
El proceso judicial que podría ser decisivo para cubanos liberados en Estados Unidos con el formulario I-220A sigue generando altas expectativas entre los migrantes que buscan acogerse a la Ley de Ajuste Cubano en búsqueda de la residencia en territorio estadounidense.
La abogada de inmigración Claudia Cañizares, al ofrecer una explicación sobre el tema al medio Cuba en Miami, consideró que existen argumentos jurídicos favorables para los afectados en el caso Bello-Rubio, aunque advirtió que esa valoración no significa que exista una victoria garantizada ante los tribunales.
El caso adquiere especial relevancia porque el próximo 26 de agosto la jueza federal Jacqueline Becerra escuchará argumentos relacionados con la demanda Bello-Rubio et al. v. Noem et al., presentada por 992 cubanos.
La audiencia estará especialmente centrada en la presentación de ideas del gobierno federal para la desestimación de la demanda, por lo que no significará que ese día los demandantes recibirán automáticamente un parole o una residencia permanente.
Los demandantes señalan que, tras cruzar la frontera y ser liberados por las autoridades migratorias, este acto representó jurídicamente la obtención de un parole y no únicamente la obtención del formulario I-220A.
Los abogados de los demandantes sostienen que sus clientes estaban sujetos a una modalidad de detención obligatoria contemplada en la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Bajo esa interpretación, argumentan que el parole previsto en la sección 212(d)(5) habría sido el mecanismo legal disponible para liberarlos de la custodia física del Gobierno.
El punto resulta decisivo por la Ley de Ajuste Cubano. Para solicitar la residencia permanente bajo esa legislación, USCIS exige, entre otras condiciones, que el ciudadano cubano haya sido inspeccionado y admitido o puesto en parole en EEUU.
Cañizares se mostró optimista sobre la solidez de algunos argumentos, pero mantuvo cautela sobre el desenlace. La especialista no afirmó que los cubanos con I-220A hayan adquirido ya el derecho a solicitar residencia ni que una eventual decisión favorable vaya a extenderse automáticamente a todas las personas que recibieron ese documento.
La experta también dijo que la existencia de litigios favorables puede generar esperanza, la situación de cada inmigrante puede ser diferente a causa de factores que podrían impactar en una resolución final individual.
Por ejemplo, un proceso abierto en corte, una petición familiar, antecedentes migratorios o una orden previa. “El avance de una demanda no debería interpretarse como una autorización para presentar automáticamente una solicitud de residencia”, reiteró.
El I-220A, denominado oficialmente Orden de Liberación Bajo Palabra, es un documento utilizado por las autoridades migratorias para poner en libertad a determinadas personas mientras continúa su proceso migratorio.
El beneficiario queda sujeto a condiciones como presentarse a sus audiencias y entrevistas, cumplir las instrucciones de ICE y entregarse si llega a ejecutarse una orden de deportación. El documento, por sí solo, no concede un estatus migratorio ni equivale actualmente a un parole humanitario.