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Establecen elevado “impuesto especial” para los que compren un tercer vehículo en Cuba

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Establecen elevado “impuesto especial” para los que compren un tercer vehículo en Cuba

A partir del quinto auto habrá que pagar además del precio de compra un 250% adiconal para un fondo de fomento al transporte

Establecen elevado “impuesto especial” para los que compren un tercer vehículo en Cuba

La tabla progresiva del impuesto incrementa al 200% para el cuarto automóvil y hasta el 250% del quinto en adelante. (Foto: Periódico Cubano)

El gobierno cubano estableció un impuesto especial para las personas naturales y jurídicas que compren un tercer vehículo, con el objetivo de recaudar dinero supuestamente vinculado a un fondo de fomento del transporte público.

La normativa emitida por el ministerio de Finanzas y Precios en el Decreto 83, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.16 del 22 de febrero, contempla el cobro de un 150% del valor de compra del tercer vehículo que una persona o empresa tenga bajo su propiedad.

Por ejemplo, si el auto cuesta un millón de pesos, el propietario deberá pagar a la empresa comercializadora estatal esa cifra, además de 1.500.000 pesos adicionales por concepto de impuestos, si se trata de un vehículo de combustión interna. La tabla progresiva del impuesto incrementa al 200% para el cuarto automóvil y hasta el 250% del quinto en adelante.

En cambio, para incentivar la compra de automóviles y demás medios de locomoción eléctrica, el tipo impositivo baja a un 10% cuando se trate del tercer medio.

Establecen elevado “impuesto especial” para los que compren un tercer vehículo en Cuba

Tabla de porcentajes impositivos a pagar aplicable al costo en factura del vehículo. (Captura de pantalla: Gaceta Oficial)

El Impuesto Especial a Productos y Servicios va incorporado a la factura de venta que emiten las entidades comercializadoras mayoristas y minoristas, siendo su responsabilidad trasladarlo posteriormente al referido fondo para el mejoramiento del transporte.

“Actualizan el control administrativo de ventas de los vehículos del Ministerio del Transporte en cada venta que realizan, a los efectos de la aplicación del Impuesto Especial a Productos y Servicios que se aplica a las ventas de vehículos de las clases moto, incluidos los triciclos; auto, auto rural y camioneta”, refiere el texto normativo del Decreto 83/2023.

Previendo errores y malversaciones, el texto jurídico establece que el Ministerio del Transporte y el Departamento Nacional del Registro de Vehículos realizarán conciliaciones mensuales con las entidades comercializadoras, “a los efectos de actualizar la información en el control administrativo de ventas mayoristas de vehículos de motor, remolques y semirremolques; verifican la aplicación de lo dispuesto; exigen responsabilidad por las desviaciones y comprueban su rectificación, si existiera”.

Tiendas Caribe y Cimex importarán vehículos para su venta en Cuba

Según refiere la Gaceta Oficial, el gobierno cubano autorizó a la Cadena de Tiendas Caribe a que inicie la venta minorista en Moneda Libremente Convertible (MLC) de ciclomotores, motocicletas, triciclos y autos cuadriciclos eléctricos, como una posible solución a la crisis del transporte en Cuba.

Estas tiendas podrán ganar hasta el 50% del costo del bien que comercializan. “En los vehículos eléctricos y en los remolques y semirremolques, la entidad comercializadora minorista autorizada establece los precios con una tasa de recargo de hasta 50% sobre el precio de adquisición”.

Por su parte, la venta de vehículos de motor a combustión será responsabilidad de la Corporación CIMEX, S.A., que será abastecida por la empresa importadora IMPEXPORT, S.U.R.L. Aquí el porcentaje de comisión autorizado es de hasta el 30%.

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