
Tras una revisión efectuada el pasado 17 de septiembre, el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (FLHSMV, por sus siglas en inglés) actualizó sus instrucciones internas para emitir licencias de conducir y tarjetas de identificación a ciudadanos cubanos y otros extranjeros en el estado.
La revisión introduce nuevas reglas sobre los formularios migratorios, los permisos de trabajo y los documentos que son aceptados para comprobar la identidad o la presencia legal de estos extranjeros en los Estados Unidos.
Los ajustes aparecen en la sección IR09 del manual operativo del organismo estatal y no sustituyen todos los requisitos anteriores. Florida continúa exigiendo que los solicitantes acrediten su identidad y situación migratoria mediante documentación aceptada y verificable. El FLHSMV utiliza además el sistema federal SAVE para confirmar el estatus de extranjeros que solicitan credenciales estatales.
Florida flexibiliza el uso de algunos formularios I-797
Uno de los cambios permite presentar determinadas fotocopias del formulario I-797 cuando su única función sea demostrar presencia legal. Para aceptarlas, los funcionarios deberán poder comprobar la información mediante los sistemas federales de verificación o directamente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
La nueva versión también reconoce los recibos electrónicos I-797 bajo las mismas condiciones que las notificaciones enviadas por correo. Si existen dudas sobre la autenticidad del documento, el empleado encargado del trámite deberá confirmar los datos con USCIS.
Otra precisión afecta al Documento de Autorización de Empleo I-766. Una tarjeta vencida podrá utilizarse para comprobar la identidad siempre que el interesado presente, por separado, documentación válida que demuestre su permanencia legal. Por tanto, un permiso de trabajo expirado no resulta suficiente por sí mismo para obtener una licencia.
La actualización también aclara que los viajeros admitidos mediante el Programa de Exención de Visado, conocido como ESTA, no pueden obtener una credencial de Florida únicamente sobre esa base migratoria. El uso del pasaporte extranjero como identificación requiere cumplir las condiciones documentales establecidas por el estado.
Requisitos para cubanos bajo la Ley de Ajuste Cubano
El manual mantiene disposiciones específicas para ciudadanos cubanos que solicitan la residencia permanente mediante la Ley de Ajuste Cubano. Los interesados deben demostrar que fueron inspeccionados, admitidos o recibieron parole en Estados Unidos y acreditar que mantienen pendiente un formulario I-485.
Cuando el solicitante utiliza un I-797 relacionado con el trámite del I-485, también debe presentar evidencia de nacionalidad. Esa documentación, sin embargo, no prueba necesariamente su identidad. Instrucciones anteriores del FLHSMV ya contemplaban este esquema especial para beneficiarios potenciales de la Ley de Ajuste Cubano.
La revisión de septiembre incorpora además el pasaporte extranjero vigente con una visa estadounidense adherida entre los documentos que pueden utilizarse para satisfacer el requisito correspondiente de identidad dentro de estos trámites.
| ASPECTO | NUEVA NORMA O PRECISIÓN |
|---|---|
| Fotocopias del formulario I-797 | Podrán aceptarse determinadas fotocopias cuando el I-797 se utilice únicamente para demostrar presencia legal, siempre que la información pueda verificarse mediante sistemas federales o con USCIS. |
| Recibos electrónicos I-797 | Los recibos electrónicos podrán aceptarse bajo las mismas condiciones que las notificaciones enviadas por correo, sujetos a verificación cuando existan dudas sobre su autenticidad. |
| Permiso de trabajo I-766 vencido | Un Documento de Autorización de Empleo vencido podrá utilizarse para comprobar la identidad, pero deberá acompañarse de documentación vigente que demuestre la presencia legal en Estados Unidos. |
| ESTA o Programa de Exención de Visado | La admisión mediante ESTA, por sí sola, no permite obtener una licencia de conducir o tarjeta de identificación de Florida. |
| Pasaporte extranjero con visa de EEUU | La revisión incorpora el pasaporte extranjero vigente con una visa estadounidense adherida entre los documentos que pueden utilizarse para cumplir el requisito correspondiente de identidad. |
| Cubanos con I-485 pendiente | Deben demostrar que fueron inspeccionados, admitidos o recibieron parole en Estados Unidos y acreditar que mantienen pendiente una solicitud de residencia permanente mediante el formulario I-485. |
| I-797 relacionado con la Ley de Ajuste Cubano | Cuando se utilice un I-797 relacionado con un I-485, el solicitante también deberá presentar evidencia de nacionalidad cubana. Esa prueba no necesariamente acredita por sí sola la identidad. |
| Solicitantes de asilo | Quienes tengan una solicitud de asilo pendiente continúan recibiendo credenciales de vigencia limitada. Las personas que ya obtuvieron asilo están sujetas a un tratamiento documental diferente. |
| Residentes permanentes | Pueden utilizar la tarjeta I-551 o Green Card como prueba de identidad y estatus migratorio. |
| Credenciales de no inmigrantes | Las licencias y tarjetas de identificación expedidas a personas clasificadas como no inmigrantes muestran la palabra “TEMPORARY”. |
| Cambio de estatus migratorio | El titular debe actualizar sus registros ante el FLHSMV dentro de los 30 días posteriores al cambio de estatus migratorio. |
| Verificación mediante SAVE | Florida continúa utilizando el sistema federal SAVE para comprobar el estatus migratorio de extranjeros que solicitan licencias de conducir o identificaciones estatales. |
| Revisión secundaria | Algunos expedientes pueden requerir verificaciones adicionales, lo que puede impedir que la licencia o identificación sea entregada durante la misma visita. |
Licencias temporales y verificaciones adicionales
Los solicitantes de asilo continúan recibiendo credenciales con vigencia limitada mientras su solicitud permanece pendiente, mientras que quienes ya obtuvieron asilo reciben un tratamiento documental diferente.
Los residentes permanentes pueden emplear la tarjeta I-551 como prueba de identidad y estatus migratorio. El manual oficial de Florida identifica la Green Card entre los documentos primarios aceptados para inmigrantes.
Las credenciales expedidas a personas clasificadas como no inmigrantes muestran la palabra “TEMPORARY”. Además, cuando cambia el estatus migratorio, el titular debe actualizar sus registros ante el FLHSMV dentro de los 30 días.
En algunos expedientes, la comprobación requiere una revisión secundaria mediante los sistemas de procesamiento del estado. Esa verificación puede impedir que el solicitante reciba la licencia o identificación durante la misma visita a la oficina.