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Publican reglamento de multas que pueden aplicar policías y guardabosques cubanos

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Publican reglamento de multas que pueden aplicar policías y guardabosques cubanos

De acuerdo con la normativa, este constituye un “paso significativo para reforzar las leyes de conservación ambiental en Cuba”

Gaceta oficial publica reglamento de multas que pueden aplicar policías y guardabosques cubanos

Las inconformidades por multas y medidas impuestas pueden ser tramitadas y resueltas por los jefes inmediatos de los oficiales actuantes. (Captura de pantalla: Canal Caribe – YouTube)

El Ministerio del Interior de Cuba (Minint) publicó en la Gaceta Oficial No. 78 Extraordinaria la Resolución 54/2023, estableciendo nuevas normativas para el Cuerpo de Guardabosques y la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) en cuanto a la imposición de contravenciones relacionadas con la conservación y el manejo sostenible de suelos y uso de fertilizantes.

De acuerdo con la normativa, este constituye un “paso significativo para reforzar las leyes de conservación ambiental en Cuba”. La resolución, firmada por Lázaro Alberto Álvarez Casas, ministro del Minint, entra en vigor tres días después de su publicación.

El documento ya fue comunicado a los ministros de Agricultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, así como a los gobernadores, intendentes y jefes provinciales relevantes.

Incremento de responsabilidades para guardabosques y PNR

El Cuerpo de Guardabosques está ahora facultado para imponer multas y otras medidas, según lo estipulado en varios artículos del Decreto 52, que regula la conservación y el manejo sostenible de los suelos. Este decreto forma parte del Reglamento del Decreto-Ley 50 sobre la misma materia.

De igual forma, los agentes de la PNR tienen autorización para aplicar multas y medidas previstas en el Artículo 76 de este decreto.

Por ejemplo, son motivo de multas el incumplimiento de las siguientes normas:

  • Utilizar buenas prácticas de manejo en la generación, almacenamiento, transporte, tratamiento y depósito de desechos domésticos, mineros, residuos industriales y agrícolas; así como en el uso de sustancias que contaminen los suelos, con una correcta aplicación y destino final.
  • Depositar los desechos en terrenos baldíos urbanos y rurales, con la previa autorización del Delegado Provincial de la Agricultura, cumpliendo lo establecido en las normas vigentes según el tipo de desecho.
  • Aplicar las medidas de rehabilitación que correspondan cuando ocurra contaminación de naturaleza orgánica e inorgánica, originadas por compuestos orgánicos tóxicos e hidrocarburos y por metales pesados, autorizadas por los departamentos provinciales de Suelos y Fertilizantes.

Adicionalmente, aquellos que no tramiten el cambio de uso de suelo también se verán expuestos a severas multas. Se considera cambio de uso de los suelos cuando se modifica el régimen de explotación que origina la pérdida de la agroproductividad del suelo e imposibilita su empleo en actividades agropecuarias, cañeras, forestales y de frutales, por lo que hay que conseguir un permiso para su utilización en otras actividades.

El cambio de uso de los suelos se aprueba por los delegados provinciales de la Agricultura y del municipio especial Isla de la Juventud, mediante Resolución, la que se notifica a la Unidad de Registro Agropecuario del municipio.

Procedimientos de apelación

Las inconformidades por multas y medidas impuestas pueden ser tramitadas y resueltas por los jefes inmediatos de los oficiales actuantes. Los recursos de alzada se resolverán por los jefes provinciales o del municipio especial Isla de la Juventud, del Cuerpo de Guardabosques y de la PNR.

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