
La Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición número 97, publicó el decreto ley 107 y el decreto 131, dos normativas clave que modifican el sistema tributario del país.
Estos nuevos decretos facultan a las Oficinas Nacionales de Administración Tributaria (ONAT) municipales para que puedan retirar de manera permanente las licencias de los trabajadores por cuenta propia (TCP), ampliando así las facultades de sanción y control fiscal sobre los contribuyentes.
El director de la ONAT municipal podrá retirar de forma temporal o definitiva la licencia de los trabajadores que presenten conductas evasoras o de incumplimiento tributario. A diferencia de la legislación anterior, en la que el cierre de establecimientos dependía de la solicitud de otro organismo, ahora la ONAT tiene autonomía para tomar esta decisión directamente, lo que agiliza el proceso.
Las licencias de las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y otras formas de gestión no estatal pueden ser retiradas por el director municipal o provincial de la ONAT, pero de manera temporal y no definitiva.
El gobierno cubano también ha facultado al Consejo de Ministros y al Ministro de Finanzas y Precios para que, en situaciones especiales, se pueda permitir el pago de tributos en moneda libremente convertible, una medida que busca adaptarse a las condiciones económicas y sociales del país.
Además, se establece el uso obligatorio del número de identificación tributaria (NIT) para todos los actores económicos, un cambio que busca optimizar la gestión tributaria y mejorar la recaudación de impuestos.
Con la publicación del decreto 107, se modifica la Ley 113 del sistema tributario cubano, implementando una nueva norma que obliga a todos los contribuyentes a utilizar el NIT en todas las transacciones comerciales y documentos fiscales.
Este código único permitirá una mayor interoperabilidad entre la ONAT y otros organismos que gestionan información tributaria, facilitando la fiscalización y el control sobre los actores económicos en el país.
El objetivo de este cambio es reforzar las acciones de control fiscal, de forma que las autoridades puedan detectar conductas de evasión fiscal o incumplimientos de las normativas tributarias con mayor eficacia.
Además, el sistema permitirá una gestión más ágil de los registros tributarios, simplificando el proceso para los contribuyentes, quienes deberán incluir este número en sus documentos fiscales para cualquier tipo de transacción que implique una obligación tributaria.
Aumentan sanciones por demoras en pagos de impuestos
El decreto 107 también actualiza el régimen sancionador cubano, estableciendo un aumento de hasta un 40% en los recargos por mora, aplicables a aquellos contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones dentro de los 60 días posteriores al vencimiento del plazo.
Esta modificación apunta a intensificar las sanciones a quienes incumplen sus deberes fiscales, en un esfuerzo por fomentar el cumplimiento de las normativas tributarias.
La medida de inhabilitar la salida del país para los deudores de impuestos ha sido una de las estrategias más recurridas por la ONAT. Esta práctica se ha utilizado como una forma de presión para garantizar que aquellos contribuyentes que mantienen deudas con el fisco cumplan con sus pagos antes de poder salir del país.