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Gaceta Oficial autoriza a Mipymes privadas a cobrar en dólares

El 20% restante deberá ser vendido al Banco Central de Cuba (BCC), recibiendo pesos cubanos (CUP)
Gaceta Oficial autoriza a Mipymes privadas a cobrar en dólares
El Decreto-Ley 113/2025 representa un reconocimiento tácito de la crisis del sistema monetario cubano. (Foto © Periódico Cubano)

El régimen cubano está oficializando la dolarización parcial de la economía con la publicación en la Gaceta Oficial del Decreto-Ley 113/2025, previsto para entrar en vigor desde el próximo 17 de diciembre de 2025.

El documento autoriza a ciertas Mipymes privadas, trabajadores por cuenta propia (TCP) y cooperativas a cobrar en dólares y/o euros por sus servicios y/o productos. Sin embargo, deben contar con la aprobación expresa del Ministerio de Economía y Planificación (MEP). Al recibir el permiso, deberán hacerlo mediante cuentas bancarias que serán fiscalizadas por el gobierno.

Según el decreto, el primer paso es solicitar autorización al MEP, que evaluará la pertinencia económica del negocio y la relación con los encadenamientos productivos, la sustitución de importaciones o la exportación de productos. En caso de ser aprobada, las empresas deben abrir una cuenta fiscal en divisas en el Banco Central de Cuba (BCC), un requisito adicional que solo puede cumplirse con la debida autorización.

En la práctica, el régimen comunista mantiene el control total sobre las operaciones en divisas y, por lo tanto, no se permite la venta libre en monedas extranjeras.

Una de las particularidades de esta nueva medida es que el 80% de los ingresos recibidos en divisas deberán ser retenidos por las empresas para destinarlos a exportaciones, comercio electrónico, ventas a entidades autorizadas como la Zona Especial del Mariel (ZEDM) y otros clientes internacionales.

El 20% restante deberá ser vendido al Banco Central de Cuba (BCC), recibiendo pesos cubanos (CUP) al tipo de cambio vigente. Este sistema de retenciones y venta de divisas establece un mecanismo controlado para regular el flujo de moneda fuerte dentro de la economía.

Las transacciones en divisas solo estarán permitidas en áreas específicas, tales como la Zona Especial del Mariel, que ya cuenta con condiciones para operar en moneda extranjera, y los comercios que sean autorizados a realizar operaciones en divisas.

Juana Lilia Delgado Portal, presidenta del BCC, indicó que este “paraguas legal” para autorizar las transacciones en divisas dentro del país es temporal y se da en respuesta al plan de gobierno de dolarización parcial de algunos sectores. El fin último es la desdolarización, pero para eso primero hay que dolarizar, dicen los dirigentes cubanos.

“Se fija un plazo temporal porque no hemos renunciado al objetivo de recuperar un entorno monetario donde el peso cubano sea el centro del sistema monetario y financiero”, refirió Delgado Portal.

El Decreto-Ley 113/2025 representa un reconocimiento tácito de la crisis del sistema monetario cubano. Con la autorización de transacciones en divisas, el régimen ha consolidado la presencia del dólar y otras monedas extranjeras en la economía, marcando un hito en la transición hacia una dolarización parcial, aunque controlada.

Este cambio refleja las profundas dificultades económicas que atraviesa el país, cuya economía sigue lidiando con altos niveles de inflación y una creciente escasez de bienes y servicios. A medida que se implementa la dolarización parcial, la situación económica de los cubanos sigue siendo incierta, con restricciones que dificultan el acceso a monedas fuertes, incluso en el mercado legal.

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