
Los residentes y propietarios de negocios de 27 condados de Florida afectados por el huracán Isaías tendrán hasta el 8 de febrero de 2027 para cumplir determinadas obligaciones tributarias federales. La decisión, anunciada el 14 de octubre por el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS), responde a los daños ocasionados por el fenómeno meteorológico y modifica varios vencimientos establecidos desde el 9 de octubre de 2026.
La disposición surge después de que la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) emitiera una declaración de desastre. Según el comunicado oficial del IRS, la facilidad abarca ciertas declaraciones personales y empresariales, además de pagos tributarios comprendidos en el período autorizado.
¿Qué condados se benefician de esto?
La extensión beneficia a contribuyentes establecidos en Baker, Bay, Calhoun, Citrus, Columbia, Dixie, Escambia, Franklin, Gadsden, Gilchrist, Gulf, Hamilton, Holmes, Jackson, Jefferson, Lafayette, Leon, Levy, Liberty, Madison, Okaloosa, Santa Rosa, Suwannee, Taylor, Wakulla, Walton y Washington.
Miami-Dade, Broward y Palm Beach quedaron fuera de la cobertura territorial. Por consiguiente, vivir en Miami o en otras localidades del sur de Florida no garantiza el acceso a este beneficio, una precisión importante para la comunidad cubana asentada en esa región.
Existen excepciones para personas ubicadas fuera de los territorios designados. Podrían calificar quienes necesitan documentos fiscales almacenados en las zonas perjudicadas o participaron en determinadas operaciones de asistencia vinculadas al desastre. Estos casos requieren una evaluación individual.
¿Qué obligaciones fiscales entran en el cambio?
Entre las obligaciones favorecidas figuran las declaraciones federales de ingresos de 2025 cuyos titulares obtuvieron previamente una extensión válida hasta el 15 de octubre de 2026. También se incluyen determinadas declaraciones corporativas, de sociedades, fideicomisos y entidades exentas, junto con pagos estimados de impuestos.
Sin embargo, los tributos correspondientes a 2025 que debían abonarse el 15 de abril de 2026 continúan pendientes si no fueron pagados. La medida tampoco modifica automáticamente los vencimientos de formularios informativos como W-2 y 1099.
Para ciertos depósitos relacionados con nóminas e impuestos especiales, el organismo eliminará multas si los pagos originalmente exigibles entre el 9 y el 25 de octubre se realizan antes del 27 de octubre, es decir, a más tardar el día 26.
La agencia aplicará automáticamente el aplazamiento a contribuyentes identificados dentro de los 27 condados. Quienes residan fuera, pero cumplan requisitos excepcionales, deberán comunicarse al 866-562-5227 para gestionar su inclusión.
Los beneficiarios con acuerdos de pago conservarán sus planes aunque omitan cuotas durante el período protegido. No obstante, seguirán acumulándose los intereses y cargos correspondientes, mientras los débitos bancarios automáticos permanecerán activos.
Además, el IRS permite solicitar determinadas copias de declaraciones anteriores sin las tarifas habituales e identificar pérdidas relacionadas con el desastre mediante el número FEMA 3655-EM. Antes de retrasar cualquier obligación, los contribuyentes deben verificar su elegibilidad y las condiciones específicas del alivio.