cuba, Timothy Zúñiga-Brown, confirmó la reanudación de trámites consulares en La Habana, pero el visado de turismo de cinco años (B1-B2 de múltiples entradas) no se volverán a otorgar.

El diplomático reiteró en conferencia de prensa la postura de EEUU de tener relaciones recíprocas con el gobierno cubano. Por lo tanto, teniendo en cuenta que a los ciudadanos estadounidenses solo se les entrega un visado de turismo a Cuba con una vigencia de dos meses -prorrogables por otros 30 días- con la posibilidad de una sola entrada, el gobierno norteamericano seguirá haciendo lo mismo con los ciudadanos cubanos.

La política de la Embajada de EEUU en Cuba es continuar con el otorgamiento de visa B2 con únicamente tres meses de estancia en suelo estadounidense y válida por una sola entrada.  La categoría de visa B2 es para turismo, visitas familiares, tratamiento médico y propósitos de viaje similares.

Anteriormente, los diplomáticos estadounidenses en La Habana concedían a los solicitantes cubanos de visa B2 la posibilidad de múltiples entradas con 60 meses de validez por $160 dólares.

Una de las causas más frecuentes para denegar la visa de no migrante B2 es cuando se invoca la 214 (b), una sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de EEUU de 1952. Según esta ley, un solicitante de visa de no inmigrante es considerado un posible inmigrante, por lo cual se le niega la visa de turismo. La Embajada de EEUU en Cuba advierte que “es la responsabilidad de cada solicitante demostrar que no es un posible inmigrante”.

Pese a esa responsabilidad trasladada al solicitante, en la práctica no existe una guía específica para que el ciudadano pueda superar una denegación recibida bajo la sección 214(b). “Esta denegación no es permanente, sin embargo, recomendamos que los solicitantes esperen hasta que sus circunstancias personales cambien antes de volver a realizar una nueva solicitud”, apuntan los servicios diplomáticos de EEUU en La Habana.

Otra de las denegaciones de visado B2 que puede acontecer está amparada bajo la Sección 212(f). Dicho apartado señala que el solicitante de visa pertenece a la categoría de ciudadanos extranjeros, cuya entrada a EEUU sería perjudicial para los intereses de dicho país. La ejecución de este aspecto no puede ser reclamada por el solicitante del visado, a quien simplemente se le aconseja volver a intentarlo cuando haya pasado un tiempo.

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