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Gaceta Oficial publica los 17 impuestos que se cobrarán en Cuba durante el 2026

Por todos ellos se aspira recaudar 341.398 millones de pesos cubanos
Gaceta Oficial publica los 17 impuestos que se cobrarán en Cuba durante el 2026
Los tributos, contemplados en la Ley 113 “Del Sistema Tributario” y otras disposiciones, se aplicarán a diversas actividades económicas. (Foto © Periódico Cubano)

El 29 de diciembre de 2025, la Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó detalles clave sobre el Presupuesto del Estado para el año 2026, destacando los ingresos tributarios que se espera generar a través de la implementación de 17 impuestos.

Estos tributos, contemplados en la Ley 113 “Del Sistema Tributario” y otras disposiciones, se aplicarán a diversas actividades económicas, afectando tanto a personas naturales como jurídicas.

Entre los más relevantes se incluyen el Impuesto sobre los Ingresos Personales, el Impuesto sobre Utilidades, el Impuesto Especial a Productos y Servicios y diversas tasas relacionadas con el uso de recursos naturales. Por todos ellos se aspira recaudar 341.398 millones de pesos para el año 2026.

  1. Impuesto sobre los Ingresos Personales

Este impuesto afecta a las personas naturales que obtengan ingresos, incluyendo a trabajadores del sector estatal y productores agrícolas. Los tipos impositivos son progresivos. Para los ingresos de hasta 25.000 CUP, el tipo impositivo es del 5%, y este aumenta a un 50% para los ingresos superiores a 1.000.000 CUP.

  1. Impuesto sobre Utilidades

Este tributo grava las ganancias de las empresas. El tipo impositivo general es del 35%, con algunas excepciones para sectores específicos como los proyectos de Desarrollo Local y empresas del régimen de Inversión Extranjera, que podrían tener condiciones especiales.

  1. Impuesto sobre las Ventas

El Impuesto sobre las Ventas afectará la comercialización minorista de bienes y la prestación de servicios. El tipo impositivo general será del 10%, salvo algunas excepciones. Este impuesto también se aplicará a la comercialización de productos en moneda libremente convertible.

  1. Impuesto Especial a Productos y Servicios

Este impuesto se aplicará a productos y servicios específicos. El ministro de Finanzas y Precios está facultado para decidir qué productos o servicios estarán sujetos a este tributo.

  1. Impuesto sobre los Servicios

El Impuesto sobre los Servicios también se aplica a los servicios prestados a la población. El tipo impositivo general será del 10%.

  1. Impuesto por la Ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales

Este tributo se aplica a las tierras agrícolas y forestales que no se encuentren en producción. Los tipos impositivos varían según la categoría de la tierra, aplicándose los siguientes valores por hectárea:

  • Primera categoría: 900 CUP por hectárea
  • Segunda categoría: 675 CUP por hectárea
  • Tercera categoría: 450 CUP por hectárea
  • Cuarta categoría: 225 CUP por hectárea.
  1. Impuesto sobre el Transporte Terrestre y Propiedad de Embarcaciones

Este impuesto se mantiene sobre el transporte terrestre y la propiedad de embarcaciones. Además, se establece una bonificación del 5% sobre el impuesto para los pagos realizados antes del 28 de febrero de cada ejercicio fiscal.

  1. Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias

Este tributo se aplicará sobre las compraventas y donaciones de bienes, incluyendo vehículos. Se aplicará un tipo impositivo del 2% en caso de donaciones entre cónyuges y familiares hasta el quinto grado de consanguinidad.

  1. Impuesto sobre Documentos

Gravará los documentos legales y comerciales, como escrituras públicas y contratos de compraventa.

  1. Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo

El tipo impositivo será del 5%, salvo excepciones. Están exentos de este impuesto las cooperativas agropecuarias, unidades básicas de producción cooperativa y algunas otras entidades.

  1. Impuesto por el Uso o Explotación de las Playas

Este tributo se aplica a las entidades o personas que utilicen las playas para actividades comerciales o turísticas. El tipo impositivo es 0.5% sobre los ingresos obtenidos.

  1. Impuesto por el Vertimiento Aprobado de Residuales en Cuencas Hidrográficas

Este impuesto se aplica a las empresas que vierten residuos en cuencas hidrográficas. La base imponible se calcula en función del tipo de residuo y el volumen vertido. Los tipos impositivos varían según el tipo de residual:

  • Residuales Domésticos: 0.80 CUP por metro cúbico para Clase A
  • Residuales Agroindustriales: 1.20 CUP por metro cúbico para Clase A
  • Residuales Industriales: 2.00 CUP por metro cúbico para Clase A.
  1. Impuesto por el Uso y Explotación de las Bahías

Este tributo se aplica sobre la explotación de las bahías de La Habana, Matanzas y Cienfuegos. Se aplicarán los tipos impositivos establecidos en la legislación vigente.

  1. Impuesto por

    la Utilización y Explotación de los Recursos Forestales y la Fauna Silvestre

Este impuesto afectará las actividades que utilicen recursos forestales y fauna silvestre. La base impositiva estará determinada por el uso o explotación de estos recursos.

  1. Contribución a la Seguridad Social

El Impuesto a la Seguridad Social será del 14%, y se aplicará a las entidades y trabajadores por cuenta propia que empleen a beneficiarios del régimen de seguridad social. Esta contribución se dividirá en un 12.5% que irá al presupuesto del Estado y un 1.5% para las entidades que paguen prestaciones a corto plazo a sus trabajadores.

  1. Contribución Especial a la Seguridad Social

Este tributo se aplicará a trabajadores que perciban más de 15,000 CUP mensuales. El tipo impositivo será 5% para los primeros 15,000 CUP y 10% sobre el exceso de ese monto.

  1. Contribución Territorial para el Desarrollo Local

Este tributo se aplicará a las cooperativas, microempresas y otras entidades económicas no estatales. El tipo impositivo es del 1% sobre los ingresos brutos obtenidos por la venta de bienes o prestación de servicios, atribuidos a cada establecimiento.

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5 Comentarios

  1. Todos estos impuestos deberán revertirse en el bienestar y en una mejora de los servicios a la población. Si en el primer año no se notan mejoras en la población, quién responderá por ello? ; quien rendirá cuentas en la Asamblea Nacional sobre la utilización de esos impuestos?.

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