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Gaceta Oficial establece prohibiciones de importación de plantas y productos vegetales

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Gaceta Oficial establece prohibiciones de importación de plantas y productos vegetales

Según el Ministerio de la Agricultura, la resolución tiene el objetivo de proteger al país de “prejuicios fitosanitarios”

Gaceta Oficial establece prohibiciones de importación de plantas y productos vegetales

La normativa regula una amplia gama de productos, desde especies de plantas vivas y sus partes hasta productos forestales y materias primas vegetales. (Foto © Periódico Cubano)

La Gaceta Oficial de la República de Cuba No.18 del presente año publicó la Resolución 27-2024 del Ministerio de la Agricultura que contiene una actualización de las prohibiciones de importación de plantas y productos vegetales con el objetivo de proteger al país de “prejuicios fitosanitarios” que puedan afectar la biodiversidad y la salud de las plantas locales.

El reglamento, que incumbe tanto a personas naturales como jurídicas interesadas en la importación de material vegetal, pretende salvaguardar la agricultura cubana de enfermedades y plagas externas.

La normativa en cuestión regula una amplia gama de productos, desde especies de plantas vivas y sus partes hasta productos forestales y materias primas vegetales como fibras de algodón y lino. La importación de semillas, frutas, legumbres, y hasta envases que puedan ser portadores de plagas, se encuentra ahora sujeta a un marco legal más estricto.

Los importadores deberán ajustarse a nuevos requisitos, incluyendo la obtención de un permiso fitosanitario de importación y la presentación de información detallada sobre los productos a ingresar al país. Además, ciertos productos podrán requerir una inspección a su llegada a Cuba, para verificar el cumplimiento de los estándares fitosanitarios establecidos.

Las prohibiciones establecidas en la normativa son claras: cualquier importación que no cumpla con los requisitos puede ser rechazada. La falta de permisos fitosanitarios adecuados, la detección de plagas o enfermedades en los productos importados, o la inadecuada documentación o manejo de los artículos reglamentados son razones suficientes para el rechazo, subrayando la importancia de estas medidas para la protección de la agricultura local.

Artículos sujetos a las regulaciones fitosanitarias según el Ministerio de la Agricultura

  1. Especies de plantas vivas y sus partes: Esto incluye todas las plantas vivas, desde árboles hasta flores ornamentales, y sus diversas partes como hojas, tallos y raíces, que puedan ser importadas con diversos fines, desde la reforestación hasta la decoración.
  2. Semillas de plantas de cultivo o de plantas silvestres: Semillas destinadas tanto a la agricultura como a la jardinería, incluyendo aquellas de especies silvestres que puedan ser utilizadas para la restauración de hábitats o como plantas ornamentales.
  3. Flores y follajes frescos cortados con fines decorativos: Flores y hojas cortadas destinadas al mercado floral para decoración, que pueden incluir desde ramos hasta arreglos florales específicos.
  4. Granos, frutas, hortalizas, legumbres, especias, harinas, sémolas, afrechos y demás productos alimentarios en estado natural o semielaborados: Esto abarca una amplia gama de productos alimenticios, desde cereales y legumbres hasta frutas y especias, en su estado natural o en procesamiento inicial, como harinas y pastas.
  5. Piensos y forrajes tales como heno, paja, concentrados, lecho de pajas para el transporte de animales y otros: Alimentos y materiales para la alimentación y cuidado de animales, incluyendo forraje y materiales de lecho.
  6. Productos forestales, bolos de madera, traviesas, madera aserrada de todo tipo, madera laminada, objetos o artículos de madera y otros: Productos derivados de la madera, desde madera en bruto hasta productos procesados y objetos de madera.
  7. Envases o embalajes de cualquier tipo que puedan ser portadores de plagas: Embalajes que pueden contener o transportar involuntariamente plagas, incluyendo cajas de madera y otros materiales de embalaje.
  8. Tierra o suelo y abonos orgánicos, monolitos y muestras de suelo para investigaciones: Suelo y productos relacionados, incluidos para fines de investigación, que pueden alterar la calidad del suelo local o introducir patógenos.
  9. Productos elaborados o materias primas para la fabricación de artículos industriales tales como fibras de algodón, lino y otros: Materias primas vegetales utilizadas en la industria, desde textiles hasta bioproductos.
  10. Tabaco en ramas: Hojas de tabaco y productos relacionados, importantes para la industria del tabaco pero regulados debido a posibles riesgos fitosanitarios.
  11. Plantas o hierbas medicinales y material herborizado: Plantas utilizadas con fines medicinales o herboristería, que pueden incluir especies exóticas o nativas secas o preservadas.
  12. Organismos y microorganismos, dañinos o beneficiosos a la agricultura, y todo lo que pueda ser portador de plagas a las plantas o productos de origen vegetal: Incluye una amplia gama de organismos, desde insectos beneficiosos para el control biológico hasta patógenos vegetales dañinos.

Ejemplos de plantas y productos vegetales que tienen regulada su importación a Cuba

La resolución no ofrece una lista concreta de plantas prohibidas o reguladas, pero establece un marco para la regulación de ciertos tipos de plantas y productos vegetales con base en su potencial fitosanitario y riesgo de introducir plagas o enfermedades. A continuación algunos ejemplos:

  1. Especies invasoras: Plantas no nativas que podrían convertirse en invasoras y amenazar los ecosistemas locales, la biodiversidad y la agricultura. Ejemplos de este tipo de plantas podrían incluir la hierba de la Pampa (Cortaderia selloana), el carrizo gigante (Arundo donax), o la lechuga de agua (Pistia stratiotes).
  2. Plantas hospederas de plagas: Especies conocidas por albergar plagas o enfermedades que pueden afectar a los cultivos locales. Por ejemplo, ciertas especies de cítricos pueden ser reguladas debido a su susceptibilidad a enfermedades como el Huanglongbing (HLB) o enfermedad del dragón amarillo, transmitida por el psílido asiático de los cítricos (Diaphorina citri).
  3. Semillas de malezas nocivas: Semillas de plantas consideradas malezas agrícolas o que pueden ser perjudiciales para los ecosistemas naturales. Ejemplos pueden incluir la amapola (Papaver somniferum), que además de ser una maleza, está regulada por su potencial para producir opiáceos.
  4. Plantas con riesgo de enfermedades: Especies susceptibles a enfermedades que aún no están presentes en Cuba o que están bajo control. Por ejemplo, la patata (Solanum tuberosum) puede estar regulada debido al riesgo de enfermedades como el tizón tardío causado por Phytophthora infestans.
  5. Material vegetal y suelo: El suelo y cualquier material vegetal, como las esporas de hongos o el material de propagación, que puedan contener patógenos o plagas.
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