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Gaceta Oficial publica exención de impuestos para quienes importen energías renovables

Gaceta Oficial publica exención de impuestos para quienes importen energías renovables (2)
El acceso a este incentivo no será automático; entre otras cosas, se deberá tener un dictamen de la ONURE. (Captura de pantalla © Yoa y Clau – YouTube)

El 19 de febrero de 2026, el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba publicó la Resolución 41/2026 en la Gaceta Oficial de la República, una medida clave para enfrentar la crisis energética que afecta al país.

La normativa introduce un conjunto de incentivos fiscales y arancelarios para promover el uso de fuentes renovables de energía (FRE), una acción destinada a aliviar la presión sobre el Sistema Electroenergético Nacional (SEN), que atraviesa una crisis estructural marcada por apagones frecuentes y escasez de combustible.

La resolución establece que las empresas, cooperativas y trabajadores por cuenta propia que importen e instalen sistemas de energías renovables, tanto para autoconsumo como para la entrega de electricidad al SEN, quedarán exentos del Impuesto sobre Utilidades y del Impuesto sobre Ingresos Personales.

Dichos beneficios fiscales estarán vigentes durante el período de recuperación de la inversión, con un límite de hasta ocho años. Sin embargo, el acceso a este incentivo no será automático.

Los solicitantes deberán cumplir con requisitos específicos, como obtener un Dictamen Energético emitido por la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía (ONURE) y la aprobación de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

Además de las exenciones fiscales, la Resolución 41/2026 amplía las exenciones del Impuesto Aduanero para la importación de equipos y componentes relacionados con las energías renovables, como paneles solares fotovoltaicos, bombas fotovoltaicas, pequeños aerogeneradores, y equipos para el procesamiento de biomasa. Estas exenciones aplican tanto a actores estatales como no estatales, lo que podría incentivar a las pequeñas y medianas empresas a participar en la transición hacia fuentes de energía más sostenibles.

Otro aspecto relevante de la resolución es que establece que las tecnologías vinculadas a las energías renovables deberán comercializarse a precios no recaudatorios. Es decir, los precios estarán basados en los costos operativos, con un margen de utilidad limitado de hasta el 25%.

Sin embargo, se excluyen de este esquema los vehículos eléctricos y sus piezas, lo que limita el alcance del incentivo en este sector. A pesar de este límite, el foco principal sigue siendo la promoción del autoconsumo de energía y la posibilidad de entregar electricidad al SEN, lo que abre la puerta a un modelo de generación distribuida a baja escala.

Las tecnologías vinculadas a las energías renovables deberán comercializarse dentro de Cuba a precios no recaudatorios. (Captura de pantalla © Yoa y Clau – YouTube)

Este enfoque tiene como objetivo aliviar la presión sobre el SEN, un sistema que ha enfrentado años de problemas de capacidad y que, actualmente, depende en gran medida de fuentes de energía no renovables. La posibilidad de generar y distribuir energía de manera descentralizada podría ser un alivio importante para los cubanos que sufren frecuentes apagones y la falta de electricidad en diversas regiones del país.

A pesar de la apertura, algunos expertos advierten que la efectividad de estas medidas podría verse afectada por factores como la agilidad administrativa y la estabilidad regulatoria.

Las aprobaciones y revocaciones de los incentivos, dependiendo del cumplimiento de los requisitos técnicos, podrían generar incertidumbre en los inversionistas.

Además, la falta de mecanismos financieros complementarios, como el financiamiento verde o créditos, limita el atractivo de la medida para grandes inversionistas, que podrían dudar en comprometer capital en un entorno económico incierto.

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