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Hoy entran en vigor las nuevas reglas de la Aduana de Cuba: estos son los límites y cambios que debes conocer

Aduana de Cuba
La medida afecta a quienes viajan a la Isla con equipajes, reciben paquetes del extranjero o introducen productos que las autoridades consideran destinados a actividades comerciales. (Imagen © Periódico Cubano)

La Aduana General de la República de Cuba comienza a aplicar este lunes 12 de octubre de 2026 nuevas disposiciones para las importaciones realizadas por viajeros y destinatarios de envíos internacionales. Las medidas permiten tramitar determinadas mercancías que excedan los límites personales mediante un procedimiento comercial sujeto al pago de impuestos y servicios en dólares estadounidenses.

El cambio, anunciado desde el pasado 5 de octubre, afecta a quienes viajan a la Isla con equipajes, reciben paquetes del extranjero o introducen productos que las autoridades consideran destinados a actividades comerciales.

Las regulaciones fueron publicadas en la Gaceta Oficial Ordinaria número 83. El paquete comprende el Decreto-Ley 132/2026, la Resolución 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y la Resolución 340/2026 de la Aduana. Esta última sustituye la Resolución 175/2022 y sus modificaciones posteriores. La principal novedad consiste en ofrecer una alternativa al decomiso de determinados excedentes, aunque se mantienen las cantidades máximas de numerosos artículos.

Nuevas reglas de la Aduana de Cuba: qué cambia desde el 12 de octubre

Antes de los cambios, cuando un pasajero transportaba una cantidad de productos superior a la permitida y la Aduana determinaba que tenía carácter comercial, podía autorizar la entrada de una parte y decomisar el resto. (Foto ilustrativa © Periódico Cubano)

Hasta ahora, cuando un pasajero transportaba una cantidad de productos superior a la permitida y la Aduana determinaba que tenía carácter comercial, podía autorizar la entrada de una parte y decomisar el resto. Desde este lunes, el interesado podrá solicitar que las mercancías excedentes sean procesadas mediante una operación comercial independiente, siempre que cumpla los requisitos legales y acepte los cargos correspondientes.

El procedimiento tendrá dos etapas. Primero se revisarán los artículos que clasifican como importación no comercial, de acuerdo con los límites vigentes. Una vez concluido ese trámite, la autoridad podrá abrir otro expediente para las mercancías restantes. Este segundo despacho comenzará con una valoración separada y requerirá la conformidad del propietario o de su representante autorizado.

La nueva posibilidad tampoco representa una autorización para introducir cualquier cantidad de productos. La Aduana continuará examinando el valor, la naturaleza, las cantidades y la frecuencia de las importaciones. Los viajeros que transporten artículos prohibidos, presenten declaraciones fraudulentas o incumplan otras regulaciones seguirán expuestos al decomiso y a las sanciones correspondientes.

¿Cuánto cobrarán por las importaciones comerciales en Cuba?

Una de las modificaciones de mayor impacto económico es el establecimiento de una escala de impuestos para las mercancías que se tramiten mediante el nuevo procedimiento. Los viajeros pagarán entre el 15% y el 30% del valor de importación, con un cálculo progresivo. Los destinatarios de envíos sujetos a esta modalidad tendrán una tarifa del 30%.

Los porcentajes no se aplicarán de manera uniforme a todo el valor cuando se supere un tramo. Por ejemplo, si la Aduana determina que un excedente comercial tiene un valor de 3.000 USD, cobrará 300 USD por los primeros 2.000 y otros 200 USD por los 1.000 restantes. El impuesto total será de 500 USD, sin incluir los servicios aduaneros.

Periódico Cubano elaboró la siguiente tabla que resume los principales límites, impuestos y condiciones que regirán desde este lunes 12 de octubre.

 

ASPECTO NUEVA NORMA
Entrada en vigor 12 de octubre de 2026
Excedentes Despacho comercial independiente en USD, cuando proceda
Artículos de hasta 50 USD Hasta 5 unidades del mismo tipo, según regla general
Artículos de más de 50 USD Hasta 3 unidades del mismo tipo, según regla general
Teléfonos celulares Hasta 5 unidades
Computadoras y tabletas Hasta 3 equipos en total
Electrodomésticos Hasta 2 unidades de cada tipo
Plantas eléctricas Hasta 2 unidades
Misceláneas repetidas Generalmente 5 kg; en ciertos artículos pequeños, 1 kg
Valoración por peso 1 kg equivale a 10 USD de valor aduanero
Herramientas Generalmente 2 unidades de cada tipo
Instrumentos musicales Hasta 3 unidades
Materiales de construcción Hasta 50 m² de pisos y enchapes; otras cantidades según tipo
Impuesto a viajeros 15%, 20%, 25% y 30% por tramos progresivos
Impuesto a envíos comerciales 30% del valor correspondiente
Servicios aduaneros Tarifas máximas de 2 a 50 USD según valor
Forma de pago Tarjetas en USD; efectivo solo en aeropuertos habilitados
Rechazo del pago Posibilidad de reembarque o medida administrativa
Importaciones reiteradas Posible restricción temporal del derecho a importar

La Resolución 197/2026 también fija cargos por los servicios técnico-productivos de la Aduana, con tarifas máximas que comienzan en 2 USD para operaciones valoradas hasta 200 USD y alcanzan los 50 USD cuando superan los 6.000 USD. Estas cantidades se añaden al impuesto correspondiente. Cuando la suma final contiene centavos, se redondea hacia arriba al siguiente dólar entero.

Para efectuar los pagos se aceptarán tarjetas bancarias nacionales o internacionales habilitadas para operar en dólares. El efectivo en esa moneda únicamente podrá utilizarse en los aeropuertos, mediante las entidades autorizadas. Esta exigencia supone un gasto adicional en divisas para los cubanos residentes en el extranjero que transporten mercancías destinadas a sus familiares.

Límites para celulares, computadoras y electrodomésticos

La normativa conserva un máximo de cinco teléfonos celulares por importación no comercial, mientras que las computadoras de escritorio, portátiles y tabletas compartirán un límite conjunto de tres equipos. Esto significa que no podrán introducirse tres dispositivos de cada categoría bajo esa regla. Los valores de referencia aduaneros serán de 80 USD por celular, 100 USD por tableta, 200 USD por computadora de escritorio y 250 USD por portátil.

Respecto a los electrodomésticos, se admitirán hasta dos unidades de cada tipo, siempre que exista variedad en la importación y no se supere el valor autorizado. La disposición comprende refrigeradores, congeladores, televisores, lavadoras, hornos, cocinas y otros equipos domésticos. También podrán introducirse hasta dos plantas generadoras de electricidad bajo el régimen no comercial. Estos límites ya estaban contemplados en regulaciones anteriores.

La Aduana mantiene una relación de valores de referencia para calcular las obligaciones correspondientes. Un refrigerador doméstico figura con 300 USD y un congelador con 350 USD. Los televisores de pantalla plana se valoran entre 250 y 500 USD, según el tamaño. Las plantas eléctricas tienen referencias de 200, 500 y 950 USD, de acuerdo con su capacidad.

Las estaciones portátiles de energía, utilizadas por numerosas familias cubanas para enfrentar los apagones, también aparecen en el listado. Los modelos de hasta 1.500 vatios tienen una referencia de 300 USD; los superiores a 1.500 y hasta 3.000 vatios, de 400 USD; y los de mayor potencia, de 500 USD. Estas cifras representan valores aduaneros de referencia, no necesariamente el precio comercial de los productos ni el impuesto final que deberá abonar el viajero.

Periódico Cubano ya había elaborado una serie de tablas que muestran de manera detallada la información importante relacionada con los electrodomésticos que se deseen importar a la Mayor de las Antillas.

Ropa, zapatos, alimentos y paquetes enviados a Cuba

Las reglas incluyen disposiciones para las denominadas misceláneas, categoría que agrupa prendas de vestir, calzado, alimentos, productos de higiene, perfumería y otros artículos similares. Cuando exista repetición excesiva de una misma mercancía, la Aduana podrá admitir normalmente cinco kilogramos por la vía no comercial y ofrecer el trámite comercial para el resto. En productos pequeños cuya acumulación resulte desproporcionada, el peso admitido podrá limitarse a un kilogramo.

La valoración de misceláneas mediante el método de peso mantiene una equivalencia de 10 USD por kilogramo. Esta cantidad se utiliza para determinar el valor aduanero y no significa que el pasajero deba pagar automáticamente 10 dólares de impuesto por cada kilogramo. Los paquetes enviados desde el extranjero también estarán sujetos a revisión y podrán acogerse al nuevo procedimiento cuando corresponda.

Otras categorías conservarán cantidades específicas. Las herramientas tendrán generalmente un máximo de dos unidades de cada tipo y los instrumentos musicales, tres. Para los materiales de construcción se contemplan hasta 50 metros cuadrados de piezas de piso o enchape, además de límites particulares para manufacturas y herrajes. Los vehículos, motocicletas y ciclomotores continuarán sometidos a sus disposiciones especiales, sin que el pago comercial permita rebasar automáticamente las cantidades autorizadas.

¿Qué sucede si el viajero no acepta pagar en dólares?

Las personas que rechacen los cargos por un excedente podrán solicitar su reembarque, de acuerdo con las condiciones y plazos establecidos. Si el trámite necesita tiempo adicional, la mercancía podrá permanecer bajo custodia aduanera, pero los gastos de almacenamiento serán responsabilidad del destinatario. Cuando no se realice el pago ni el reembarque correspondiente, las autoridades aplicarán las medidas administrativas previstas.

La Resolución 340/2026 también contempla restricciones temporales para quienes efectúen importaciones reiteradas que sean calificadas como comerciales. Durante el período de sanción, la Aduana únicamente permitirá la entrada de los efectos personales del afectado y aplicará las disposiciones correspondientes al resto de las mercancías. Esta facultad mantiene un amplio margen de control sobre los pasajeros que transportan artículos hacia Cuba.

Con estas medidas, el régimen cubano abre una vía para recaudar divisas mediante mercancías que anteriormente podían terminar decomisadas. Sin embargo, las nuevas reglas no eliminan las restricciones a las importaciones individuales y trasladan a viajeros y destinatarios el costo de regularizar determinados excedentes. Para los cubanos residentes en Estados Unidos, España y otros países, conocer las cantidades permitidas, los valores de referencia y las formas de pago será fundamental antes de organizar un viaje o enviar productos a sus familiares.

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